Sentencia nº 000747-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-158
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0747-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-158
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : EDWIN DAVID ZAGASTIZABAL QUISPE
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 4355-2010/CCO-INDECOPI del 18 de
junio de 2010, en el extremo que declaró inadmisible la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el señor Edwin David
Zagastizabal Quispe frente a Panamericana derivados de la CTS del periodo
del 1 de abril de 2003 al 31 de octubre de 2004, gratificaciones de julio y
diciembre de los años 2003 y 2004 y remuneraciones impagas de julio de
2003 y diciembre de 2004; y, reformándola se declara infundada la solicitud
en dicho extremo; dado que el trabajador no ha cumplido con acreditar la
cuantía de tales créditos.
Asimismo, se REVOCA la Resolución 4355-2010/CCO-INDECOPI, en el
extremo que declaró inadmisible la solicitud de reconocimiento de créditos
presentada por el señor Zagastizabal frente a Panamericana, y reformándola
se reconocen los créditos ascendentes a S/. 43 365,20 por capital y
S/. 3 817,79 por intereses derivados de la compensación por tiempo de
servicios del periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2004 al 31 de
octubre de 2009, gratificaciones del 2005 al 2009 y remuneraciones de abril y
mayo de 2009 debido a que presentó una autoliquidación detallada de los
mismos, en aplicación de la primera parte del artículo 39.4 de la Ley General
de Sistema Concursal y el precedente de observancia obligatoria I aprobado
por Resolución 088-97-TDC.
Finalmente, se CONFIRMA la Resolución 4355-2010/CCO-INDECOPI, en el
extremo que declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada por el señor Zagastizabal frente a Panamericana,
derivados de las remuneraciones de agosto y septiembre de 2003, debido a
que dichos créditos fueron solicitados fuera del plazo establecido en los
Lima, 22 de marzo de 2011
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 19 de marzo, complementado el 19 y 21 de abril de 2010, el
señor Edwin David Zagastizabal Quispe (en adelante, el señor Zagastizabal)
solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en

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