Sentencia nº 001510-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 31 de Julio de 2007

Fecha de Resolución31 de Julio de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente234522-2005/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1510-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 234522-2005
1-27
SOLICITANTE : AMÉRICA MÓVIL, S.A. DE C.V.
OPOSITORAS : VIRTUOSO, LTD.
EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES S.A.
Denominaciones descriptivasDenominaciones genéricasFamilia de
marcas – Riesgo de confusión entre signos que distinguen servicios de la
clase 35 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia – Signos débiles
Lima, treinta y uno de julio del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 2 de marzo del 2005, América Móvil, S.A. de C.V. (México) solicitó el
registro de la marca de servicio constituida por la denominación AMÉRICA y
debajo hacia la derecha la denominación MÓVIL ambas en letras
características y el diseño de una esfera en espiral; conforme al modelo, para
distinguir servicios de publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35 de la Nomenclatura
Oficial.
Con fecha 27 de mayo del 2005, Virtuoso, Ltd. (Estados Unidos de América)
formuló oposición manifestando ser titular de la marca figurativa registrada en
la clase 35 de la Nomenclatura Oficial bajo certificado N° 37756
1
, con la cual el
signo solicitado resulta confundible.
Con fecha 15 de julio del 2005, América Móvil, S.A. de C.V. absolvió el traslado
de la oposición formulada por Virtuoso, Ltd.
1
Tal como se aprecia continuación:
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1510-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 234522-2005
2-27
Con fecha 6 de junio del 2005, Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.
(Chile) formuló oposición manifestando lo siguiente:
(i) Considerando que la solicitante es una empresa dedicada a brindar
exclusivamente servicios de telefonía, es lógico presumir que la
protección que pretende para el signo solicitado en clases distintas de
dichos servicios tiene por finalidad posicionar dicha marca entre los
consumidores de servicios telefónicos mediante actividades
complementarias como publicidad, eventos, merchandising, etc. En
atención a lo anterior, resulta innegable la vinculación entre los servicios
de las clases 35 y 38.
(ii) El término AMÉRICA no es suficientemente distintivo ni en la clase 38 ni
en la clase 35, mientras que el término MÓVIL en la industria de las
telecomunicaciones “describe una modalidad de servicio”, por lo que
resulta una denominación genérica en la clase 38 para distinguir
servicios de telecomunicación. Además, MÓVIL es una denominación
que en el lenguaje coloquial en Perú sirve para referirse a los teléfonos
celulares.
(iii) La denominación AMÉRICA es compartida por innumerables titulares de
la clase 35 y 38, por lo que no le confiere suficiente distintividad a la
denominación MÓVIL.
(iv) El logotipo constituido por la esfera en espiral no le otorga en conjunto
distintividad al signo solicitado, al estar compuesto mayoritariamente por
la denominación AMÉRICA MÓVIL, que es genérica en la clase
solicitada.
(v) Su empresa es titular de la marca AMERICATEL que goza de un
reconocido prestigio en el mercado y un extenso reconocimiento y que
ha dado origen a la familia de marcas AMERICATEL, por lo que el signo
solicitado AMÉRICA MÓVIL resulta confundible con sus marcas
registradas siguientes:
Marca Certificado Clase
AMERICATEL 1977 N° 29709 35
AMERICATEL PERU WILL N° 30046 35
AMERICATEL NET N° 31388 35
AMERICATEL PERU N° 33274 35
1977AMERICATEL N° 30135 35
N° 36780 35
N° 36783 35

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