Sentencia nº 001844-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente378-2008/CCO-INDECOPI-01-102
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1844-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0378-2008/CCO-I NDECOPI-01-102
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : TEXTILES DEL SUR S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : GUSTAVO GABRIEL TORRES PACHAS
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCESAL
ADHESIÓN A LA APELACIÓN
ACTIVIDAD : PREPARACIÓN Y TEJIDO DE FIBRAS TEXTILES
SUMILLA: se declara INADMISIBLE la adhesión a la apelación formulada por
el señor Gustavo Gabriel Torres Pachas a fin de impugnar el extremo de la
Resolución 4608-2011/CCO-INDECOPI del 9 de junio de 2011, que declaró
inadmisible su solicitud de reconocimiento de créditos derivados de CTS; al
haber sido presentado de modo extemporáneo, conforme a lo dispuesto por
el artículo tercero de la Directiva 002-1999/TRI-INDECOPI.
Lima, 14 de diciembre de 2011
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 22 de febrero de 2011, complementado el 8 de marzo de
2011, el señor Gustavo Gabriel Torres Pachas (en adelante, el trabajador)
solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en
adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral frente
a Textiles del Sur S.A.C. en Liquidación1 (en adelante, Textiles del Sur)
ascendentes a S/. 20 309,14 y US$ 1 270,77 por capital y S/. 6 387,29 y
US$ 1 149,79 por intereses, de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTO PERÍODO CAPITAL INTERESES
CTS 29/11/1993 al 31/10/2000 US$ 1 270,77 US$ 1 149,79
Reintegro Prima Textil 01/05/1994 al 30/04/2009 S/. 20 309,14 S/. 6 387,29
2. Por Resolución 4608-2011/CCO-INDECOPI del 9 de junio de 2011, la
Comisión declaró:
(i) reconocer en parte los créditos invocados por el trabajador,
ascendentes a S/. 18 981,12 por capital y S/. 6 356,31 por intereses,
derivados de reintegros de la Prima Textil del periodo del 1 de mayo de
1994 hasta el 28 de febrero de 2008;
1 El 27 de abril de 2009, la Comisión publicó en el diario oficial “El Peruano” el inicio del procedimiento c oncursal de
Textiles del Sur. Posteriormente, en sesión de Ju nta de Acreedores llevada a cabo el 21 de junio y continuada el 24
de jun io de 2010, acordaron l a disolución y liquidación ordinaria de Textiles del Sur y designaron c omo entidad
liquidadora a Roma Recursos Em presariales S.A.C.

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