Sentencia nº 000243-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Abril de 2009

Fecha de Resolución28 de Abril de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0001-2005/01-1319/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0243-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-1319/ CCO-ODI-LAM
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : RICARDINA TANTAJULCA REGALADO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se revoca la Resolución 0201-2008/INDECOPI-LAM del 24 de
marzo de 2008, en el extremo que desestimó el reconocimiento de los
créditos laborales, por concepto de capital, invocados por la señora
Ricardina Tantajulca Regalado y, reformándola, se declara fundada su
solicitud de reconocimiento, fijándose su cuantía en S/. 42 616,92 por
concepto de capital, al cual le corresponde el primer orden de preferencia,
debido a que la propia empresa concursada ha presentado una liquidación
detallada de beneficios sociales y adeudos laborales reconociendo dicha
acreencia.
Se confirma la Resolución 0201-2008/INDECOPI-LAM en el extremo que
desestimó el reconocimiento de los créditos laborales por concepto de
intereses invocados por la señora Ricardina Tantajulca Regalado, debido a
que la liquidación de beneficios sociales y adeudos laborales que obra en el
expediente omite señalar los montos que corresponden a cada periodo, así
como la tasa de interés con la que han sido calculados. Sin perjuicio de ello,
se deja a salvo el derecho de la referida trabajadora de volver a solicitar el
reconocimiento de créditos por intereses para lo cual deberá presentar una
liquidación de los mismos debidamente detallada y que corresponda al
monto por capital reconocido en la presente Resolución.
Lima, 28 de abril de 2009
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 de febrero de 2005, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante,
la Comisión) declaró la situación de concurso de Agro Pucalá S.A.A. (en
adelante, Agro Pucalá). Dicha situación fue publicada en el Diario Oficial “El
Peruano” el 21 de febrero de 2005.
2. El 5 de abril de 2005, la señora Ricardina Tantajulca Regalado (en adelante,
la señora Tantajulca) solicitó a la Comisión el reconocimiento de su crédito
de origen laboral frente a Agro Pucalá ascendente a S/. 59 267,44 por
concepto de capital, derivado del incumplimiento de pago de sus Beneficios

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