Sentencia nº 000102-2004/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 17 de Febrero de 2004

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2004
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente187692-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0102-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 187692-2003
1-4
ACCIONANTE : CENTRO INTEGRADO DE CIRUGÍA S.R.Ltda.
EMPLAZADA : VITALITY FOREVER S.A.C.
Apelación de medida cautelar - Requisitos para la concesión de una medida
cautelar
Lima, diecisiete de febrero de dos mil cuatro
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de agosto de 2003, Centro Integrado de Cirugía S.R.Ltda. interpuso
acción por infracción a los derechos de propiedad industrial contra Vitality Forever
S.A.C. manifestando lo siguiente:
(i) Ser titular de las marcas VITALITY y logotipo, VITALITY SPA y CLINICA
VITALITY y logotipo, para distinguir servicios de la clase 42 de la
Nomenclatura Oficial.
(ii) Su empresa hace uso de la marca VITALITY desde hace muchos años,
habiéndose posicionado en el mercado nacional como internacional.
(iii) El nombre que utiliza comercialmente es el de VITALITY.
(iv) El giro de la empresa emplazada es el mismo que el de su empresa (servicios
médicos), siendo que viene utilizando públicamente la marca VITALITY, lo
que lleva a confusión al público consumidor.
(v) Solicitó la medida cautelar consistente en el cese de uso de su marca, a fin de
evitar confusiones en el público consumidor.
(vi) Adjuntó copia de los certificados de registro de su marca, folletos publicitando
sus servicios, así como copia del diario Pura Verdad de fecha 14 de julio del
2003, sección Empresas y Ejecutivos, en donde se hace referencia a la
empresa Vitality Forever.
Mediante proveído de fecha 20 de agosto de 2003, la Oficina de Signos Distintivos
requirió a la accionante que indique si se requiere la realización de una diligencia de
inspección para verificar los hechos reclamados.
Con fecha 2 de octubre de 2003, Centro Integrado de Cirugía S.R.Ltda. señaló que el
uso indebido del signo distintivo se viene produciendo a través de la difusión en
medios de comunicación, lo cual está debidamente demostrado en el proceso
principal, razón por la cual no solicitó la realización de ninguna visita de inspección.
Mediante proveído de fecha 13 de noviembre de 2003, la Oficina de Signos Distintivos
tuvo por interpuesta la acción por parte de Centro Integrado de Cirugía S.R.Ltda.

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