Sentencia nº 003071-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 5 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente324493-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 3071-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 324493-2007
1-6
SOLICITANTE : EMPRESA AGROINDUSTRIAL SAN MELCHOR E.I.R.L.
Vigencia de la marca base de la denegatoria del signo solicitado en
Primera Instancia - Examen de registrabilidad – Modificación del signo
solicitado.
Lima, cinco de diciembre de dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 7 de agosto de 2007, Empresa Agroindustrial San Melchor E.I.R.L.
(Perú) solicitó el registro de la marca de producto constituida por el logotipo
conformado por la denominación SAN MELCHOR escrita en letras
características y debajo las letras A y SM escritas en letras características y la
representación estilizada de un sol, todo dentro de una figura circular sin
reivindicar colores; conforme al modelo, para distinguir preparaciones hechas a
base de cereales, de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución N° 5725-2008/OSD-INDECOPI de fecha 9 de abril de
2008, la Oficina de Signos Distintivos denegó, de oficio, el registro del signo
solicitado. Consideró lo siguiente:
- Se encuentra registrada la marca SM SILVER RICE y logotipo (Certificado
Nº 44085), que distingue productos de la clase 30 de la Nomenclatura
Oficial.
- El signo solicitado pretende distinguir preparaciones hechas a base de
cereales y la marca registrada distingue todos los productos de la clase 30
de Nomenclatura Oficial, dentro de los cuales están incluidos los productos
que el signo solicitado pretende distinguir.
- Desde el punto de vista gráfico, los signos dejan impresiones visuales
distintas debido a que están compuestos por elementos diferentes.

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