Sentencia nº 001650-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Junio de 2011

Fecha de Resolución28 de Junio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente3145-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1650-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3145-2008/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : NATHALIE BERGER CISNEROS
DENUNCIADO : BANCO FALABELLA PERÚ S.A.
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
NULIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se declara la nulidad de la resolución venida en grado que declaró
fundada la denuncia contra Banco Falabella Perú S.A. por infracción de la
Ley de Protección del Consumidor, al haberse acreditado el defecto en uno
de los requisitos de validez del acto administrativo consistente en la omisión
de una correcta motivación de su decisión, ordenándose la emisión de un
nuevo pronunciamiento.
Lima, 28 de junio de 2011
ANTECEDENTES
1. El 16 de diciembre de 2008 y 16 de enero de 2009, la señora Nathalie Berger
Cisneros (en adelante, la señora Berger) denunció ante la Comisión de
Protección al Consumidor – Sede Lima Sur (en adelante, la Comisión) a
Banco Falabella Perú S.A.1 (en adelante, Banco Falabella) por infracción del
artículo 8º del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2,
toda vez que el Banco: (i) le requirió el pago de una deuda contraída con una
tarjeta de crédito que no solicitó; y, (ii) la maltrató durante la reunión del 13 de
enero de 2009 llevada a cabo en su local comercial.
2. El 23 de marzo de 2009, el Banco negó la comisión de las infracciones que
se le imputaron, señalando que:
(i) El 13 de noviembre de 2008, una persona correctamente identificada
como la denunciante se apersonó a las instalaciones de su empresa
solicitando se le conceda una tarjeta de crédito, para lo cual exhibió el
original de su DNI, así como de una tarjeta de crédito emitida por
Scotiabank Perú S.A.A. a su favor;
(ii) cumplió con verificar las referencias consignadas en la solicitud de
tarjeta de crédito con los datos registrados sobre la señora Berger en el
1 RUC: 2033040199 1, con domicilio fiscal en Calle Chinchón 1 060, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento
de Lima.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprob ado por Decreto Supremo 006-2009-PCM.

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