Sentencia nº 001642-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Junio de 2011

Fecha de Resolución28 de Junio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente606-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1642 -2011/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 606-2010/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : NULIDAD
DENUNCIANTE : MONICA ALICIA ASCUE QUINTANILLA
DENUNCIADA : EMPRESA DE TRANSPORTES CIVA S.A.
MATERIA : NULIDAD DE OFICIO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR VIA
TERRESTRE
SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución 1 y la Resolución 2489-
2010/CPC, emitidas por la Comisión de Protección al Consumidor – Sede
Lima Sur, por emitir un pronunciamiento sin haber verificado si Transportes
Civa S.A. era la empresa con quien efectivamente se contrató el servicio de
encomienda. En consecuencia, se ordena a la Comisión de Protección al
Consumidor – Sede Lima Sur que realice una nueva imputación de cargos y
que emita un nuevo pronunciamiento.
Lima, 28 de junio de 2011
ANTECEDENTES
1. El 24 de febrero de 2010, la señora Mónica Alicia Ascue Quintanilla (en
adelante, la señora Ascue) denunció a la Empresa de Transportes Civa S.A. 1
(en adelante, Transportes Civa) ante la Comisión de Protección al
Consumidor – Sede Lima Sur (en adelante, la Comisión) por infracción del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2.
2. La señora Ascue señaló que el 22 de diciembre de 2009 entregó a
Transportes Civa una encomienda dirigida a la ciudad de Abancay; sin
embargo, ésta no llegó a su destino. Añadió que el personal de la denunciada
no le informó que debía declarar el contenido de la misma, indicó que ésta
contenía ropa, juguetes y patines valorizados en aproximadamente
S/. 1 130,00. Por ello, solicitó la devolución de su encomienda, el pago de
daños y perjuicios y, de las costas y costos del procedimiento.
3. Mediante Resolución 1 del 5 de marzo de 2010, la Comisión admitió a trámite
la denuncia presentada por la señora Ascue contra Transportes Civa.
Asimismo, se requirió a la denunciante que cumpla con presentar el
1 RUC 20268159089, domicilio fiscal ubicado en Av. P aseo de la Repú blica 569, Distrito de La Victoria, Provincia y
Departamento de Lima; d e acuerdo con la información obtenida en http://ww w.sunat.gob.pe.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprob ado por Decreto Supremo 006-2009-PCM, pu blicado el 30 de enero de 2009
en el diario oficial El Peruano.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR