Sentencia nº 000052-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Enero de 2010

Fecha de Resolución19 de Enero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente029-2000/CRP-PIURA-01-972
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0052-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 029-2000-CRP-PIU RA-01-972
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
DEUDOR : ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SANEAMIENTO GRAU S.A.
ACREEDOR : LEODAGARIO ROMÁN CAMPOS
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
COMPETENCIA DE LA COMISIÓN
PRESCRIPCIÓN
ACTIVIDAD : CAPTACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRATAMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS
SERVIDAS
SUMILLA: se confirma la Resolución 0621-2009/INDECOPI-PIU del 27 de
agosto de 2009 mediante la cual la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Piura reconoció los créditos de origen laboral por concepto de
Reserva Acumulada al 31 de diciembre de 1990 y sus intereses ascendentes
a S/. 978,33 y S/. 10 383,01, respectivamente, debido a que la prescripción de
los créditos invocados no es un elemento de análisis en el reconocimiento
de créditos tramitado ante la autoridad concursal.
Lima, 19 de enero de 2010.
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0303-2000/CRP-PIURA del 6 de noviembre de 2000,
confirmada por Resolución 0110-2001/TDC-INDECOPI del 16 de febrero de
2001, se declaró el inicio de concurso de Entidad Prestadora de Servicios de
Saneamiento Grau S.A. (en adelante, EPS Grau) al no haberse aprobado el
convenio de saneamiento empresarial en el procedimiento transitorio. El 19
de marzo de 2001 se hizo pública dicha situación mediante aviso en el Diario
Oficial El Peruano.
2. El 29 de abril de 2009, el señor Leodagario Román Campos (en adelante, el
Trabajador) solicitó el reconocimiento de créditos laborales frente a EPS Grau
por concepto de capital de provisión de beneficios sociales al 31 de diciembre
de 1990 (en lo sucesivo, Reserva Acumulada) por la suma de S/.5 861,68 y
sus intereses ascendentes a S/. 7 011,84.
3. Mediante Requerimiento 0576-2009/INDECOPI-PIU, notificado el 22 de julio
de 2009, la Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión) corrió traslado a EPS Grau de la
solicitud referida en el párrafo anterior. El 10 de agosto de 2009, la empresa

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