Sentencia nº 000187-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 31 de Enero de 2011

Fecha de Resolución31 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente009-2010/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0187-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 009-2010/CPC-INDE COPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE PIURA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : JUSTO YOVERA JUAREZ
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN DE FONDOS CONTRA ACCIDENTES DE
TRÁNSITO PIURA
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SEGUROS
SOAT – AFOCAT
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES OTRAS ASOCIACIONES NCP
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia presentada por el señor Justo Yovera Juarez,
pues quedó acreditado que la Asociación de Fondos contra Accidentes de
Tránsito Piura denegó injustificadamente el reembolso de gastos médicos y
la indemnización por muerte solicitadas por el denunciante por concepto del
Certificado contra Accidentes de Tránsito.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 31 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 9 de enero de 2010, el señor Justo Yovera Juarez (en adelante, el señor
Yovera) denunció a Asociación de Fondos contra Accidentes de Tránsito
Piura (en adelante, Afocat Piura)1 ante la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión) por infracción del artículo 8º del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2. En su denuncia
señaló lo siguiente:
(i) El 27 de noviembre de 2009, su menor hijo Jesús David Yovera
Sernaqué sufrió un accidente de tránsito al resbalar del estribo del
vehículo de placa de rodaje RB-5476 (con certificado contra accidentes
de tránsito de la denunciada), mientras se desempeñaba como
cobrador de dicha unidad vehicular, falleciendo el 1 de diciembre de
2009;
(ii) el 7 de diciembre de 2009, solicitó a la denunciada el reintegro de los
gastos médicos ascendentes a S/. 7 954,91 y posteriormente solicitó la
indemnización por muerte de su menor hijo;
1 RUC: 20525355901. Domic ilio fiscal: A.H. José Olaya Mz. L Lote 16, Av. Richard Cushing, Piura, Piura.
2 Cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo 006-2009-PCM.

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