Sentencia nº 001100-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 8 de Agosto de 2006
Fecha de Resolución | 8 de Agosto de 2006 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 264734-2006/OSD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1100-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 264734-2006
Incidente
1-8
ACCIONANTE : CREACIONES ARTÍSTICAS METÁLICAS S.A. CAMESA
EMPLAZADA : HALLEY INTERNATIONAL S.A.C.
Apelación de medida cautelar – Caducidad de las medidas cautelares
dictadas por la Primera Instancia
Lima, ocho de agosto del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 3 de enero del 2006, Creaciones Artísticas Metálicas S.A. CAMESA
(Perú) interpuso acción por infracción contra Halley International S.A.C. al estar
infringiéndose los derechos de su marca HALLEY y etiqueta, registrada en las
clases 9 (certificado N° 97125) y 37 (certificado N° 36735) de la Nomenclatura
Oficial, además de incurrirse en actos de competencia desleal en la modalidad
de confusión y explotación de la reputación ajena. Manifestó lo siguiente:
(i) La emplazada, con pleno conocimiento de causa, fabrica y comercializa
en el mercado local y nacional productos de la clase 9 y presta servicios
de la clase 37, a sabiendas del gran prestigio de dichos productos y
servicios protegidos con su marca HALLEY y logotipo, la cual es imitada,
generando en los consumidores confusión directa.
(ii) La emplazada actúa de mala fe al copiar y usar la presentación general
de su marca registrada HALLEY y logotipo con la dolosa intención de
hacerlas confundibles y así explotar la reputación ajena, en contra de
sus legítimos intereses legales y comerciales.
Adjuntó diversas pruebas a fin de acreditar sus argumentos y solicitó lo
siguiente:
− Se disponga el cese inmediato del uso de la marca infractora y el retiro de
los anuncios publicitarios que se encuentren en el local infractor y sus
alrededores.
− Se ordene el retiro del mercado de los productos infractores.
− Se disponga el comiso, incautación y destrucción de los productos
infractores, así como la inmovilización de las mercaderías de la clase 9 que
contengan la marca HALLEY.
− Se imponga la multa correspondiente y se ordene a la emplazada el pago
de costas y costos para luego solicitar en la vía judicial los daños y
perjuicios ocasionados.
− Se realice una visita inspectiva en el local de la emplazada.
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