Sentencia nº 001038-2004/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 18 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2004
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente189756-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1038-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 189756-2003
1-9
ACCIONANTE : HAUKAYPATA E.I.R.L.
EMPLAZADA : TUNUPA S.A.C.
Apelación de multa – Caducidad de la medida cautelar – Nulidad de la
resolución de Primera Instancia
Lima, dieciocho de noviembre del dos mil cuatro
I. ANTECEDENTES
Con fecha 4 de setiembre del 2003, Haukaypata E.I.R.L. (Perú) interpuso denuncia
por infracción a los derechos de propiedad industrial contra Tunupa S.A.C.,
manifestando lo siguiente:
(i) Es titular del nombre comercial TUNUPA GRILL & BAR RESTAURANT y
logotipo, el mismo que viene usando desde octubre de 1999, para distinguir su
restaurante ubicado en el departamento del Cusco.
(ii) En virtud a ello solicitó y obtuvo el registro de la marca TUNUPA GRILL & BAR
RESTAURANT y logotipo, para distinguir servicios de la clase 42 de la
Nomenclatura Oficial (certificado N° 27976).
(iii) Su empresa otorgó a la emplazada una licencia para el uso de su nombre
comercial. En virtud a la carta notarial de fecha 27 de junio del 2003, dicha
licencia venció el 25 de agosto del 2003; sin embargo, la emplazada continúa
utilizando el nombre comercial en cuestión, violando de esta forma sus
derechos de propiedad industrial.
Adjuntó documentos con el fin de acreditar la infracción alegada. Solicitó que se
dicten las siguientes medidas cautelares:
Cese inmediato de su denominación por parte de la emplazada.
Cierre temporal del local de la emplazada.
Mediante proveído de fecha 3 de octubre del 2003, la Oficina de Signos Distintivos
consideró que se había acreditado la verosimilitud del carácter ilegal del daño, dado
que existían elementos de juicio suficientes que - en ese momento - permitían
concluir que el uso del signo de la emplazada podría inducir a error o confusión a los
consumidores respecto al nombre comercial utilizado por la accionante. En tal
sentido, dictó las siguientes medidas cautelares:
Cese de uso del signo constituido por la denominación TUNUPA y/o TUNUPA
RESTAURANT y/o TUNUPA RESTAURANT GRILL & BAR, escrita en letras
características y en la parte superior el diseño conformado por dos líneas
paralelas irregulares entre las cuales se encuentran cuatro cuadrados

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