Sentencia nº 000796-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 31 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente315253-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0796-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 315253-2007
Incidente
1-9
ACCIONANTE : OSCAR OMAR ALCÁNTARA AZABACHE
EMPLAZADOS : ALFREDO AUGUSTO AZABACHE RODRÍGUEZ
NIDYA AYALA FLORES AZABACHE
ELENA ROSA RODRÍGUEZ TIO
Acción por infracción a los derechos de propiedad industrial Apelación
de medida cautelar - Caducidad de las medidas cautelares dictadas por la
Primera Instancia
Lima, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 21 de mayo del 2007, Oscar Omar Alcántara Azabache (Perú)
interpuso denuncia por infracción a sus derechos de propiedad industrial en
contra de Nidya Ayala Flores Azabache y Elena Rosa Rodríguez Tio. Manifestó
lo siguiente:
(i) Es titular de la marca SANTA BEATRIZ, que distingue productos de la
clase 28 de la Nomenclatura Oficial (certificado Nº 64323).
(ii) Las emplazadas vienen utilizado el signo SANTA BEATRIZ sin contar con
la autorización para ello.
(iii) Las emplazadas no sólo están violando sus derechos de propiedad
industrial, sino que además están incurriendo en actos de competencia
desleal al utilizar la marca en cuestión para promocionar los mismos
productos que su persona comercializa a través de la empresa Imperio de
los Juegos S.A.C.
(iv) Solicitó lo siguiente:
a) Se realice una visita inspectiva en el local de las emplazadas.
b) Se dicten las medidas cautelares de cese de uso y comiso.
Adjuntó diversos documentos a fin de acreditar sus afirmaciones.
Mediante proveído de fecha 31 de julio del 2007, la Oficina de Signos Distintivos:
- Admitió a trámite la denuncia interpuesta.
- Señaló que, de las pruebas presentadas por el accionante, se advierte que la
reclamada Nidya Ayala Flores de Azabache, estaría utilizando el signo
distintivo constituido por la etiqueta que contiene la denominación SANTA
BEATRIZ y logotipo FIGURA DE CABALLO DENTRO DE UN CÍRCULO, para
distinguir productos de la clase 28 de la Nomenclatura Oficial.
- Ordenó que se practique una diligencia de inspección en el local de las
emplazadas y dictó -respecto de la emplazada Nidya Ayala Flores de

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