Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 1230/2001-CR; 2342/2001-CR; 2686/2002-CR; 2878/2001-CR; 8362/2003-CR; 8960/2003-CR; 9047/2003-CR; y 11430/2004, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorDefensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas
Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos
recaído en los Proyectos de Ley No. 1230/2001-CR;
2342/2001-CR; 2686/2002-CR; 2878/2001-CR; 8362/2003-CR;
8960/2003-CR; 9047/2003-CR; y 11430/2004 que propone la
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Señor Presidente:
Han venido para dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos los
Proyectos de Ley 1230/2001-CR, 2342/2001-CR, 2686/2002-CR, 2878/2001-CR,
8362/2003-CR, 8960/2003-CR; 9047/2003-CR; y 11430/2004 presentados por los
Congresistas Ana Elena Townsend Diez-Canseco; Celina Palomino Sulca; Pedro
Ramos Loayza; Luis Alva Castro, Carlos Armas Vela, Mercedes Cabanillas
Bustamante, José Carlos Carrasco Távara, Judith de la Mata Fernández, Elvira de la
Puente Haya, Jorge del Castillo Gálvez, José Luis Delgado Núñez, Juan Figueroa
Quintana, Luis Antonio Gasco Bravo, Luis Gonzáles Posada, Luis Heysen Zegarra,
Rosa León Flores, Mauricio Mulder Bedoya, Luis Negreiros Criado, Víctor Noriega
Toledo, Yhony Peralta Cruz, Segundo Raza Urbina, Daniel Robles López, Luis Santa
María Calderón, Róger Santa María del Aguila, Hipólito Valderrama Chávez, Juan
Valdivia Romero, Víctor Velarde Arrunátegui, Javier Velásquez Quesquén, César
Zumaeta Flores, José Luis Risco Montalván; Martha Moyano Delgado, Walter Alejos
Calderón, Gloria Helfer Palacios; y Antero Flores-Araoz Esparza, que proponen
otorgar beneficios a las personas que hayan resultado víctimas del terrorismo entre los
años 1980 y 2000.
I. CONTENIDO DE LOS PROYECTOS DE LEY.-
El Proyecto de Ley N° 1230/2001-CR, presentado por la Congresista Ana Elena
Townsend Diez Canseco, propone otorgar beneficios a aquellas personas que
hubiesen sufrido algún tipo de daño físico o psicofísico productos de actos o hechos
relacionados a actos de terrorismo a partir de mayo de 1980, beneficios de carácter
extraordinarios, los mismos que no implican la asunción de responsabilidad subsidiaria
por parte del Estado. Para tales efectos crearía un registro único de víctimas a cargo
del Ministerio de Justicia, el mismo que los clasificará en Miembros de las Fuerzas
Armadas, Policía Nacional, de los Comités de Autodefensa o Rondas Campesinas, y
Personas Civiles víctimas del Terrorismo. Los beneficios a otorgar serán determinados
por una Comisión Especial.
El Proyecto de Ley N° 2342/2001-CR, presentado por la Congresista Celina Palomino
Sulca, propone otorgar beneficios a los miembros de las Rondas Campesinas,
reconocidas de conformidad con la Ley Nº 24571 y de los comités de autodefensa,
reconocidos de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 741, que fueron víctimas de actos
terroristas y de la violencia indiscriminada de las Fuerzas Armadas o Policiales.
Asimismo, señala que se creará una comisión encargada de evaluar cada caso y
establecer si tiene los requisitos para ser beneficiado por la presente Ley. De igual
manera se establecerá otra comisión encargada de establecer los beneficios a otorgar.
Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos
recaído en los Proyectos de Ley No. 1230/2001-CR;
2342/2001-CR; 2686/2002-CR; 2878/2001-CR; 8362/2003-CR;
8960/2003-CR; 9047/2003-CR; y 11430/2004 que propone la
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El Proyecto de Ley N° 2686/2001-CR, presentado por el Congresista Pedro Carlos
Ramos Loayza, propone declarar el día del “Desagravio Nacional” el 16 de Julio de
cada año y dispone Beneficios a favor de las víctimas del Terrorismo. En este último
caso señala que los beneficios a otorgarse serán en el ámbito de educación para los
hijos de las víctimas en Colegios, Institutos Superiores o Tecnológicos y Universidades
estatales o privadas; en el ámbito de salud que otorgará atención médica gratuita en
MINSA o ESSALUD; y en el ámbito de vivienda, participando y adjudicando viviendas
en los programas de vivienda de interés social.
El Proyecto de Ley N° 2878/2001-CR, presentado por la Célula Parlamentaria
Aprista, propone otorgar beneficios a las víctimas del Terrorismo, entendiéndose como
tales a quienes hayan sufrido daños físicos, psicofísicos y materiales como producto
de las acciones terroristas desatadas por los grupos subversivos desde el año 1980, a
los padres, hijos y cónyuges de funcionarios públicos y ronderos o miembros de
comités de autodefensa que perdieron la vida como consecuencia de acciones
subversivas.
El Proyecto de Ley N° 8362/2003-CR, presentado por la Congresista Martha Moyano
Delgado, que propone establecer un Sistema de Reparaciones a nombre de la Nación
con recursos del FEDADOI para las familias de los caídos en el combate contra el
terrorismo.
El Proyecto de Ley N° 8960/2003-CR, presentado por los Congresistas Walter Alejos
Calderón y Gloria Helfer Palacios ppropone establecer los principios y normas para la
planificación, implementación y ejecución de un Plan Integral de Reparaciones a las
víctimas de la violencia política en el período de mayo de 1980 a noviembre del 2000,
conforme a las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, en la
parte correspondiente al Tomo IX, Capítulo II, numeral 2.2., referido a las “propuestas
de reparación a las víctimas y sus familiares”, reconoció que está en el deber jurídico
de asegurar a las víctimas del conflicto armado interno una adecuada reparación.
En este caso, los programas de reparaciones que se proponen son: 1) Reparaciones
simbólicas, 2) Reparaciones en salud, 3) Reparaciones en educación, 4) Restitución
de derechos ciudadanos, 5) Reparaciones colectivas y 6) Reparaciones económicas,
que requerirán de cierto financiamiento del Estado, pero precisan que se trata de un
compromiso asumido por el mismo.

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