Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 01945/2001-CR, de 7 de Noviembre de 2012
Emisor | Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural |
COMISIÓN DE SALUD, POBLACIÓN, FAMILIA
Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Periodo Anual de Sesiones 2004 – 2005
DICTAMEN DE ARCHIVAMIENTO
por Unanimidad
Señor Presidente:
Ha ingresado para Dictamen de la Comisión de Salud, Población, Familia y Personas con Discapacidad, el Proyecto de Ley N° 01945/2001-CR presentado por el Colegio de Obstetrices del Perú, que propone la Ley que Institucionaliza la acreditación de Facultades o Escuelas Profesionales de Obstetricia. La Comisión, por acuerdo tomado en sesión ordinaria de fecha 16 de marzo de 2005, recomienda la NO APROBACIÓN y el ARCHIVAMIENTO de la proposición legislativa.
I.-
SÍNTESIS DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA:
Proyecto de Ley N° 01945/2001-CR del Colegio de Obstetrices del Perú
propone institucionalizar la acreditación de Facultades y/o Escuelas de Obstetricia, de las universidades Públicas y Privadas que ofrecen dicha carrera. Esto con la finalidad de garantizar la calidad e idoneidad en la formación de los profesionales que opten por realizar estos estudios y, de esta manera, procurar una atención de la salud que sea integral y de calidad en beneficio de la población.
El presente proyecto de ley ha sido remitido además a la Comisión de Educación Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural (Comisión Principal).
II.-
MARCO NORMATIVO:
- Constitución Política del Perú - Ley Nº 26842 – Ley General de Salud - Decreto Ley Nº 21210 – Crean el Colegio de Obstetrices del Perú como entidad autónoma y con sede en ciudad de Lima - Ley Nº 27853 – Ley de Trabajo de la Obstetriz - Ley Nº 26439 – Crean el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - Resolución Nº 098-2004-CONAFU – Estatuto del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades.
III.-
ANÁLISIS DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA:
Que, la Obstetriz provee, oferta, y administra atención obstétrica de salud en el ámbito de su competencia, a la mujer, familia y la comunidad, en forma científica, tecnológica, sistematizada y coordinada con los demás profesionales de la salud. La Obstetriz participa en la aplicación de políticas de salud y en la atención integral a la mujer en relación al embarazo, parto y puerperio, para lo cual desarrolla sus labores en las áreas asistenciales, administrativa, docente, investigación y preventivo-promocional; tal como precisa la Ley Nº 27853, Ley de Trabajo de la Obstetriz.
Que, la última norma en mención, precisa además, que para el ejercicio...
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