Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 14740/2005-CR, de 7 de Noviembre de 2012
Emisor | Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas |
COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL, ORDEN INTERNO, INTELIGENCIA,
DESARROLLO ALTERNATIVO Y LUCHA CONTRA LAS DROGAS
Periodo Anual de Sesiones 2005-2006
Señor Presidente:
Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, el Proyecto de ley núm. 14740/2005-CR, de los congresistas Luis Gonzáles Posada Eyzaguirre, Rafael Aita Campodónico, Gilberto Díaz Peralta y Luis Iberico Núñez, que propone prohibir la diligencia de notificación por parte de la Policía Nacional del Perú.
I
CONTENIDO DEL PROYECTO
El proyecto establece que está prohibido a la Policía Nacional la realización de las diligencias de notificación que dispongan el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Jurado Nacional de Elecciones, el Ministerio Público y la Oficina Nacional de Procesos Electorales.
La excepción se da cuando la notificación contenga una citación que implique la inmediata conducción compulsiva a través de la fuerza pública, del imputado, testigos, peritos, intérpretes y/o depositarios, dispuesta por el Ministerio Público o el Poder Judicial. Del mismo modo, cuando la notificación contenga un mandato de detención dispuesto por el Poder Judicial.
II
MARCO JURÍDICO
- Constitución Política del Perú. -
III
FUNDAMENTO DEL PROYECTO
La iniciativa tiene como fundamento las propias funciones, atribuciones y facultades que cumple la Policía Nacional que no pueden ir contra la naturaleza misma que tiene dicha institución. En otras palabras, la institución policial no fue creada, ni puede ser utilizada para realizar funciones distintas a las que le son inherentes, más aún si estas ponen en riesgo la provisión de miembros para velar por el orden interno, la seguridad ciudadana, así como para la prevención e investigación del delito.
IV
OPINIONES
El Ministerio del Interior, mediante Oficio N° 382-2006-IN/0102, remitió el Informe N° 004-2006-IN/0102-CAPR, emitido por el Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del
opinión favorable
proyecto se enmarca dentro de los alcances del artículo 166° de la Constitución Política del Estado, cuyo desarrollo se encierra dentro de la Ley N° 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú.
V
ANÁLISIS
El proyecto de ley contiene un precepto prohibitivo para que el Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y Oficina Nacional de Procesos Electorales no puedan emitir...
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