4° campaña de sensibilización y difusión contra el ejercicio ilegal de la abogacía
Páginas | 16-16 |
Ilustre Colegio de Abogados de Lima
15
Boletín Informativo Digital, N° 10, octubre 2018.
4° CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN Y DIFUSIÓN CONTRA EL EJERCICIO
ILEGAL DE LA ABOGACÍA
Dirección de Defensa Gremial
a Dirección de Defensa Gremial del Ilustre Colegio de
LAbogados de Lima (CAL) a través de su Directora, Perú
Inga Zapata, realizaron la 4° campaña de sensibilización y
difusión en contra del ejercicio ilegal de la abogacía.
Esta campaña de sensibilización se llevó a cabo el día 16 de
octubre en las inmediaciones de la sede de la CSJ de Lima Este y
los Juzgados de Paz Letrados de Lima Este, con la finalidad de
descentralizar estas acciones de prevención; es así que se
distribuyeron volantes informativos precisando la forma de cómo
identificar a un abogado colegiado y cómo denunciar a los
pseudos abogados ante las autoridades respectivas; dado que,
conforme a Ley, la única persona facultada legalmente para que
puede ejercer la defensa es un abogado que esté inscrito en un
Colegio de Abogados y se encuentre habilitado para ejercer la
profesión.
5° CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN Y DIFUSIÓN CONTRA EL EJERCICIO
ILEGAL DE LA ABOGACÍA
a Dirección de Defensa Gremial del Ilustre Colegio de
LAbogados de Lima (CAL) a través de su Directora, Perú
Inga Zapata, realizaron la 5° campaña de sensibilización y
difusión en contra del ejercicio ilegal de la abogacía.
Esta campaña de sensibilización se llevó a cabo el día 23 de
octubre en las inmediaciones de la sede central del Servicio de
Administración Tributaria – SAT, contando con la participación de
la Presidenta de la Comisión de Defensa Gremial de la Junta de
Delegados, la Dra. María Julia Bringas Vega y el miembro de
dicha comisión, el Dr. Jorge Luis Cangalahua Castro.
Es así que, en esta oportunidad se distribuyeron volantes
informativos a la concurrencia explicando la forma de cómo
identificar a un abogado colegiado y cómo denunciar a los
pseudos abogados ante las autoridades respectivas; dado que,
conforme a Ley, la única persona que puede ejercer la defensa
es un abogado que esté inscrito en un Colegio de Abogados y se
encuentre habilitado para ejercer la profesión.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba