Delito de violación sexual agravada: Concurrencia de los elementos normativos y descriptivos del tipo penal. R. N. Nº 2092-2005

AutorCésar Eugenio San Martín Castro
Cargo del AutorVocal titular de la Corte Suprema. Profesor principal de Derecho Procesal de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas423-425
SERIE DE EJECUTORIAS CON CONTENIDO RELEVANTE 423
consumado de violación; por lo que se puede concluir, que el sujeto activo, padre de
la menor agraviada atentó contra el libre desarrollo sexual y psicológico conforme
se aprecia con el Informe Psicológico de fs. 297, el cual concluye que la menor
agraviada está afectada en su personalidad, debido al atentado contra su libertad
sexual por parte de su progenitor, situación emocional traumatizante, asimismo el
procesado Chalco Carisayle infringió sus roles de padre y defraudó las relaciones
de confianza necesarias en la unidad familiar, quien conforme al Informe Psicológico
de fs. 298, éste presenta trastornos de personalidad con rasgos psicopáticos; en tal
sentido no resulta atendible ni es causa de justificación la argumentación dada por
el procesado durante el juicio de fs. 280, en el sentido de haber realizado el acto
ilícito como jugando, y que no la obligó en ningún momento, y que la menor parecía
que sabía de esas cosas; puesto que el consentimiento de los menores no exime de la
responsabilidad penal al procesado ya que el bien jurídico protegido tipificado en
el artículo 173° inciso 3 del Código Penal es la indemnidad e intangibilidad sexual;
por lo que la sentencia condenatoria se encuentra arreglada a ley.
Por estas razones, esta Fiscalía Suprema en lo Penal opina se declare NO
HABER NULIDAD en la sentencia recurrida.
Lima, 25 de marzo del 2004.
[090] DELITO DE VIOLACIÓN SEXUAL AGRAVADA:
Concurrencia de los elementos normativos y
descriptivos del tipo penal
EXTRACTO
«…Que la agraviada tanto en sede policial, como en su preventiva y,
específicamente, en el acto oral sindica directa y contundentemente al acusado –
a quien ya conocía- como uno de los individuos que la violó sexualmente, el
mismo que por la violencia la introdujo a un vehículo y la llevó a otro lugar, donde
fue ultrajada sexualmente, a cuyo efecto incluso la amenazaron con arma de fuego
y arma blanca; que el imputado en la confrontación llega admitir que la introdujo
al carro, que allí la violó y que luego la llevaron a Huayna Cápac, en una casa,
donde la violó dos o tres veces más; que la violación se acredita con el certificado
médico legal y dictámenes periciales de biología forense».
TEMAS ABORDADOS:
Violación Sexual Agravada. Autoría y Participación. Reparación Civil.

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