RESOLUCION VICE MINISTERIAL Nº 427-2011-VMPCIC-MC - Modifican la R.D. N° 082/INC, en extremo referido a la clasificación de monumento arqueológico prehispánico El Sauce o Campo Santo Alto, debiendo corresponderle la de sitio arqueológico

Fecha de disposición17 Abril 2011
Fecha de publicación17 Abril 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 17 de abril de 2011
441204
Estando a lo visado por el Director de Gestión, el
Director de Arqueología y la Directora de la Of‌i cina de
Asuntos Jurídicos, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296
– Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley
N° 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura;
fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura;
Resolución Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el
Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modif‌i cada
por Resolución Suprema N° 012-2006-ED; y la Resolución
Directoral Nacional N° 500/INC de fecha 11 de marzo de
2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación
a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya
ubicación se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Cusco
Provincia Chumbivilcas
Nombre
del sitio
arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte
Asoqa Tirani
Sector 1 Quiñota 0777614.6285 8384947.1957 0777426.8312 8384573.8146
Asoqa Tirani
Sector 2 Quiñota 0778162.5899 8384876.7728 0777974.7944 8384876.3910
Asoqa Tirani
Sector 3 Quiñota 0778303.4665 8384857.4013 0778115.6703 8384484.0185
Asoqa Tirani
Sector 4 Quiñota 0778363.4926 8384886.5323 0778175.6962 8384886.5323
Artículo 2°.- Aprobar los expedientes técnicos (plano
de delimitación, memoria descriptiva y f‌i cha técnica) de
los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos
de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a
continuación se consignan:
Nombre del sitio
arqueológico N° de Plano en
Datum PSAD56 N° de Plano en
Datum WGS84 Área
(m2)Área
(ha) Perímetro
(m)
Asoqa Tirani
Sector 1 A-01B A-01A 22117.247 2.2117 641.877
Asoqa Tirani
Sector 2 A-02B A-02A 7041.000 0.7041 441.505
Asoqa Tirani
Sector 3 A-03B A-03A 1929.000 0.1929 176.808
Asoqa Tirani
Sector 4 A-04B A-04A 150.000 0.0150 51.655
Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Defensa
del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros
Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los
Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condición
de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos
arqueológicos prehispánicos mencionados en el Artículo
1° y de los planos señalados en el Artículo 2° de la
presente resolución.
Artículo 4°.- Establecer que cualquier proyecto de
obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios
mineros o agropecuarios, obras habitacionales y
otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los
monumentos arqueológicos prehispánicos declarados
patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la
aprobación previa del órgano competente del Ministerio
de Cultura.
Artículo 5°.- Remitir copia fedateada de la presente
resolución a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad
Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA
Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
629342-1
Modifican la R.D. Nº 082/INC, en
extremo referido a la clasificación de
monumento arqueológico prehispánico
El Sauce o Campo Santo Alto, debiendo
corresponderle la de sitio arqueológico
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 427-2011-VMPCIC-MC
Lima, 13 de abril de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 082/
INC de fecha 30 de enero de 2001, se declaró patrimonio
cultural de la Nación, entre otros, a la zona arqueológica
Campo Santo Alto o El Sauce, ubicada en el distrito de
San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de
Lima;
Que, mediante Informe N° 118-2011-SDIC-DA/
DREPH/MC de fecha 21 de enero de 2011, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección
de Arqueología recomienda aprobar el expediente
técnico del monumento arqueológico prehispánico El
Sauce o Campo Santo Alto, así como la modificatoria
de la clasificación con la que fue declarado patrimonio
cultural de la Nación;
Que, mediante Acuerdo N° 068 de fecha 27 de enero
de 2011, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología
acordó recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de
Cultura lo siguiente:
1. Modif‌i car el Artículo 1º de la Resolución Directoral
Nacional Nº 082/INC de fecha 30 de enero de 2001,
únicamente en el extremo referido a la clasif‌i cación
del monumento arqueológico prehispánico El Sauce o
Campo Santo Alto, debiendo corresponderle la de sitio
arqueológico.
2. Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación,
memoria descriptiva y f‌i cha técnica) del monumento
arqueológico prehispánico El Sauce o Campo Santo Alto.
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley
General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara
de interés social y de necesidad pública la identif‌i cación,
registro, inventario, declaración, protección, restauración,
investigación, conservación, puesta en valor y difusión del
Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los
casos pertinentes;
Que, el Artículo VII del Titulo Preliminar de la Ley N°
28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado
de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la
Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio
de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con
personería jurídica de derecho público. Asimismo, a
través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado
el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el
Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción,
entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura,
cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en
consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura
ejercer las competencias, funciones y atribuciones en
materia de patrimonio cultural de la Nación, material e
inmaterial;
Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565
señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar,
ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento
de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y
ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración,
administración, promoción, difusión y protección del
Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la
respectiva política nacional”;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057-
2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó

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