ORDENANZA Nº 254 - Aprueban Reglamento Interno del Concejo Distrital del Rímac

Fecha de disposición27 Junio 2011
Fecha de publicación27 Junio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 27 de junio de 2011
445420
del Ciudadano y se regulan los procedimientos para
la atención de reclamos y sugerencias que efectúan
los ciudadanos en relación a la gestión municipal
metropolitana; los cuales son registrados a través
del Sistema Informático de Reclamos y Sugerencias
(SIRESU), que permite al ciudadano contar con una
identif‌i cación para el respectivo seguimiento del reclamo
y/o sugerencia efectuado;
Que, conforme el artículo 2º de la citada Ordenanza
Nº 992, el Sistema de Defensa del Ciudadano está
conformado entre otros, por la Alcaldía y los órganos,
organismos descentralizados y empresas de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, estando a cargo de
la Gerencia de Defensa del Ciudadano de la Municipalidad
de Lima Metropolitana la articulación del referido Sistema
de Defensa del Ciudadano;
De conformidad con el numeral 6) del artículo 20º y
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar como responsable del Libro de
Reclamaciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima
al Gerente de Defensa del Ciudadano, encargándosele la
emisión de los lineamientos que sean necesarios para
asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 042-2011-PCM en todas las entidades que
integran el Sistema de Defensa del Ciudadano de la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo 2º.- Disponer que los órganos
desconcentrados de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, así como los organismos descentralizados y
las empresas municipales adscritas a la Municipalidad
Metropolitana de Lima, en calidad de integrantes del
Sistema de Defensa del Ciudadano de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, informen a la Gerencia de
Defensa del Ciudadano, respecto de las designaciones
de los responsables del Libro de Reclamaciones,
efectuadas en cumplimiento de lo dispuesto por el
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución
al Órgano de Control Institucional para los f‌i nes señalados
en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el portal institucional: www.munlima.gob.pe
de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
658051-1
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban Reglamento Interno del
Concejo Distrital del Rímac
ORDENANZA Nº 254
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL
RÍMAC
Visto en sesión ordinaria de Concejo de fecha 14
de junio del año 2011 el Dictamen Nº 012-CAL/MDR de
la Comisión de Asuntos Legales del Concejo Municipal
sobre el proyecto del Reglamento Interno de Concejo
(RIC); con el voto unánime de los señores Regidores y
con la dispensa de la aprobación del Acta, ha dado la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DEL RÍMAC
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno del
Concejo Distrital del Rímac, que consta de noventa y dos
(92) artículos y dos (2) Disposiciones Complementarias
Finales.
REGLAMENTO INTERNO DEL
CONCEJO DISTRITAL DEL RÍMAC
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- OBJETO
El presente Reglamento tiene por objeto normar
la organización interior del Concejo Municipal, las
competencias, atribuciones y funciones de sus miembros.
Asimismo f‌i ja procedimientos para el desarrollo de las
sesiones de Concejo y el funcionamiento de sus respectivas
Comisiones de Regidores f‌i jando los procedimientos para
su desarrollo.
Artículo 2º.- ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA
MUNICIPALIDAD.
La estructura orgánica de la Municipalidad, según
por:
El Concejo Municipal, quien tiene la calidad de órgano
colegiado, el mismo que ejerce funciones normativas y
f‌i scalizadoras. Se encuentra conformado por el Alcalde y
once regidores.
La Alcaldía, es el órgano ejecutivo del gobierno
local. Se encuentra a cargo del Alcalde, quien es el
representante legal de la Municipalidad y máxima
autoridad Administrativa.
Artículo 3º.- COMPETENCIA Y FUNCIONES DEL
CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal del Rímac es el máximo Órgano
de gobierno local, dentro de su jurisdicción, y ejerce sus
funciones y prerrogativas que establece la Constitución
Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo 4º.- FACULTADES.
El Concejo Municipal del Rímac ejerce sus funciones
de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y
acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes
a sus organización interna los resuelve a través de
resoluciones de concejo.
TÍTULO II
CAPÍTULO I
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL CONCEJO
MUNICIPAL
Artículo 5º.- ATRIBUCIONES DEL CONCEJO
MUNICIPAL
Son atribuciones del Concejo Municipal las
expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y otras que la ley
señale.
CAPÍTULO II
ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES
DEL ALCALDE
Artículo 6º.- FUNCIONES DEL ALCALDE:
El Alcalde, tiene las siguientes atribuciones y
obligaciones:
1. Las establecidas en el artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972
2. Formular su voto dirimente en caso de empate.

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