RESOLUCION MINISTERIAL N° 213-2013-PRODUCE - Autorizan continuación de actividad extractiva del recurso anchoveta y anchoveta blanca realizada con embarcaciones pesqueras de mayor escala, menor escala y artesanales en zona del litoral

Fecha de disposición26 Junio 2013
Fecha de publicación26 Junio 2013
El Peruano
Miércoles 26 de junio de 2013 498055
Beatriz Gracia Ponze Cuba como Notario Público del distrito
de San Juan de Miraf‌l ores, provincia y departamento de
Lima, distrito notarial de Lima.
Artículo 2º.- Disponer la reubicación de la señora
abogada Asunción Beatriz Gracia Ponze Cuba, a la plaza
notarial del distrito de Miraf‌l ores, en cumplimiento de la
Resolución Nº 23, de fecha 04 de junio de 2013, en tanto
la misma no sea revocada.
Artículo 3º.- Nombrar a la señora abogada Asunción
Beatriz Gracia Ponze Cuba como Notario Público del
distrito de Miraf‌l ores, provincia y departamento de Lima,
distrito notarial de Lima, debiendo expedirse el Título
correspondiente.
Artículo 4º.- Reservar la plaza vacante del distrito
de Miraf‌l ores, provincia y departamento de Lima, distrito
notarial de Lima, de conformidad con la Resolución Nº
23, de fecha 04 de junio de 2013, expedida por el Primer
Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo
de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 5º.- Dejar sin efecto la reserva de la plaza del
distrito de San Juan de Miraf‌l ores, provincia y departamento
de Lima, distrito notarial de Lima, dispuesto por el Consejo
del Notariado a través del Acuerdo Nº 055-2013-JUS/CN
adoptado en la Acta de Sesión Extraordinaria Nº 020-2013,
celebrada el 13 de junio de 2013, para la reubicación de la
señora abogada Asunción Beatriz Gracia Ponze, conforme
a lo señalado en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 6º.- Disponer que el Consejo del Notariado, el
Colegio de Notarios de Puno y el Colegio de Notarios de
Lima, ejecuten los actos administrativos complementarios
para el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
955137-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Designan responsable de brindar
información pública solicitada a la
Unidad Ejecutora 001: Administración
Nivel Central del MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 152-2013-MIMP
Lima, 24 de junio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único
Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-
2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del
Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la
información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de
Que, los artículos 3, 15, 16 y 17 del referido Texto
Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública establecen que todas las actividades y
disposiciones de las entidades de la Administración Pública
están sometidas al principio de publicidad, salvo que se
trate de información calif‌i cada como secreta, reservada o
conf‌i dencial;
Que, el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado
establece, entre otros, que todas las disposiciones de las
entidades comprendidas en la propia Ley están sometidas
al principio de publicidad, que el Estado adoptará medidas
básicas que garanticen y promuevan la transparencia en
la actuación de las Entidades de la Administración Pública,
y que dichas entidades tienen la obligación de entregar la
información que demanden las personas, en aplicación
del principio de publicidad, del mismo modo, la entidad
pública designará al funcionario responsable de entregar
la información solicitada;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 382-2011-
MIMDES de fecha 24 de octubre de 2011, entre otros,
se designó a la señora Miriam Rosario Salas Dávila,
Jefa (e) de la Of‌i cina de Trámite Documentario y Archivo
de la Secretaría General del MIMP, como funcionaria
responsable de entregar información pública;
Que, por convenir al servicio, es necesario dar por
concluida la designación de la señora Miriam Rosario
Salas Dávila como funcionaria responsable de entregar
información pública y designar al nuevo responsable de
entregar dicha información;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 003-2012-MIMP; la Ley Nº 27806, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública cuyo Texto
Único Ordenado fuera aprobado por Decreto Supremo Nº
043-2003-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de
la señora MIRIAM ROSARIO SALAS DÁVILA como
funcionaria responsable de brindar la información pública
solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración
Nivel Central del MIMP, efectuada mediante Resolución
Ministerial Nº 382-2011-MIMDES.
Artículo 2.- Designar al señor JULIO ANDRÉS ROJAS
JULCA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como
responsable de brindar la información pública solicitada
a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central
del MIMP, en el marco de lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº
043-2003-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
954736-1
PRODUCE
Autorizan continuación de actividad
extractiva del recurso anchoveta
y anchoveta blanca realizada con
embarcaciones pesqueras de mayor
escala, menor escala y artesanales en
zona del litoral
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 213-2013-PRODUCE
Lima, 25 de junio de 2013
VISTOS:El Of‌i cio Nº PCD-100-345-2013-PRODUCE/
IMP del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe Nº
121-2013-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General
de Políticas y Desarrollo Pesquero; y, el Informe Nº 039-
2013-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos
contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son
patrimonio de la Nación; en consecuencia, corresponde
al Estado regular el manejo integral y la explotación
racional de dichos recursos, considerando que la actividad
pesquera es de interés nacional;
Que, la citada Ley en su artículo 9, establece que el
Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias
científ‌i cas disponibles y de factores socioeconómicos,
determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de
ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible,

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