RESOLUCION DIRECTORAL N° 001-2014-INGEMMET/SG-OAJ - Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Diciembre del año 2013
Fecha de disposición | 15 Enero 2014 |
Fecha de publicación | 15 Enero 2014 |
El Peruano
Miércoles 15 de enero de 2014 514313
con el propósito de optimizar los factores que incidan
en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y
competencias necesarias para alcanzar mejores niveles
de califi cación profesional y desarrollo laboral;
Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del referido del
Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado
con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED establece
que para ser autorizado como entidad certifi cadora de
competencias profesionales, se debe disponer de un
equipo estable, y de uno disponible, de especialistas en
evaluación por competencias, cuyos integrantes hayan
sido previamente certifi cados por el órgano operador
competente;
Que, a través de la Segunda versión de la “Guía
de Procedimientos para Autorización y Registro de
Entidades Certifi cadoras y Certifi cación Profesional”,
aprobada mediante Resolución N° 018-2012-SINEACE/P
de 11 de abril del 2012, se han establecido los requisitos
para ser certifi cado y registrado como Evaluador de
Competencias Profesionales con fi nes de Certifi cación,
por el CONEAU;
Que, mediante Acuerdo Nº 214-2013-CONEAU,
sancionado en su Sesión N°058-CONEAU de 19 de
agosto de 2013, el Directorio del CONEAU aprobó
el “Informe del desarrollo de la Sétima Jornada de
Evaluación para Renovación de la Certificación
Evaluadores de Competencias Profesionales dirigida a
profesionales evaluadores de Enfermería y Cirujanos
Dentistas cuya certificación venció en abril de 2013”,
elevado por la Dirección de Evaluación y Certificación
del CONEAU mediante Oficio Nº 066-2013 CONEAU/
DEC, en el que se recomienda la renovación de
certificación y registro de 09 profesionales en la carrera
de Enfermería y 15 profesionales en la carrera de
Odontología, participantes que aprobaron el curso para
el ámbito del CONEAU;
Que, mediante Resolución Nº 021-2009-SINEACE,
se dispuso la apertura del Registro de Especialistas en
Evaluación de Competencias Profesionales del Consejo
de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad
de la Educación Superior Universitaria - CONEAU;
Que, mediante Oficio Nº 569-2013-MINEDU/
COSUSINEACE-CONEAU de fecha 20 de agosto de
2013, el Presidente del CONEAU, hace de conocimiento
el acuerdo antes mencionado, siendo necesario en tal
sentido emitir el acto resolutivo que oficialice dicho
acuerdo;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740,
Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con
Decreto Supremo N° 018¬-2007-ED y las atribuciones
conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0500-
2013-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo Nº 214-2013-
CONEAU, de Sesión Ordinaria N° 058-CONEAU del
19 de agosto de 2013, mediante el cual el Directorio del
CONEAU acordó aprobar la renovación de certifi cación
de Evaluadores de Competencias Profesionales para las
Carreras de Enfermería y Odontología comprendidos en
Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Disponer la incorporación de los
profesionales mencionados en el artículo precedente, en el
Registro de Especialistas en Evaluación de Competencias
Profesionales del Consejo de Evaluación, Acreditación
y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior
Universitaria.
Artículo 3°.- El Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa
publicará en su portal institucional, la relación de
Evaluadores de Competencias Profesionales para la
Carreras Profesionales de Enfermería y Odontología a
que se refi ere el artículos 1° de la presente Resolución.
Asimismo lo hará el Consejo de Evaluación, Acreditación
y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior
Universitaria en su portal institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Superior
SINEACE
1037009-2
INSTITUTO GEOLOGICO
MINERO Y METALURGICO
Disponen publicar concesiones mineras
cuyos títulos fueron aprobados en el
mes de Diciembre del año 2013
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 001-2014-INGEMMET/SG-OAJ
Lima, 13 de enero de 2014
VISTO, el Memorando N° 024-2014-INGEMMET/
DCM, de fecha 13 de enero de 2014 formulado por la
Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre
concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en
el mes de Diciembre del año 2013.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro
Público de Minería, posteriormente Instituto Nacional de
Concesiones y Catastro Minero – INACC, actualmente
INGEMMET, publicará mensualmente en el diario ofi cial
“El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones
mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes
anterior;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 108-
2012-INGEMMET/PCD de fecha 05 de julio de 2012, la
Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Geológico,
Minero y Metalúrgico – INGEMMET, resuelve delegar en
el Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la facultad
de autorizar la publicación en el diario ofi cial “El Peruano”,
la relación de concesiones mineras cuyos títulos se
encuentren aprobados, según lo dispuesto en los artículos
124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto
Supremo Nº 018-92-EM;
Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se
aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones
y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico,
Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la
calidad de entidad incorporante;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM
del 05 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y
Metalúrgico – INGEMMET;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de
Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-
EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-
EM; y
Con la visación de la Dirección de Concesiones
Mineras;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese en el diario ofi cial “El
Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron
aprobados en el mes de Diciembre del año 2013, de
acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la
presente resolución y para los efectos a que se contraen
los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y
24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la
presente Resolución se publicará en el Portal Institucional
del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.
ingemmet.gob.pe).
Regístrese y publíquese.
V. MAURICIO MARIN APONTE
Director
Ofi cina de Asesoría Jurídica
INGEMMET
1037546-1
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