ORDENANZA N° 071-2014-CR-GRH - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Red de Salud Leoncio Prado

Fecha de disposición26 Mayo 2014
Fecha de publicación26 Mayo 2014
El Peruano
Lunes 26 de mayo de 2014 523917
CONSIDERANDO:
Que el referido Banco ha cumplido con presentar
la documentación pertinente que sustenta el pedido
formulado;
Estando a lo opinado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y la Resolución N° 6285-2013; y, en
uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N°
240-2013;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del
Perú - Interbank la apertura de una (1) agencia y una (1)
of‌i cina especial, según se indica:
- Agencia TF Trujillo El Golf, situada en la Av. El Golf
Mz.14, Lotes 19 y 20, Urbanización Los Jardines del Golf;
distrito de Víctor Larco Herrera, provincia de Trujillo y
departamento de La Libertad.
- Of‌i cina Especial Money Exchange Cusco San Blas,
situada en Calle Choquehuanca del Centro Histórico N°
424, distrito, provincia y departamento de Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
1086988-1
Cancelan inscripción de persona
natural en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 2912-2014
Lima, 16 de mayo de 2014
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Franz Richard
Sennhauser Kappeler, respecto a la cancelación de su
inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares
de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros
y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones -
Sección II: De los Corredores de Seguros A: Personas
Naturales; y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 10 de diciembre de 1979 se autorizó la
inscripción del señor Franz Richard Sennhauser Kappeler,
en el Registro Nacional de Productores de Seguros,
otorgándole el Registro N° 1901 como Agente Productor
de Seguros (actualmente corredor de seguros generales
y de personas);
Que, con fecha 16 de abril del 2014, el señor Franz
Richard Sennhauser Kappeler solicita la cancelación de
su Registro por las razones expuestas en la comunicación
que obra en su expediente;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
establecidos en el artículo 17° del Reglamento del Registro
de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado en la
Resolución S.B.S. N° 1797-2011, y en el procedimiento N°
150 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de
la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones;
Estando a lo opinado por el Departamento de
Registros; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
- Ley Nº 26702 y sus modif‌i catorias; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013
del 12 de abril de 2013.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Cancelar la inscripción del señor
Franz Richard Sennhauser Kappeler, con Registro N°
1901 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de
Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones -
Sección II: De los Corredores de Seguros A: Personas
Naturales, por los motivos expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La cancelación del registro a que
se ref‌i ere el artículo primero de la presente Resolución
no exime al señor Franz Richard Sennhauser Kappeler
del cumplimiento de las obligaciones que haya contraído
con terceros, con anterioridad a la fecha de la presente
Resolución.
Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO OJEDA PACHECO
Secretario General
1087005-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Aprueban el Reglamento de
Organización y Funciones - ROF de la
Red de Salud Leoncio Prado
ORDENANZA REGIONAL
Nº 071-2014-CR-GRH
Huánuco, 14 de abril de 2014
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de
fecha 24 de marzo del dos mil catorce, el Dictamen Nº 017-
2014-GRH-CP/CPPPATAL, de la Comisión Permanente
de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento
Territorial y Asuntos Legales; relacionado a la aprobación
del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de
la Red de Salud Leoncio Prado – Unidad Ejecutora 403
– Salud Leoncio Prado, y;
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su
inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y su
presupuesto;
Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales
de Presupuesto;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 4º
de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de
Gestión del Estado señala que el proceso de modernización
de la gestión del Estado, tiene como f‌i nalidad fundamental
la obtención de mayores niveles de ef‌i ciencia del aparato
estatal, de manera que se logre una mejor atención a
la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los

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