DECRETO SUPREMO N° 236-2013-EF - Aprueban la Formalización de los Créditos Suplementarios del Primer Trimestre del Año Fiscal 2013, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

Fecha de publicación22 Septiembre 2013
Fecha de disposición22 Septiembre 2013
El Peruano
Domingo 22 de setiembre de 2013 503405
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban la Formalización de los
Créditos Suplementarios del Primer
Trimestre del Año Fiscal 2013, en
el Presupuesto Consolidado de los
Organismos Públicos Descentralizados
y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO
Nº 236-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 42.3 del artículo 42º del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF, señala que la Dirección General de
Presupuesto Público propone el proyecto de Decreto
Supremo que aprueba las modif‌i caciones al Presupuesto
Consolidado de los Organismos Públicos Descentralizados
y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, sobre la base de las resoluciones que aprueban
la mayor disponibilidad f‌i nanciera de los fondos públicos
que f‌i nancian el presupuesto de las referidas entidades;
Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 256-
2012-EF establece, entre otros aspectos, que las
modif‌i caciones al Presupuesto Consolidado de los
Organismos Públicos Descentralizados y Empresas
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se
aprueban en periodos trimestrales mediante Decreto
Supremo, conforme a los procedimientos establecidos
en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las
Entidades de Tratamiento Empresarial;
Que, en consecuencia es necesario aprobar la
formalización de los Créditos Suplementarios del Primer
Trimestre del Año Fiscal 2013, en el Presupuesto
Consolidado de los Organismos Públicos Descentralizados
y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales; y,
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la
Constitución Política del Perú, el numeral 42.3 del artículo
42º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
Decreto Supremo Nº 256-2012-EF, y los artículos 20°
y 21° de la Directiva N° 001-2010-EF/76.01, Directiva
para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de
Tratamiento Empresarial, aprobada por la Resolución
Directoral N° 002-2010-EF/76.01 y modif‌i cada mediante
Resoluciones Directorales Nos. 003-2011-EF/76.01 y
002-2012-EF/50.01.
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Apruébase, en el Presupuesto Consolidado de los
Organismos Públicos Descentralizados y Empresas
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
correspondiente al Año Fiscal 2013, la formalización
de los Créditos Suplementarios del Primer Trimestre
del citado año f‌i scal por la suma de CIENTO TRES
MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 103
099 693,00), de acuerdo al siguiente desagregado:
INGRESOS En Nuevos Soles
Fuente de Financiamiento
Recursos Directamente Recaudados 32 251 456,00
Donaciones y Transferencias 70 848 237,00
---------------------
TOTAL INGRESOS 103 099 693,00
============
EGRESOS En Nuevos Soles
Gastos Corrientes 33 082 524,00
Gastos de Capital 70 017 169,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 103 099 693,00
==========
Artículo 2º.- Desagregado del Presupuesto
Consolidado
El desagregado de los montos aprobados en el artículo
precedente, a nivel Consolidado de los Organismos
Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos
que forman parte de la presente norma legal, los cuales
son publicados en el Portal Institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe, de acuerdo a lo
siguiente:
Descripción Anexo
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de
Financiamiento y Genérica del Gasto
Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de
Financiamiento
Anexo Nº I
Anexo N° II
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del
Gasto – Recursos Públicos Anexo Nº III
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del
Gasto – Recursos Directamente Recaudados Anexo Nº III-1
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del
Gasto – Donaciones y Transferencias Anexo Nº III-2
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún
días del mes de setiembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
991361-6
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego
Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 237-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó entre

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR