RESOLUCION DIRECTORAL N° 110-2012-PRODUCE/DGEPP - Otorgan a personas jurídicas permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras de cerco de banderas ecuatoriana y panameña

Fecha de disposición14 Julio 2012
Fecha de publicación14 Julio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 14 de julio de 2012
470530
no al pedido de extradición activa formulado por el órgano
jurisdiccional competente;
Que, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones y Traslado
de Condenados ha emitido la opinión correspondiente
mediante el Informe Nº 045-2012/COE-TC, del 27 de
junio de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de
extradición;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del
por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al
Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa,
mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo
del Consejo de Ministros, previo informe de la referida
Comisión Of‌i cial;
De conformidad con la Convención de Derecho
Internacional Privado (Código Bustamante) suscrito
el 20 de febrero de 1928, en La Habana, Cuba, de la
cual son parte la República del Perú y la República de
Guatemala;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa
del ciudadano ecuatoriano WILLIAM ALCIVAR MEDINA
RODRÍGUEZ, formulada por la Primera Sala Penal para
Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de
Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República, para ser procesado por la presunta comisión
del delito contra la Salud Pública - Tráf‌i co Ilícito de Drogas
agravado, en perjuicio del Estado peruano y disponer
su presentación por vía diplomática a la República de
Guatemala, de conformidad con la Convención vigente y
lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables
al caso.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos
y por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
814683-6
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Designan Coordinador que hará las
veces de Oficial de Seguridad de la
Información
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 197-2012-MIMP
Lima, 13 de julio de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 129-2012-
PCM se aprobó el uso obligatorio en todas las entidades
integrantes del Sistema Nacional de Informática, de la
Norma Técnica Peruana “NTP-ISO/IEC 27001:2008 EDI
Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad.
Sistemas de gestión de seguridad de la Información.
Requisitos”;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
3 de la referida Resolución Ministerial, el Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables debe cumplir
con implementar la mencionada norma técnica, de
conformidad con el cronograma de implementación
progresiva del Sistema de Gestión de la Seguridad de
la Información establecido por la Oficina Nacional de
Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia
del Consejo de Ministros;
Que, asimismo, el artículo 5 de la citada Resolución
señala que cada entidad designará mediante resolución
del Titular de la Entidad y hasta antes del inicio de la
fase uno, un coordinador que hará las veces de oficial
de seguridad de la información hasta la adecuación
de su estructura organizacional, incorporando tal
función;
Que, en tal sentido, resulta pertinente designar al
coordinador que hará las veces de of‌i cial de seguridad de
la información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, según lo señalado en la Resolución Ministerial
Nº 129-2012-PCM;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 003-2012-MIMP; y, la Resolución Ministerial
Nº 129-2012-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar al funcionario a cargo de la Of‌i cina
de Tecnologías de la Información del Ministerio de la Mujer
y Poblaciones Vulnerables, como Coordinador que hará
las veces de Of‌i cial de Seguridad de la Información, de
conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial
Nº 129-2012-PCM.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a
la Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática
de la Presidencia del Consejo de Ministros para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
814611-1
PRODUCE
Otorgan a personas jurídicas permisos
de pesca para operar embarcaciones
pesqueras de cerco de banderas
ecuatoriana y panameña
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 104-2012-PRODUCE/DGEPP
Lima, 20 de febrero de 2012
VISTO: el escrito con registro Nº 00090606-2011 de
fecha 28 de octubre del 2011, adjunto 1 de fecha 07 de
noviembre de 2011, adjuntos 2,3,4 de fechas 01, 05 y
20 de diciembre de 2011 y el adjunto 07 de fecha 16 de
febrero de 2012, la empresa denominada NEGOCIOS
INDUSTRIALES REAL NIRSA S.A. representada en el
país por la señora CLAUDIA MARIA LEON ROSAS, con
domicilio legal en la Av. La Encalada N° 1257 – Dpto: 303,
distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento
de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso c) del Artículo 43º del Decreto Ley Nº
25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas
naturales o jurídicas requieren de permiso de pesca para
la operación de embarcaciones pesqueras de bandera
nacional y extranjera. Asimismo, el Artículo 47º de la citada
Ley, dispone que las operaciones de embarcaciones de
bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas,
sólo podrán efectuarse sobre el excedente de la captura
permisible no aprovechada de recursos hidrobiológicos
por la f‌l ota existente en el país, sujetándose a los términos
y condiciones establecidos en la legislación interna sobre

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