DECRETO SUPREMO N° 069-2012-PCM - Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, distrito de Huando, provincia y departamento de Huancavelica

Fecha de disposición29 Junio 2012
Fecha de publicación29 Junio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 29 de junio de 2012
469468
Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto
Supremo Nº 048-2011-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con
cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia
Prorrogar por el término de sesenta (60) días
calendario, a partir del 05 de julio de 2012, el Estado
de Emergencia en la cuenca de la laguna Palcacocha,
ubicada en la provincia de Huaraz, del departamento de
Ancash, por peligro inminente de aluvión.
Artículo 2º.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Ancash en coordinación con
laAutoridad Nacional del Agua - ANA, con la Municipalidad
Provincial de Huaraz, así como con el Instituto Nacional
de Defensa Civil – INDECI, el Ministerio de Agricultura,
el Ministerio del Ambiente, y demás instituciones y
organismos del Estado, dentro de su competencias, así
como las entidades privadas involucradas en cuanto
les corresponda; continuarán ejecutando las acciones
inmediatas necesarias destinadas a la reducción de
los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas
afectadas.
Dichas acciones comprenden, entre otras, la
continuación de la ejecución de las obras de emergencia
para el Sifonaje de la laguna Palcacocha, con el adecuado
y oportuno abastecimiento de los materiales y equipos
pendientes de atención a f‌in de evitar retrasos en dicha
ejecución, así como el encauzamiento y la limpieza del
cauce de los ríos Paria y Quillcay en su curso medio e
inferior; acciones que pueden ser modif‌i cadas de acuerdo
a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan
presentando durante su ejecución, sustentadas en los
estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de
Agricultura y por el Ministro del Ambiente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de junio del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR
Ministro de Agricultura
MANUEL PULGAR VIDAL
Ministro del Ambiente
808230-3
Decreto Supremo que prorroga el
Estado de Emergencia en el Centro
Poblado de Cachi Baja, distrito de
Huando, provincia y departamento de
Huancavelica
DECRETO SUPREMO
N° 069-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
publicado el 06 de noviembre de 2011, se declaró el Estado
de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en
el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en el
departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta
(60) días calendario, para la ejecución de acciones
inmediatas destinadas a la reducción y minimización de los
riesgos existentes en la zona afectada por deslizamientos
de tierras en la quebrada Misqui Yacu como consecuencia
de las lluvias producidas en el mes de marzo de 2011;
Que, mediante los Decretos Supremos N° 006-2012-
PCM, publicado el 05 de enero de 2012, N° 020-2012-
PCM, publicado el 04 de marzo de 2012, y Nº 048-2012-
PCM, publicado el 04 de mayo de 2012, se prorrogó el
Estado de Emergencia en las circunscripción territorial
antes mencionada, hasta el 03 de julio de 2012;
Que, el Gobierno Regional de Huancavelica, con el
Of‌i cio N° 303-2012/GOB-REG-HVCA/PR, de fecha 22 de
junio de 2012, solicita se amplíe la Declaratoria del Estado
de Emergencia por riesgo muy alto de deslizamiento de
tierras hacia el Centro Poblado de Cachi Baja, adjuntando
como sustento el Informe Nº 307-2012/GOB-REG-HVCA/
P.E-ORDNSCyDC y el Informe de Estimación de Riesgos
del Centro Poblado de Cachi Baja, Huancavelica - Junio
2012;
Que, con el Informe Nº 018-2012-INDECI/10.2
de fecha 25 de junio de 2012, la Dirección Nacional
de Prevención del Instituto Nacional de Defensa Civil
– INDECI, se pronuncia teniendo en consideración lo
informado por el Gobierno Regional de Huancavelica,
señalando que persisten las condiciones de Peligro
Inminente, por el fenómeno de deslizamiento de tierras
en el Centro Poblado de Cachi Baja declarado en Estado
de Emergencia, los cuales se originaron por la falta de
tratamiento del encauzamiento del drenaje pluvial (desde
la construcción de la carretera Huancavelica – Huancayo)
y, que durante varios años vienen erosionando las rocas
y terreno compuesto de lava volcánica y arcilla donde se
asienta la población urbana, recomendando se gestione
la prórroga de la declaratoria de Estado de Emergencia
en la zona afectada, indicando además, se considere la
ejecución de acciones que permitan el cumplimiento de
responsabilidades en el proceso de reubicación temporal,
la rehabilitación de canal de irrigación, la forestación y
reforestación en zonas de deslizamiento, la construcción
de muros de contención tipo gaviones 400 ml y la limpieza
de quebradas;
Que, estando por vencer el plazo de vigencia del
Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº
084-2011-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos
Nº 006-2012-PCM, N° 020-2012-PCM y N° 048-2012-
PCM, y subsistiendo las condiciones de emergencia en
la zona, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia,
con el f‌i n de que se continúen las acciones destinadas a
la reducción y minimización del alto riesgo existente, a la
atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas
afectadas, en cuanto corresponda;
Que, el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664,
Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo
Nº 048-2011-PCM, establece que el Gobierno Regional
presenta al INDECI la solicitud de prórroga del Estado de
Emergencia, con el sustento correspondiente;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de
la Constitución Política del Perú, que establece que la
prórroga del Estado de Emergencia requiere de nuevo
decreto, así como con el artículo 69 del Reglamento de
la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto
Supremo Nº 048-2011-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con
cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Prórroga del Estado de Emergencia
Prorrogar por el término de sesenta (60) días
calendario, a partir del 04 de julio de 2012, el Estado
de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja,
en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, en
el departamento de Huancavelica, para continuar las
acciones destinadas a la reducción y minimización del
alto riesgo existente en la zona afectada y de respuesta y
rehabilitación según corresponda.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Huancavelica, en coordinación
con la Municipalidad Provincial de Huancavelica, la
Municipalidad Distrital de Huando, el Instituto Nacional
de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, y demás instituciones y organismos del
Estado dentro de su competencia, ejecutarán las acciones

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