RESOLUCION Nº 3012-2011 - Autorizan al Banco Scotiabank Perú S.A.A. la apertura de agencias en los departamentos de Piura, Arequipa y Lima

Fecha de publicación17 Marzo 2011
Fecha de disposición17 Marzo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 17 de marzo de 2011 439105
Autorizan al Banco Scotiabank Perú
S.A.A. la apertura de agencias en los
departamentos de Piura, Arequipa y
Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 3010-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS N°12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único. - Autorizar al Banco Scotiabank
Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente
ubicación:
• Avenida Sánchez Cerro, esquina con Panamericana
Norte, Sub lote 234-239 “A”, local LS-03, Zona Industrial,
distrito de Piura, provincia y departamento de Piura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
614545-1
RESOLUCIÓN SBS N° 3011-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS N°12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único. - Autorizar al Banco Scotiabank
Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente
ubicación:
• Local LF-2 (1° Nivel) del Centro Comercial Mall
Aventura Plaza Arequipa, en la Avenida Porongoche,
distrito de Paucarpata, provincia y departamento de
Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
614547-1
RESOLUCIÓN SBS N° 3012-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS N°12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único. - Autorizar al Banco Scotiabank
Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente
ubicación:
• Av. Elmer Faucett N° 475-A, distrito de San Miguel,
provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
614549-1
RESOLUCIÓN SBS N° 3013-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, por la Resolución SBS Nº 775-

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