RESOLUCION Nº 3012-2011 - Autorizan al Banco Scotiabank Perú S.A.A. la apertura de agencias en los departamentos de Piura, Arequipa y Lima
Fecha de publicación | 17 Marzo 2011 |
Fecha de disposición | 17 Marzo 2011 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 17 de marzo de 2011 439105
Autorizan al Banco Scotiabank Perú
S.A.A. la apertura de agencias en los
departamentos de Piura, Arequipa y
Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 3010-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifi ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS N°12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único. - Autorizar al Banco Scotiabank
Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente
ubicación:
• Avenida Sánchez Cerro, esquina con Panamericana
Norte, Sub lote 234-239 “A”, local LS-03, Zona Industrial,
distrito de Piura, provincia y departamento de Piura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
614545-1
RESOLUCIÓN SBS N° 3011-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifi ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS N°12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único. - Autorizar al Banco Scotiabank
Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente
ubicación:
• Local LF-2 (1° Nivel) del Centro Comercial Mall
Aventura Plaza Arequipa, en la Avenida Porongoche,
distrito de Paucarpata, provincia y departamento de
Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
614547-1
RESOLUCIÓN SBS N° 3012-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifi ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS N°12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único. - Autorizar al Banco Scotiabank
Perú S.A.A. la apertura de una agencia con la siguiente
ubicación:
• Av. Elmer Faucett N° 475-A, distrito de San Miguel,
provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
614549-1
RESOLUCIÓN SBS N° 3013-2011
Lima, 9 de marzo de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Scotiabank
Perú S.A.A. para que esta Superintendencia autorice la
apertura de una agencia bancaria, según se indica en la
parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifi ca la apertura de la
agencia en mención;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, por la Resolución SBS Nº 775-
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