Proyecto de Ley Nº 01425/2021-CR, Ley que promueve la celeridad de los procesos de alimentos para garantizar el bienestar de las niñas y niños y adolescentes

Número de Iniciativa01425/2021-CR
Fecha de registro07 Marzo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaUgarte Mamani, Jhakeline Katy,Coayla Juárez, Jorge Samuel,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Flores Ramírez, Alex Randu,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Paredes Gonzales, Alex Antonio
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto de Ley N0..J.
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REPÚBLICA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
G R ESO DE LA RE PUBLIC
"Año de¡ fortalecimiento de la Soberania Nacional"
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Los congresistas de la República, integrantes de¡ grupo parlamentario Perú
Libre, a iniciativa de la congresista
JHAKELINE KATY UGARTE MAMANI,
ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107 de
la Constitución Política de¡ Perú y de conformidad con lo establecido en los
artículos 22-C, 67, 75
y
76 de¡ Reglamento de¡ Congreso de la República,
presentan el siguiente:
PROYECTO DE LEY
LEY QUE PROMUEVE LA CELERIDAD DE LOS PROCESOS DE
ALIMENTOS PARA GARANTIZAR EL BIENESTAR DE LAS NIÑAS, NIÑOS
Y ADOLESCENTES
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto promover la celeridad de los procesos de
alimentos a través de la modificación de los artículos 203
y
371 de¡ Código
Procesal Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo N°768, y los artículos 168
y 170 de¡ Código de los Niños y Adolescentes, aprobado mediante Ley N° 27337,
para garantizar el bienestar de las niñas, niños y adolescentes.
Artículo 2. Modificación los artículos 203
y
aprobado mediante Decreto Legislativo N° 768
Modifícanse los artículos 203
y
371 de¡ Código Procesal Civil, aprobado
mediante Decreto Legislativo N° 768, los cuales quedan redactados de la
siguiente forma:
"Artículo 203.- Citación y concurrencia personal de los convocados
La fecha fijada para la audiencia es inaplazable y se realizará en el local
de¡ juzgado. A ella deberán concurrir personalmente las partes, los
terceros legitimados y el representante de¡ Ministerio Público, en su caso.
Las personas jurídicas y los incapaces comparecerán a través de sus
representantes legales. Las partes y terceros legitimados pueden
concurrir con sus abogados.
1
www.congreso.gob.pe
Central Telefónica: 311-7777
JKU M/rtp

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