Sentencia nº 001228-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Mayo de 2011
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2011 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 0105-2009/CPC-INDECOPI-TAC |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1228-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 0105-2009/ CPC-INDECOPI-TAC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE TACNA
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADOS : PETRONA MAMANI YANAPA
MATERIAS : ROTULADO DE ALIMENTOS
ACTIVIDAD : VENTA MINORISTA EN ALMACENES NO
ESPECIALIZADOS
SUMILLA: Se declara la nulidad parcial de la resolución venida en grado en
el extremo que halló responsable a la señora Petrona Mamani Yanapa por
comercializar productos alimenticios indebidamente rotulados, toda vez que
no se verificó que éstos contaran con registro sanitario, condición necesaria
para el rotulado de productos.
Lima, 23 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 30 de septiembre de 2009, la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Tacna (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra la señora Petrona Mamani Yanapa1 (en
inspección realizada el día 18 de agosto de 2009, se verificó que:
(i) En el establecimiento de la denunciada se comercializan productos con fecha
de vencimiento expirada, según el siguiente detalle:
PRODUCTO
CANTIDAD
OBSERVACIONES
Leche Bella Holandesa 14 unidades Fecha de vencimiento: 17-07-2009
Leche Evaporada Laive 15 unidades Fecha de vencimiento: 15-08-2009
(ii) En el establecimiento de la denunciada se comercializan productos que no
cuentan con el rotulado requerido por el Reglamento sobre Vigilancia y
Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado por Decreto Supremo
007-98-SA (en adelante, Reglamento de Alimentos y Bebidas), según el
siguiente detalle:
1 Con RUC 10004795658, domiciliado en Calle Patricio Melendez 439, Cercado Tacna, T acna.
2 Cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo 006-2009-PCM.
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