Sentencia nº 000009-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 5 de Enero de 2001

Fecha de Resolución 5 de Enero de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente083-200 /CRP-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0012-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 038-2000/CRP-ODI-UL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA UNIVERSIDAD DE LIMA ( LA COMISION )
ACREEDOR : BANCO WIESE SUDAMERIS ( EL BANCO )
DEUDOR : COBRES LAMINADOS S.A. ( COBRELSA )
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
DECLARACION DE INSOLVENCIA A SOLICITUD DEL
ACREEDOR
ACTIVIDAD : LAMINACION DE COBRES Y OTROS METALES
SUMILLA: en el caso de declaración de insolvencia de Cobres Laminados S.A. tramitado
por Banco Wiese Sudameris ante la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina
Descentralizada del INDECOPI en la Universidad de Lima se ha resuelto confirmar la
Resolución Nº 0884-2000/CRP-ODI-UL emitida el 27 de junio de 2000 que d eclaró infundada
la oposición formulada por la primera empresa y, en consecuencia, declaró su insolvencia.
Ello en tanto que la autoridad concursal no precisa del pronunciamiento
previo del órgano jurisdiccional para resolver el procedimiento
administrativo, tal como se exige en el artículo 65 del Decreto Legislativo
Nº 807, Ley sobre Facultades Normas y Organización del INDECOPI.
Asimismo, se indica que no ha quedado acreditado que p arte de las obligaciones invocadas
por la solicitante incorporadas en uno de los pagarés hayan quedado canceladas mediante
el endoso de la Letra de Cambio Nº 014/99, en tanto dicho endoso se realizó en garantía y,
en tal sentido, la entidad financiera utilizó el monto incorporado en dicha letra para
amortizar otro tipo de oblig aciones que la deudora mantenía frente a ella, conforme ha
quedado acreditado en el expediente y tal como se encuentra facultada de conformidad a lo
Lima, 5 de enero de 2001
I ANTECEDENTES
Mediante escrito presentado el 2 de febrero de 2000, complementado el 29 de
marzo de 2000, el Banco solicitó la declaración de insolvencia de Cobrelsa ante la
Comisión por mantener frente a ella créditos exigibles y vencidos por más de
treinta días calendario ascendentes a US$ 120 800, 00 por concepto de capital,
US$ 16 253,13 por concepto de intereses y US$ 780, 43 por concepto de gastos.
Asimismo, el Banco manifestó que no mantenía vinculación alguna con la
deudora.
A fin de sustentar la existencia de los créditos invocados por concepto de capital,
el Banco presentó copia de los pagarés que se detallan a continuación con sus
respectivas liquidaciones:

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