segunda sala derecho constitucional social transitoria
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 16/06/2022 (Expediente: 018989-2019)
El derecho de huelga debe ejercerse en armonía con el interés público respetando los procedimientos legales establecidos, pues de lo contrario en caso de declararse ilegal la misma, el empleador tiene la posibilidad de aplicar medidas disciplinarias a los trabajadores que en ningún caso pueden llegar al despido.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 08/08/2019 (Expediente: 028132-2017)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. además, que el pronunciamiento debe guardar relación lógica con lo expuesto por las partes del proceso, en aplicación del principio de congruencia procesal.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 14/11/2019 (Expediente: 020233-2017)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación es insuficiente
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 26/03/2019 (Expediente: 006940-2016)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 20/06/2018 (Expediente: 011341-2016)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 20/08/2019 (Expediente: 026421-2017)
Sumilla.- el derecho de huelga debe ejercerse en armonía con el interés público respetando los procedimientos legales establecidos, pues, de lo contrario en caso de declararse ilegal la misma, el empleador tiene la posibilidad de aplicar medidas disciplinarias a los trabajadores que en ningún caso pueden llegar al despido.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 15/12/2016 (Expediente: 000323-2016)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión, estas razones deben provenir no solo del ordenamiento jurídico vigente y aplicable al caso, sino de los propios hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 29/05/2019 (Expediente: 017881-2017)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación es insuficiente.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 20/06/2019 (Expediente: 000996-2017)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación es aparente.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 19/11/2019 (Expediente: 009084-2018)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 19/09/2019 (Expediente: 023631-2017)
Sumilla.- el derecho de huelga debe ejercerse en armonía con el interés público respetando los procedimientos legales establecidos, pues, de lo contrario en caso de declararse ilegal la misma, el empleador tiene la posibilidad de aplicar medidas disciplinarias a los trabajadores que en ningún caso pueden llegar al despido.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 27/11/2019 (Expediente: 011955-2017)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación es insuficiente
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 22/08/2019 (Expediente: 013951-2017)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación es insuficiente.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 12/07/2023 (Expediente: 048699-2022)
Se vulnera el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales cuando se advierte que existe falta de motivación, al no haberse emitido pronunciamiento respecto de los argumentos impugnatorios del apelante, conforme al numeral 5 del artículo 139 de la constitución política del perú.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 13/12/2018 (Expediente: 001248-2018)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación resulta incongruente.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 14/03/2019 (Expediente: 018647-2016)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, importa que los jueces al resolver las causas expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 22/01/2018 (Expediente: 005719-2017)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 10/07/2019 (Expediente: 001151-2018)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación es insuficiente
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 24/08/2016 (Expediente: 007635-2015)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones importa que los jueces, al resolver las causas, expresen la razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión, estas razones deben provenir no solo del ordenamiento jurídico vigente y aplicable al caso, sino de los propios hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 13/12/2017 (Expediente: 002096-2017)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. para tal efecto, se debe analizar los hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso, a través de la valoración conjunta de los medios probatorios.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 26/11/2019 (Expediente: 012126-2017)
Sumilla: el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en nulidad cuando la motivación es incongruente.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 12/07/2023 (Expediente: 048805-2022)
Sumilla. se vulnera el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales cuando se advierte que existe falta de motivación, al no haberse emitido pronunciamiento respecto de los argumentos impugnatorios del apelante, conforme al inciso 5 del artículo 139 de la constitución política del perú.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 23/05/2018 (Expediente: 020503-2016)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión, estas razones, deben provenir no sólo del ordenamiento jurídico vigente y aplicable al caso, sino de los propios hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso, a través de la...
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 26/09/2019 (Expediente: 010541-2017)
El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho integrante del derecho al debido proceso, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. se incurre en causal de nulidad cuando la motivación es insuficiente o aparente.
-
Decisión de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de 14/07/2022 (Expediente: 025309-2019)
Sumilla. el derecho al debido proceso establecido en el inciso 3 del artículo 139 de la constitución política del perú comprende, entre otros derechos, el de obtener una resolución fundada en derecho y exige que las sentencias expliquen en forma suficiente las razones de su fallo, en plena concordancia con el inciso 5 del artículo 139 del citado texto constitucional.