RESOLUCION SUPREMA N° 124-2015-IN - Autorizan viaje de cadetes de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú a Panamá, en misión de estudios

Fecha de disposición30 Mayo 2015
Fecha de publicación30 Mayo 2015
El Peruano
Sábado 30 de mayo de 2015 553671
la motivación del acto administrativo puede realizarse
mediante la declaración de conformidad con los
fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes,
decisiones o informes obrantes en el expediente, a
condición que se les indique de modo certero y que por
esta situación constituyan parte integrante del respectivo
acto. En este sentido, corresponde que el Informe Técnico
– Legal N° 079-2015-MEM/DGH-DPTC-DNH se integre a
la presente Resolución, pues constituye el sustento de la
misma;
De conformidad con lo señalado en el Reglamento
de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado
por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía
y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-
EM y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF
del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto
Supremo Nº 031-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar a favor de la empresa Repsol
Gas del Perú S.A., la instalación de Ducto para Uso
Propio para el Proyecto “Ducto de Transferencia de GLP
de Re nería La Pampilla a Planta de Abastecimiento de
GLP - Ventanilla”.
Artículo 2.- Noti car la presente Resolución a la
empresa Repsol Gas del Perú S.A. y al Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía y Minería –
Osinergmin.
Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el
Diario O cial el Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OMAR CHAMBERGO RODRIGUEZ
Director General de Hidrocarburos
1243598-1
INTERIOR
Autorizan viaje de cadetes de la Escuela
de Oficiales de la Policía Nacional del
Perú a Panamá, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 124-2015-IN
Lima, 29 de mayo de 2015
VISTOS; la Carta EP.ADP N° 003/2015, de fecha
4 de febrero de 2015, procedente de la Agregaduría de
Defensa y Policía de la Embajada de Panamá en el Perú;
y, el Memorándum Múltiple N° 225-2015-DIRGEN-PNP/
EMP-OCNI, de fecha 15 de mayo de 2015, de la Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta EP.ADP N° 003/2015, de fecha
4 de febrero de 2015, la Agregaduría de Defensa y
Policía de la Embajada de Panamá en el Perú, informó
a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú,
que en el marco del intercambio académico en materia
de Seguridad y Defensa existente entre nuestro país y la
República de Panamá, se han otorgado cinco (5) becas
para Cadetes de la Escuela de O ciales de la Policía
Nacional del Perú para cursar estudios en el Centro de
Enseñanza Superior “Dr. Justo Arosemena”, en la ciudad
de Panamá, República de Panamá;
Que, mediante Informe N° 16-2015-DIREED-PNP/EO-
PNP/EM, de fecha 6 de mayo de 2015, la Dirección de
la Escuela de O ciales de la Policía Nacional del Perú,
propuso a los Cadetes de Primer Año de la Escuela de
O ciales de la Policía Nacional del Perú, Antauro Higor
Ccanto Olivera, José Santos Sierra Palomino, Daniel
Hoyos Fernández, Joseph Kerwin Pérez Velásquez y Nelly
Jacinta Huamaní Rojas, para que sean los bene ciarios
de las becas señaladas en el considerando precedente;
Que, mediante la Hoja de Estudio y Opinión N° 414-
2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 13 de mayo de
2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General
de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que
se autorice el viaje en misión de estudios, para los años
lectivos 2015, 2016, 2017 y 2018, de los Cadetes de Primer
Año de la Escuela de O ciales de la Policía Nacional del
Perú, Antauro Higor Ccanto Olivera, José Santos Sierra
Palomino, Daniel Hoyos Fernández, Joseph Kerwin Pérez
Velásquez y Nelly Jacinta Huamaní Rojas, para que
continúen su proceso de formación profesional policial en
el Centro de Enseñanza Superior “Dr. Justo Arosemena”
de la República de Panamá;
Que, en atención a los documentos sustentatorios
sobre el particular, mediante Memorándum N° 225-2015-
DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 15 de mayo de 2015,
la Dirección General de la Policía Nacional del Perú,
autorizó el viaje señalado en el considerando precedente,
disponiendo que se emita la resolución autoritativa de
viaje correspondiente, precisándose que el mismo irrogará
gastos al Estado peruano;
Que, resulta conveniente para los intereses
institucionales de la Policía Nacional del Perú autorizar
el viaje al exterior en misión de estudios de los Cadetes
antes mencionados, ya que la formación y experiencias
a adquirirse producto de dicha participación, permitirán a
la mencionada institución disponer de personal altamente
capacitado en los aspectos inherentes a su desarrollo
humano, profesional y ocupacional, redundando ello en el
ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú;
Que, teniendo en cuenta que la duración de la misión
de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal,
que incluye los años 2015, 2016, 2017 y 2018, los pagos
correspondientes al periodo comprendido entre los meses
de junio y diciembre de 2015, se efectuarán con cargo al
Presupuesto del Sector Público para el año scal 2015
y los pagos correspondientes a los años posteriores se
realizarán con cargo al Presupuesto del Sector Público de
los años scales respectivos;
Que, de acuerdo a lo indicado en el considerando
precedente, los gastos por concepto de pasajes aéreos,
impuestos por tarifa única de uso de aeropuerto y
compensación extraordinaria que ocasione la presente
autorización de viaje, se efectuarán con cargo al
presupuesto institucional del año scal 2015, de la Unidad
Ejecutora N° 002–Dirección de Economía y Finanzas de
la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 – Ministerio
del Interior, toda vez que el Centro de Enseñanza
Superior “Dr. Justo Arosemena” de la República de
Panamá, asumirá los costos académicos y educativos de
los referidos Cadetes;
Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo
N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a
montos por compensación extraordinaria por Misión de
Estudios del personal militar y civil del Sector Defensa
e Interior, los órganos pertinentes de la Policía Nacional
del Perú han procedido a realizar el cálculo respectivo
del monto de compensación extraordinaria que les
corresponde a los Cadetes que participarán en la referida
misión de estudios;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, las resoluciones
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, serán debidamente sustentadas
en el interés nacional o en el interés especí co de la
institución y deberán indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje y el monto
de los gastos de desplazamiento;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10° de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución
Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros, la misma que es publicada en el Diario O cial
“El Peruano”; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1135, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Interior; Ley
N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año
scal 2015; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de
Viajes al Exterior de servidores y funcionarios públicos; el
Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se

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