RESOLUCION N° 247-2014/SUNAT - Modifican Res. N° 066-2013/SUNAT que crea el 'Sistema de llevado de los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica en SUNAT operaciones en línea (SLE-PORTAL)'.

Fecha de publicación05 Agosto 2014
Fecha de disposición05 Agosto 2014
El Peruano
Martes 5 de agosto de 2014
529328
En el décimo considerando, página 529028;
DICE:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
3º numeral 1 literal c) de la Ley Marco de los Organismos
Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios
Públicos, Ley Nº 27332, modif‌i cado por Ley Nº 27631;
y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del
Osinergmin en su Sesión Nº XX-2014;
DEBE DECIR:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
3º numeral 1 literal c) de la Ley Marco de los Organismos
Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios
Públicos, Ley Nº 27332, modif‌i cado por Ley Nº 27631;
y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del
Osinergmin en su Sesión Nº 22-2014;
1118762-2
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican Res. Nº 066-2013/SUNAT que
crea el “Sistema de llevado de los registros
de ventas e ingresos y de compras de
manera electrónica en SUNAT operaciones
en línea (SLE-PORTAL)”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 247-2014/SUNAT
Lima, 4 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de Superintendencia
Nº 066-2013/SUNAT y normas modif‌i catorias se crea
el “Sistema de llevado de los registros de ventas e
ingresos y de compras de manera electrónica en SUNAT
operaciones en línea (SLE-PORTAL)”, aprobándose
también los anexos que regulan las estructuras de la
información a ingresar de manera masiva al registro de
ventas e ingresos y de compras electrónicos, así como los
que establecen el estado o indicador de las operaciones
anotadas en los mencionados registros;
Que a partir del 8 de mayo del presente año los
sujetos af‌i liados al Sistema de Llevado de Libros y
Registros Electrónicos (SLE-PLE), regulado en la
Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT y
normas modif‌i catorias y los sujetos incorporados a dicho
sistema, pero que luego son excluidos de los directorios
de principales contribuyentes pueden optar por llevar el
registro de ventas e ingresos y el registro de compras en
el SLE PORTAL;
Que los sujetos obligados a llevar los registros de
ventas e ingresos y de compras de manera electrónica,
según lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
Nº 379-2013/SUNAT y norma modif‌i catoria, pueden optar
a partir del 8 de mayo de 2014, para cumplir con dicha
obligación, por generar los mencionados registros en
SLE-PLE o en el SLE-PORTAL así como luego cambiar la
opción ejercida siempre que tanto el registro de ventas e
ingresos como el registro de compras se lleven en el SLE-
PLE o en el SLE-PORTAL por cada período;
Que según los numerales 12 y 13 del artículo 13º de
la Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT
que regula el SLE-PLE, el registro de ventas e ingresos
y el registro de compras deben incluir mensualmente la
información establecida en el Anexo Nº 2 “Estructura e
información de los Libros y/o Registros Electrónicos” de
la citada norma;
Que la estructura e información contenida en el anexo
a que se ref‌i ere el considerando precedente dif‌i ere de
aquellas correspondientes a los registros electrónicos que
pertenecen al SLE-PORTAL;
Que teniendo en cuenta lo señalado en los
considerandos precedentes, resulta necesario
modif‌i car la Resolución de Superintendencia Nº 066-
2013/SUNAT, que creó el “Sistema de llevado del
registro de ventas e ingresos y de compras de manera
electrónica en SUNAT operaciones en línea”, a f‌i n de
uniformizar la información y las estructuras del registro
de ventas e ingresos y del registro de compras del SLE-
PORTAL con las estructuras e información de estos
registros contenidos en el SLE-PLE, facilitando de esta
manera a los af‌i liados y obligados el cambio de llevado
de los mencionados registros de un sistema a otro y
viceversa;
Que como parte de la referida uniformización así
como para mejorar la calidad de la información mediante
validaciones en el aplicativo, es necesario incorporar un
anexo a la Resolución de Superintendencia Nº 066-2013/
SUNAT que de manera similar al anexo Nº 2 “Estructura
e información de los libros y/o registros electrónicos” de
la Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT
que regula el SLE-PLE, contenga las reglas generales
de la información de los comprobantes de pago y/o
documentos;
En uso de las facultades conferidas por el numeral
16 del artículo 62º del Código Tributario, cuyo Texto
Único Ordenado (TUO) ha sido aprobado por el Decreto
Supremo Nº 133-2013-EF y norma modif‌i catoria; el inciso
c) del tercer párrafo del artículo 65º de la Ley del Impuesto
a la Renta, cuyo TUO ha sido aprobado por el Decreto
Supremo Nº 179-2004-EF y normas modif‌i catorias; el
numeral 1 del artículo 10º del Reglamento de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-94-
EF y normas modif‌i catorias; el artículo 11º del Decreto
Legislativo Nº 501 y normas modif‌i catorias; el artículo
5º de la Ley Nº 29816 y el inciso o) del artículo 8º del
Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT,
aprobado Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/
SUNAT y normas modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- REFERENCIA
Para efecto de la presente norma, se entiende por
resolución a la Resolución de Superintendencia Nº 066-
2013/SUNAT y normas modif‌i catorias.
Cuando se haga mención a un artículo o a una
disposición complementaria sin señalar la norma a la
que corresponda, se entenderá referido a la presente
resolución.
Artículo 2º.- DE LA INFORMACIÓN DE LOS
REGISTROS ELECTRÓNICOS
Sustitúyase el artículo 7º de la resolución, por el
siguiente texto:
Artículo 7º.- DE LA INFORMACIÓN DE LOS
REGISTROS ELECTRÓNICOS
7.1 Registro de ventas e ingresos electrónico
Este registro contendrá mensualmente la siguiente
información:
a) Periodo
b) CUO – Código Único de Operación.
c) Número correlativo.
d) Fecha de emisión del comprobante de pago o
documento.

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