RESOLUCION N° 090-024-0000249-SUNAT/6J000 - Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Cusco

Fecha de disposición29 Julio 2014
Fecha de publicación29 Julio 2014
SecciónSección Única
Martes 29 de julio de 2014
528907
Año XXXI - Nº 12936
AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO
PODER EJECUTIVO
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. N° 524-2014-MTC/01.- Aprueban Convenio
de Estabilidad Jurídica a suscribirse entre el Estado
Peruano, representado por el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones y PROINVERSION, con la empresa
Concesionaria Vía Expresa Sur S.A. 528908
R.VM. N° 428-2014-MTC/03.- Aprueban transferencia
de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 201-2011-
MTC/03 a Radiodifusora Comercial Radio Machupicchu
E.I.R.L., a favor de Vega Visión S.R.L. 528908
RR.VMs. N°s. 429, 430, 443, 444, 446 y 447-2014-
MTC/03.- Otorgan autorizaciones a personas naturales y
jurídicas para prestar servicio de radiodifusión en FM en
localidades de los departamentos de Puno, Huancavelica,
Cajamarca y Piura 528910
R.VM. N° 442-2014-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión en
OM en localidad del departamento de Ica 528923
R.VM. N° 445-2014-MTC/03.- Declaran aprobada
renovación de autorización otorgada a Radio San Pablo
E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora
comercial en OM 528925
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION DEL
PERU PARA LA EXPORTACION
Y EL TURISMO
Res. N° 143-2014-PROMPERU/SG.- Autorizan viaje de
representantes de PROMPERU a EE.UU., en comisión de
servicios 528925
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADUANAS Y DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Res. N° 238-2014/SUNAT.- Encargan funciones de
Superintendente Nacional de la SUNAT 528926
Res. N° 239-2014/SUNAT.- Modif‌i can Resolución de
Superintendencia N° 173-2013/SUNAT, que aprueba
normas relativas al Registro para el Control de Bienes
Fiscalizados a que se ref‌i ere el artículo 6° del Decreto
Legislativo N° 1126 528926
Res. N° 090-024-0000249-SUNAT/6J000.- Designan
Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Cusco
528928
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. N° 747-2014-JNE.- Conf‌i rman resolución del Tercer
Jurado Electoral Especial de Lima Oeste que declaró
infundada tacha interpuesta contra solicitud de inscripción
de candidato al cargo de alcalde del Concejo Distrital de
Barranco, provincia y departamento de Lima 528928
Res. N° 748-2014-JNE.- Revocan la Resolución N° 3 del
Jurado Electoral Especial de Huari en extremo que declaró
improcedente solicitud de acreditación de personeros
528930
Res. N° 754-2014-JNE.- Conf‌i rman resolución del Jurado
Electoral Especial de Chiclayo que declaró improcedente
solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo
Distrital de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento
de Lambayeque 528933
Res. N° 755-2014-JNE.- Conf‌i rman resolución del
Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este que
declaró improcedente candidatura a segundo regidor para
el Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho, provincia
y departamento de Lima 528934
Res. N° 756-2014-JNE.- Conf‌i rman resolución del Jurado
Electoral Especial de Huancayo que declaró improcedente
solicitud de lista de candidatos al Consejo Regional de
Junín 528936
Res. N° 757-2014-JNE.- Revocan resolución del
Jurado Electoral Especial de Pasco en extremo que
declaró improcedente solicitud de inscripción de fórmula
presidencial al Gobierno Regional de Pasco, y la
conf‌i rman en extremo que declaró improcedente solicitud
de inscripción de lista de candidatos 528937
Res. N° 758-2014-JNE.- Conf‌i rman resolución del
Jurado Electoral Especial de Tambopata que declaró
improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos
al Concejo Distrital de Inambari, provincia de Tambopata,
departamento de Madre de Dios 528942
Res. N° 759-2014-JNE.- Revocan resolución del
Jurado Electoral Especial de Lima Centro y autorizan
a la Presidencia del Consejo de Ministros la difusión
de publicidad estatal, en el marco de las Elecciones
Regionales y Municipales 2014 528943
Sumario
El Peruano
Martes 29 de julio de 2014
528908
PODER EJECUTIVO
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Aprueban Convenio de Estabilidad
Jurídica a suscribirse entre el Estado
Peruano, representado por el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones
y PROINVERSIÓN, con la empresa
Concesionaria Vía Expresa Sur S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 524-2014-MTC/01
Lima, 23 de julio de 2014
VISTO:
El Of‌i cio Nº 457-2014/PROINVERSION/DSI de
la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –
PROINVERSIÓN; y los Informes Nº 512-2014-MTC/25
de la Dirección General de Concesiones en Transportes
y Nº 878-2014-MTC/09 de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 08 de agosto de 2013, se suscribió el
Contrato de Concesión del Proyecto “Vía Expresa Sur”,
entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la empresa
CONCESIONARIA VÍA EXPRESA SUR S.A;
Que, mediante escrito presentado a PROINVERSIÓN
el 03 de marzo de 2014, la empresa CONCESIONARIA
VÍA EXPRESA SUR S.A., solicitó la suscripción de un
Convenio de Estabilidad Jurídica;
Que, a través del Of‌i cio Nº 457-2014/PROINVERSION/
DSI del 26 de mayo de 2014, PROINVERSIÓN remitió
para conformidad de este Ministerio el proyecto de
Convenio correspondiente, adjuntando para tales efectos
el Informe Legal Nº 181-2014/OAJ y el Informe Nº 66-
2014/DSI, mediante los cuales se concluye que la empresa
CONCESIONARIA VÍA EXPRESA SUR S.A., ha cumplido
con la presentación de la información, documentación y
los requisitos establecidos en la normativa de la materia;
por lo que, resulta procedente la suscripción del Convenio
de Estabilidad Jurídica;
Que, mediante Memorándum Nº 1261-2014-MTC/25,
que hace suyo el Informe Nº 512-2014-MTC/25, la
Dirección General de Concesiones en Transportes
emitió opinión favorable a la solicitud presentada por la
empresa CONCESIONARIA VÍA EXPRESA SUR S.A., por
considerarla viable;
Que, mediante Memorándum Nº 1452-2014-MTC/09,
que hace suyo el Informe Nº 878-2014-MTC/09, la
Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió
opinión favorable a la solicitud presentada por la empresa
CONCESIONARIA VÍA EXPRESA SUR S.A., por
considerarla viable;
Que, la solicitud presentada por la empresa
CONCESIONARIA VÍA EXPRESA SUR S.A. y el proyecto
de Convenio presentado por PROIVERSIÓN tiene por
objeto suscribir un Convenio de Estabilidad Jurídica, por
el cual la empresa CONCESIONARIA VÍA EXPRESA
SUR S.A. se compromete, a emitir acciones de su capital
a favor de la empresa GRAÑA Y MONTERO S.A.A.,
de Perú, contra la recepción de los aportes que dicha
empresa deberá efectuar, de acuerdo al plazo establecido
en el Contrato de Concesión;
Que, el Convenio de Estabilidad Jurídica solicitado se
encuentra dentro de los alcances de lo establecido en los
Decretos Legislativos Nº 662 y Nº 757, en la Ley Nº 27342
- Ley que regula los Convenios de Estabilidad Jurídica al
amparo de los Decretos Legislativos Nº 662 y 757 y en el
Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión
Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF,
Decreto Legislativo Nº 1011 y su Reglamento aprobado
Que, el artículo 19 del Decreto Supremo Nº 059-96-
PCM - Texto Único Ordenado de las Normas con Rango
de Ley que Regulan la Entrega en Concesión al Sector
Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de
Servicios Públicos, establece que tratándose de contratos
de concesión, el plazo de los convenios de estabilidad
jurídica que se encuentra regulado en los Decretos
Legislativos Nº 662 y Nº 757, se extenderá por todo el
plazo de la concesión; en cuanto al otorgamiento de las
garantías y benef‌i cios contemplados en estos dispositivos
legales, los plazos a aplicarse serán los contemplados en
el contrato de concesión;
Que, de conformidad con el artículo 30, inciso d) del
Decreto Supremo Nº 162-92-EF y el Artículo 1 del Decreto
Supremo Nº 136-97-EF, corresponde al Ministro de
Transportes y Comunicaciones o quien este designe y a
PROINVERSIÓN en su condición de organismo nacional
competente, la suscripción del Convenio de Estabilidad
Jurídica;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado
por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en el
artículo 6 y en el literal k) del artículo 7 que el Ministro
representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no
sean privativas de su función de Ministro de Estado;
Que, los literales i) y j) del artículo 9º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, señalan que los Viceministros tienen
como función específ‌i ca representar al Ministro en los actos
y gestiones que le sean encomendados y las demás que el
Ministro les delegue, en el ámbito de su competencia;
Que, estando a lo informado por PROINVERSIÓN,
por la Dirección General de Concesiones en Transportes
de este Ministerio y la Of‌i cina General de Planeamiento
y Presupuesto, procede la aprobación del Convenio de
Estabilidad Jurídica con la empresa CONCESIONARIA
VÍA EXPRESA SUR S.A., de Perú, así como corresponde
autorizar al funcionario que lo suscribirá en representación
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370
y en los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM, Nº 060-96-
PCM y Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Jurídica
a suscribirse entre el Estado Peruano, representado
por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y
PROINVERSIÓN; con la empresa CONCESIONARIA VÍA
EXPRESA SUR S.A.
Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes,
para que en representación del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, suscriba el Convenio a que se ref‌i ere
el artículo anterior, así como los documentos que resulten
necesarios para su formalización.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1115897-1
Aprueban transferencia de autorización
otorgada mediante R.VM. Nº 201-2011-
MTC/03 a Radiodifusora Comercial
Radio Machupicchu E.I.R.L., a favor de
Vega Visión S.R.L.
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 428-2014-MTC/03
Lima, 8 de julio del 2014
El Peruano
Martes 29 de julio de 2014 528909
VISTO, el escrito de registro Nº 2013-015057 del
12 de marzo de 2013, presentado por la empresa
RADIODIFUSORA COMERCIAL RADIO MACHUPICCHU
E.I.R.L., sobre aprobación de transferencia de la
autorización otorgada para prestar el servicio de
radiodifusión sonora comercial Frecuencia Modulada
(FM) en la localidad Cusco, departamento de Cusco, a
favor de la empresa VEGA VISION S.R.L.;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Viceministerial Nº 201-2011-
MTC/03 del 21 de febrero de 2011, se adecuó por mandato
expreso de la Segunda Disposición Complementaria
plazo de vigencia de diversas autorizaciones, entre
las cuales se encuentra la autorización otorgada con
Resolución Ministerial Nº 046-85-TC/TEL a la EMPRESA
RADIODIFUSORA COMERCIAL RADIO MACHUPICCHU
E.I.R.L.1, para prestar el servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad
de Cusco, departamento de Cusco, por el plazo diez (10)
años, por periodos sucesivos, el mismo que comprende el
periodo de instalación y prueba otorgado; con vencimiento
de su plazo de vigencia al 19 de diciembre de 2015;
Que, con escrito de registro Nº 2013-015057 del
12 de marzo de 2013, la empresa RADIODIFUSORA
COMERCIAL RADIO MACHUPICCHU E.I.R.L., solicita
la transferencia de autorización otorgada con Resolución
Viceministerial Nº 201-2011-MTC/03, a favor de la
empresa VEGA VISION S.R.L.;
Ley Nº 28278, establece que los derechos otorgados
para la prestación de un servicio de radiodifusión son
transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre
que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a
partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se
conf‌i gure alguna de las causales establecidas en el artículo
23º de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de
transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo
de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento,
transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución
pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá
considerarla aprobada;
Que, a su vez, el artículo 73º del Reglamento de
la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que la autorización,
conjuntamente con los permisos, licencias y autorización
de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser
transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante
Resolución Viceministerial conteniendo además el
reconocimiento del nuevo titular;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con
el reconocimiento del nuevo titular de la autorización,
éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y
derechos derivados de la autorización;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1187-2014-
MTC/28 opina que procede aprobar la transferencia de
la autorización otorgada por Resolución Viceministerial
Nº 201-2011-MTC/03 a la empresa RADIODIFUSORA
COMERCIAL RADIO MACHUPICCHU E.I.R.L., a favor de
la empresa VEGA VISION S.R.L., para la prestación del
servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia
Modulada (FM), en la localidad de Cusco, departamento
1 La denominación correcta de la administrada es empresa RADIODIFUSORA
COMERCIAL RADIO MACHUPICCHU E.I.R.L., de acuerdo a la Partida Registral
Nº 05005250 de la Of‌i cina Registral de Cusco.

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