DECRETO SUPREMO N° 121-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público

Fecha de disposición30 Mayo 2014
Fecha de publicación30 Mayo 2014
El Peruano
Viernes 30 de mayo de 2014
524132
VISTOS:
La Resolución de Dirección Ejecutiva N° 070-2013-
FONCODES/DE y, el Convenio Final del 28 de mayo de 2014
suscrito entre SERVIR, el Programa Nacional FONCODES y
el Gerente Público Jacinto Joel Flor Maquera; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 178-2012-
MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa
Nacional FONCODES, vigente a partir del primer día hábil
del año 2013, en el que se prevé que la Dirección Ejecutiva
es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa,
dependiendo jerárquica y funcionalmente del Despacho
Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS, y
dentro de su estructura orgánica cuenta, entre otros, con
las Unidades Territoriales, destacándose que cada una de
éstas, estará a cargo de un Jefe;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea
y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado
por profesionales altamente capaces, seleccionados
en procesos competitivos y transparentes, para ser
destinados a las entidades del Gobierno Nacional,
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que lo
requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
108-2013-SERVIR-PE, publicada el 28 de junio de 2013, la
Autoridad Nacional del Servicio Civil asignó al Gerente Público
Jacinto Joel Flor Maquera en el cargo de Jefe de la Unidad
Territorial Moquegua del Programa Nacional FONCODES;
Que, mediante Convenio de Asignación de fecha
8 de julio de 2013, suscrito entre la Autoridad Nacional
del Servicio Civil, el Programa Nacional FONCODES
y el Gerente Público Jacinto Joel Flor Maquera, se
establecieron los términos y condiciones mediante los
cuales se asignó al citado Gerente Público en el cargo
de Jefe de la Unidad Territorial Moquegua, según la
especif‌i cación del cargo que se detalla en el Anexo 01 del
indicado convenio, por el periodo de tres 3 años;
Que mediante el artículo 1° de la Resolución de Dirección
Ejecutiva N° 070-2013-FONCODES/DE se formalizó la
asignación del Gerente Público Jacinto Joel Flor Maquera en el
cargo de Jefe de la Unidad Territorial Moquegua del Programa
Nacional FONCODES, a partir del 8 de julio de 2013;
Que, atendiendo a las coordinaciones realizadas
entre la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Programa
Nacional FONCODES y el Gerente Público Jacinto Joel
Flor Maquera, y expresada la voluntad de las partes y por
mutuo acuerdo, mediante Convenio Final del 28 de mayo
del 2014, se acordó dar por concluida la asignación del
indicado Gerente Público en el cargo de Jefe de la Unidad
Territorial Moquegua de este Programa Nacional; razón
por la cual, corresponde dar por concluida su asignación;
Con el visto de la Jefa (e) de la Unidad de Asesoría
Jurídica de FONCODES;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1024, con lo previsto en la Ley N° 29792:
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, el Reglamento de
Organización y Funciones – ROF del MIDIS aprobado
las facultades contenidas en el Manual de Operaciones
del Programa Nacional FONCODES aprobado mediante
Resolución Ministerial N° 178-2012-MIDIS.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar con efectividad al 30 de mayo
de 2014, la conclusión de la asignación del Gerente Público
Jacinto Joel Flor Maquera en el cargo de Jefe de la Unidad
Territorial Moquegua del Programa Nacional FONCODES,
dándole las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Of‌icial El Peruano y en el Portal Institucional del
Programa Nacional FONCODES.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA FELICITA PEÑA WONG
Directora Ejecutiva (e)
1089520-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014 a favor del
Organismo Supervisor de la Inversión
en Infraestructura de Transporte de
Uso Público
DECRETO SUPREMO
Nº 121-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, se ha aprobado,
entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 022
Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura
de Transporte de Uso Público;
Que, mediante Ley N° 26917, Ley de Supervisión de
la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de
Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte
Aéreo, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en
Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN,
como organismo público especializado adscrito a la
Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de lo
dispuesto por el artículo 2 de la Ley N° 27332, Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada
en los Servicios Públicos;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 29754, dispone
que el Organismo Supervisor de la Inversión en
Infraestructura de Transporte de Uso Público –
OSITRAN es la entidad competente para ejercer la
supervisión de los servicios públicos de transporte
ferroviario de pasajeros en las vías concesionadas
que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte
Masivo de Lima y Callao;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 059-
2010-MTC y sus modif‌i catorias, aprueba la Red Básica
del Metro de Lima - Sistema Eléctrico de Transporte
Masivo de Lima y Callao, y dispone que la misma está
conformada sobre la base de seis (06) Líneas, entre
las cuales se encuentra la Línea 2: Av. Víctor Raúl
Haya de la Torre (Carretera Central), Av. Nicolás Ayllón,
Av. 28 de Julio, Av. Paseo de la República, Av. 9 de
Diciembre (Paseo Colón), Av. Arica, Av. Venezuela, Av.
Germán Amézaga, Av. Oscar R. Benavides (Colonial),
Av. Guardia Chalaca;
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de
la Ley N° 30025 declaró de necesidad pública la ejecución
de las obras de infraestructura de interés nacional y de
gran envergadura, entre las cuales se encuentra la de
infraestructura ferroviaria: “Sistema Eléctrico de Transporte
Masivo de Lima y Callao, Línea 2”;
Que, asimismo, la Septuagésima Tercera
Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014, declaró de necesidad pública y de interés
nacional la implementación de las tareas previas a
cargo del Poder Ejecutivo, así como de todos los actos
y procedimientos administrativos necesarios para
asegurar la celebración y la ejecución del contrato de
concesión para el diseño, financiamiento, construcción,
equipamiento electromecánico, equipamiento de
sistema y provisión de material rodante, operación
y mantenimiento del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av.
Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de
Lima y Callao”, ratificándose la plena validez de los
mismos;
Que, con fecha 28 de abril de 2014, el Estado Peruano
ha suscrito el Contrato de Concesión del Proyecto “Línea
2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del
Metro de Lima y Callao” con la Sociedad Concesionario
Metro de Lima Línea 2 S.A., quien ha obtenido la Buena
Pro en el Proceso de Selección conducido por la Agencia

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