RESOLUCION DIRECTORAL N° 018-2014-MTC/14 - Incorporan párrafo relativo a Señales de Información Bilingüe en el Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor para Calles y Carreteras

Fecha de disposición14 Agosto 2014
Fecha de publicación14 Agosto 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 14 de agosto de 2014 529921
éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y
derechos derivados de la autorización;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones, mediante Informe N° 1485-2014-
MTC/28 opina que debe aprobarse la transferencia de
autorización otorgada por Resolución Viceministerial
N° 234-2002-MTC/15.03, renovada con Resolución
Viceministerial N° 1003-2011-MTC/03 a la empresa
NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C.,
a favor de la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES
LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO
– ENLACE, para la prestación del servicio de radiodifusión
comercial por televisión en UHF, en la localidad de Puno,
departamento de Puno; y, reconocer a esta última,
como nueva titular de dicha autorización, asumiendo
los derechos y obligaciones derivados de la misma;
al haberse verif‌i cado que cumple con los requisitos y
condiciones establecidos en la Ley de Radio y Televisión,
su Reglamento y el TUPA del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley
Nº 28278 y su modif‌i catoria, su Reglamento, aprobado con
Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modif‌i catorias,
el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por
Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modif‌i catorias,
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 021-2007-MTC; y,
Con la opinión favorable de la Directora General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización
otorgada a la empresa NEGOCIOS GENERALES
INTERNACIONALES S.A.C., mediante Resolución
Viceministerial N° 234-2002-MTC/15.03, renovada con
Resolución Viceministerial N° 1003-2011-MTC/03, a
favor de la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES
LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO
– ENLACE; conjuntamente con los permisos, licencias
y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión
relacionados a dicha autorización.
Articulo 2º.- Reconocer a la ASOCIACION CULTURAL
ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL
EVANGELIO – ENLACE como titular de la autorización
otorgada por Resolución Viceministerial N° 234-2002-
MTC/15.03, renovada con Resolución Viceministerial N°
1003-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos,
licencias y autorización de enlaces auxiliares a la
radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y
obligaciones derivados de la misma.
Articulo 3º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones, para los f‌i nes de su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
1122127-1
Incorporan párrafo relativo a Señales
de Información Bilingüe en el Manual
de Dispositivos de Control del Tránsito
Automotor para Calles y Carreteras
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 018-2014-MTC/14
Lima, 21 de julio del 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3° de la Ley N° 27181-Ley General
del Transporte y Tránsito Terrestre establece que la acción
estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se
orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios
y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud,
así como a la protección del ambiente y la comunidad en
su conjunto;
Que, asimismo, el artículo 16° de la citada ley
ha establecido que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en
materia de transporte y tránsito terrestre, teniendo, entre
otras, competencias normativas;
Que, el Reglamento Nacional de Gestión de la
Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-
REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos
constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos
de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos,
resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos,
deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Of‌i cial, de lunes a viernes, en el horario
de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la
persona acreditada con el registro de su f‌i rma ante el Diario Of‌i cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom
o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@
editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el
artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modif‌i cado por el
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al
formato original y sin justif‌i car; si incluyen gráf‌i cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI
y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom,
USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a
menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de
tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia
de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
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