Delitos contra la tranquilidad pública

AutorROBERTO BARANDIARÁN DEMPWOLF - JOSÉ ANTONIO NOLASCO VALENZUELA
Páginas27-38
SUMILLAS 27
II
DELITOS CONTRA LA TRANQUILIDAD PÚBLICA
ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR (ART. 317)
1.- Antecedentes.
Este tipo penal desde su inicial concepción que estaba fundamentalmente
dirigida a reprimir la existencia de bandas de delincuentes, ha virado en su
tendencia actual como mecanismo eficaz para reprimir la criminalidad organizada
en general, aún cuando existen ciertas dificultades que algunos juristas pretenden
establecer al extender sus márgenes de acción sólo a aquellas tradicionales
organizaciones delictivas que no tenían otro fin que ése, cometer delitos,
clásicamente denominadas bandas criminales, bandas armadas o mafias del
crimen. Nada impide extender su vigencia y validez para reprimir otro tipo de
organizaciones mucho más complejas, como las corporaciones y aun la estructura
misma del Estado, que además de tener sus fines propios también deriva su accionar
a la comisión de delitos, pues otra alternativa no existe y ante la necesidad del
Estado de defenderse frente a esta novedosa forma de criminalidad organizada se
adecua este tipo penal para reprimir estos grupos organizados en su faceta delictiva,
aun cuando la norma precitada no hace expresa mención a la criminalidad
organizada. (Sentencia del 28 de junio del 2004. Expediente. Nº 11 - 01)
2.- Concepto de Asociación Ilícita.
Asociación ilícita para delinquir: "Asociación es sinónimo de acuerdo de voluntades,
decisión común o simplemente de asociación de hecho. Por otro lado, se alude a una
agrupación de dos o más personas vinculadas a través de una organización que tiene
vocación de estabilidad y permanencia en el tiempo. El concepto de asociación se toma en
un sentido material y no estrictamente privado, de tal manera que abarca a los comités,
junta o grupos que poseen regularidad y permanencia independientemente de si poseen el
carácter público, privado o secreto. Aquí no se trata de la participación (instigación o
complicidad) en un delito determinado, sino de la intervención en una asociación destinada

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