ACUERDO N° 028-2015-MDSL - Autorizan viaje de Alcalde a Uruguay, en comisión de servicios

Fecha de disposición19 Mayo 2015
Fecha de publicación19 Mayo 2015
El Peruano
Martes 19 de mayo de 2015
552818
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PICHACANI
Autorizan viaje de Alcalde a Uruguay,
en comisión de servicios
ACUERDO CONCEJO
Nº 028-2015-MDSL
Pichacani, 12 de Mayo del 2015.
VISTO:
Carta de fecha 20 de abril 2015, El acta de Sesión
Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 12.05.15,
demás actuados, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Pichacani, como ente
de Gobierno Local goza de autonomía política, económica
y administrativa, en los asuntos de su competencia
conforme lo dispone el Art. 194º de la Constitución
Política del Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma
Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Art. II
del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, el artículo 9º inciso 11) de la ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son
atribuciones del Concejo Municipal entre otras “Autorizar
los viajes al exterior del país, en comisión de servicios o
representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los
regidores el gerente y cualquier otro funcionario”.
Que, en concordancia con lo indicado, según artículo
10º inciso 10.1, literal a) y c) de la Ley Nº 30281 Ley del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
establece lo siguiente: “10.1 prohíbense los viajes al exterior
de servidores o funcionarios públicos y representantes del
Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes
casos que se autorizan mediante resolución del titular de
la entidad a) Los viajes que se efectúen en el marco de
la negociación de acuerdos comerciales y ambientales,
negociaciones económicas y f‌i nancieras y las acciones de
promoción de importancia para el Perú. c) Los titulares
de los organismos constitucionalmente Autónomos, los
altos funcionarios y autoridades del Estado a los que se
ref‌i ere la ley 28212, Ley que regula los ingresos de altos
funcionarios autoridades del estado y dicta otras medidas,
y modif‌i catoria; con excepción de los ministros de estado
cuyas autorizaciones se aprueban mediante resolución
suprema, y de los presidentes regionales, consejos
regionales, alcaldes y regidores cuyas autorizaciones
se aprueban mediante acuerdo de consejo Regional o
Concejo Municipal, según corresponda”. Finalmente el
mencionado inciso establece que la autorización dada
deberá ser publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002
PCM, con el que se aprueban las normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, prescribe que las resoluciones
de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario
Of‌i cial El Peruano con anterioridad al viaje;
Que, se tiene Carta de fecha 09 de abril de 2015,
suscrito por la Dra. M.O. Teresa Arrillaga Secretaria
General Intendencia Departamental de Lavalleja y Alfredo
Villalba, Intendente Departamental de Lavalleja Uruguay,
en el documento indica; “(…) la Intendencia Municipal
de Lavalleja (Uruguay), y también para expresarle el
interés de nuestro gobierno departamental por acercarse
al distrito que dirige (…) sabemos de los atractivos
arqueológicos y turísticos que tiene su distrito, así como
el desarrollo de su actividad artesanal, principalmente en
el tejido de lana, son recursos que nuestra intendencia
desearía conocer e implementar entre nuestra población
(…) por lo tanto, formalmente invitado a visitar nuestro
Departamento entre los días 14 al 16 de mayo de 2015,
con la f‌i nalidad de madurar la f‌i rma de un acuerdo de
colaboración recíproca…”
Que, se tiene el acta de sesión ordinaria de Concejo
Municipal de fecha 19.04.15, en donde el Ing. Percy Nina
Quispe titular del pliego, solicita al pleno del Concejo
Municipal, autorización para viajar a la ciudad de Minas
capital del Departamento de Lavalleja - Uruguay los días
14 al 16 de mayo del año en curso, a f‌i n de suscribir
acuerdo de colaboración recíproca entre la Intendencia
Departamental de Lavalleja – Uruguay y la Municipalidad
Distrital de Pichacani-Puno-Perú; el mismo que previo
debate se acuerda autorizar el viaje al titular del pliego
Ing. Percy Nina Quispe, y encargar, al Sr. Concepción
Rodríguez Mamani, Regidor de la Municipalidad Distrital
de Pichacani, en el cargo de Alcalde (e), durante la
ausencia del Titular de Pliego, debiendo actuar conforme
a la Ley Nº 27972, de lo actuado debe cumplir en informar
al Concejo Municipal.
Que, se tiene carta de fecha 20 de abril del presente,
suscrito por la Dra. M.O. Teresa Arrillaga Secretaria
General Intendencia Departamental de Lavalleja -
Uruguay, en el documento indica: “(…) queda usted,
por tanto, formalmente invitado a visitar entre los días 19
al 25 de mayo, reemplazando la fecha anterior que fue
postergada por motivos de fuerza mayor. De esta manera
podemos madurar la f‌i rma de un acuerdo de colaboración
recíproca entre su Municipio Distrital y Nuestra Intendencia
departamental”.
Que, se tiene acta de sesión de concejo extraordinario
de fecha 12.05.15, en donde el Ing. Percy Nina Quispe
titular del pliego, solicita al pleno del Consejo Municipal
se ratif‌i que el viaje a la ciudad Minas capital del
Departamento de Lavalleja – Uruguay, a f‌i n de suscribir
acuerdo de colaboración recíproca entre la Intendencia
Departamentall de Lavalleja – Uruguay y la Municipalidad
Distrital de Pichacani-Puno-Perú que se realizará los días
del 19 al 25 de mayo del presente; el mismo que previo
debate se acuerda RATIFICAR la autorización de viaje
al titular del pliego Ing. Percy Nina Quispe, y encargar,
a la Sra. Lorenza Sofía Cruz Cahuana, Regidora de la
Municipalidad Distrital de Pichacani, en el cargo de Alcalde
(e), durante la ausencia del Titular de Pliego, debiendo
actuar conforme a la Ley No 27972, de lo actuado debe
cumplir en informar al Concejo Municipal.
Que, estando conforme a lo dispuesto en la Ley Nº
30281 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año
2015, y la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, Ley Nº 28708 Ley General
del Sistema Nacional de Contabilidad;
Que, estando a las facultades conferidas en el art. 20
inciso 6) de la Ley Nº 27972, y;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, en comisión de viaje
a la ciudad de Minas capital del Departamento de Lavalleja
- Uruguay, los días 19 al 25 de Mayo del presente, al
Ing. PERCY NINA QUISPE, Alcalde de la Municipalidad
Distrital de Pichacani, a f‌i n de que suscriba acuerdo de
colaboración recíproca entre la Intendencia Municipal
de Lavalleja – Uruguay y la Municipalidad de Pichacani-
Puno-Perú.
Artículo Segundo.- DISPONER, a la Gerencia
Municipal, OPP, Contabilidad y Tesorería cumplan
en asignar viáticos consistentes en pasaje, estadía,
hospedaje, alimentación, a favor del comisionado descrito
en el artículo primero del presente Acuerdo, conforme a lo
dispuesto en la Ley Nº 30281.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Sra. LORENZA
SOFÍA CRUZ CAHUANA, Regidora de la Municipalidad
Distrital de Pichacani, en el cargo de Alcalde (e), durante la
ausencia del Titular de Pliego, debiendo actuar conforme
a la Ley Nº 27972, de lo actuado debe cumplir en informar
al Concejo Municipal.
Artículo Cuarto.- NOTIFIQUESE, el presente acuerdo
a los interesados y a las instancias correspondientes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
PERCY NINA QUISPE
Alcalde
1238465-1

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