RESOLUCION DIRECTORAL N° 103-2013-GRA/DREM - Rectifican error material de la R.D. N° 096-2013-GRA/DREM

Fecha de disposición18 Julio 2013
Fecha de publicación18 Julio 2013
El Peruano
Jueves 18 de julio de 2013 499587
primera licitación de af‌i liados de que trata el artículo 7º-A
del TUO de la Ley del SPP;
Estando a lo opinado por las Superintendencias
Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones y Seguros y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702
y sus modificatorias, el inciso d) del artículo 57° del
Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado
de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado
disposición complementaria y final de la Ley Nº29903,
y sobre la base de las condiciones de excepción
dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del
RESUELVE:
Artículo Único.- Disponer que los trabajadores que se
incorporen en calidad de independientes a partir del 1 de
agosto de 2013 al SPP, se deberán af‌i liar a la AFP Hábitat
en su condición de adjudicataria de la primera licitación de
af‌i liados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
963851-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE ANCASH
Otorgan autorización a favor de la
Empresa Minera Barrick Misquichilca
S.A, para desarrollar actividad de
generación de energía eléctrica en
central termoeléctrica ubicada en la
Región Ancash
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 096-2013-GRA/DREM
Huaraz, 23 de mayo de 2013
VISTO:
El Expediente, Registro Nº 55884 – 38733, de fecha
04 de enero del 2013, presentado por la Empresa Minera
Barrick Misquichilca S.A (MBM), sociedad identificada
con RUC Nº 20209133394, inscrita en la Partida
Electrónica Nº 11359937 del Libro Personas Jurídicas
del Registro Público de Lima y Callao, con domicilio
en Calle 08 S/N – Oficina 1 “C” de la Urb. La Alborada,
distrito de Taricá, provincia Huaraz, región Ancash,
debidamente representada por el Sr. Richard Eddy
Barnett Ivazeta, identificada con D.N.I Nº 09303212;
sobre solicitud de otorgamiento de Autorización de
Generación de Energía Eléctrica a través de la Central
Térmica Pierina ubicada en las instalaciones de la
Unidad Minera Pierina, del distrito de Jangas, provincia
Huaraz – Ancash.
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Minera Barrick Misquichilca S.A,
mediante documento con Registro Nº 2253096 – MEM
- DGE, de fecha 12 de Diciembre del 2012, Solicita, al
Ministerio de Energía y Minas - Dirección General de
Electricidad (MEM/DGE), la Autorización de Generación
de Energía Eléctrica a través de la Central Térmica
Pierina.
Que, el Ministerio de Energía y Minas de la Dirección
General de Electricidad (MEM/DGE), mediante OFICIO Nº
010-2012/MEM-DGE, traslada el Expediente con Registro
Nº 2253096 – MEM - DGE, a la Dirección Regional de
Energía y Minas de Ancash, (DREM – ANCASH), para
que en el marco del ámbito de la Resolución Ministerial Nº
052-2005-PCM, se proceda con atender dicha solicitud por
ser una Central Termoeléctrica con una Potencia Instalada
menor a 10MW.
Que, mediante escrito con Registro Nº 80720 – 55435,
de fecha 19 de marzo del 2013, la empresa Minera Barrick
Misquichilca S.A. remite la información complementaria
para la autorización de Generación de Energía Eléctrica
a través de la Central Térmica Pierina, para una potencia
Instalada de 8.0MW y Potencia Efectiva de 4.8MW a 4100
msnm.
Que, la petición se ampara en las disposiciones
contenidas en el Art. 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de
Concesiones Eléctricas y, en el Art. 67º de su Reglamento,
Aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo
cumplido con los requisitos legales de presentación.
Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada
de cumplimiento de las Normas Técnicas y Conservación
de Medio Ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación,
de acuerdo a los requisitos señalados en el Art. 38º de la
Que, la Dirección Regional de Energía y Minas,
luego de haber verif‌i cado y evaluado la solicitud
presentada, ha emitido informe favorable Nº 14 – 2013
GRA DREM/DTE/mfvt; que concluye procedente el
otorgar el derecho eléctrico de generación térmica para
una potencia instalada de 8.00KW y potencia efectiva de
4.8KW a 4100 msnm
Estando a lo dispuesto por el Art. 38º de la Ley de
Concesiones Eléctricas, Art. 67º de su Reglamento y
el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Dirección Regional de Energía y Minas; aprobado mediante
Resolución Ejecutiva Regional Nº 0032 – 2012 – REGÍON
ANCASH/PRE, de fecha 23 de enero del 2013.
SE RESUELVE
Artículo 1º.- Otorgar AUTORIZACIÓN por tiempo
indef‌i nido a favor de la Empresa Minera Barrick Misquichilca
S.A, que se identif‌i cará con código de Expediente Nº CT-
001-2013-GRA-DREM/DTE, para desarrollar la actividad
de generación de energía eléctrica mediante la Central
Termoeléctrica Pierina, para una potencia Instalada de
8.0MW, y una Potencia Efectiva de 4.8KW a 4100 msnm,
ubicada en las instalaciones de la Unidad Minera Pierina,
Distrito Jangas, Provincia Huaraz, Región Ancash.
Artículo 2º.- LA Empresa Minera Barrick Misquichilca
S.A, está obligada a operar cumpliendo las Normas
Técnicas y Seguridad, preservando el Medio Ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley Nº 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas, su
Reglamento y otras normas legales pertinentes.
Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 67º del D.S 009-
93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,
será publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano por una
sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05)
días calendarios siguientes a su expedición y entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN ROGER QUIÑONES POMA
Director Regional
Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash
962673-1
Rectifican error material de la R.D.
Nº 096-2013-GRA/DREM
DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS
ANCASH
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 103-2013-GRA/DREM
Huaraz, 3 de junio de 2013

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