ORDENANZA Nº 000061 - Aprueban cambio de zonificación de área y predios de densidad media a comercio distrital

Fecha de publicación17 Diciembre 2010
Fecha de disposición17 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 17 de diciembre de 2010 431137
p. Of‌i cina de servicios de gasf‌i tería, albañilería y
electricidad, profesionales o de técnicos calif‌i cados.
q. Panadería.
r. Peluquería y las actividades derivadas de la propia
actividad.
s. Reparación y mantenimiento de sistemas
informáticos.
t. Restaurante sin venta de licor, en horario def‌i nido
sólo por el tiempo del almuerzo y cena.
u. Sastrería.
v. Servicios de primeros auxilios.
w. Talleres de relajación.
x. Trabajos de mantenimiento de electrodomésticos.
Si las actividades urbanas antes indicadas se ubican en
Vías Arteriales o Colectoras es factible su funcionamiento,
supeditado al cumplimiento del control urbano. La actividad
Aeróbicos y Gimnasio son las únicas actividades que solo
procederá su funcionamiento en las vías antes indicadas o
cuando los predios sean colindantes a ellas, como máximo
a tres predios.
Artículo Segundo.- DISPONER que las actividades
antes citadas deberán de cumplir con los requisitos de
acondicionamiento de su establecimiento de acuerdo
con lo dispuesto en la Ordenanza N° 054-MDSL del
12 de Enero de 2000; respetando y manteniendo la
tranquilidad, seguridad, orden y limpieza. Aquellos
expedientes administrativos que a la fecha de
expedición de la presente norma se encuentren en
trámite en cualquiera de sus etapas, podrán acogerse
a las disposiciones contenidas en el presente Decreto
de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Promoción Económico y Social, Gerencia de Desarrollo
Urbano y Gerencia de Servicios a la Ciudad y del mismo
modo a cada una de las Sub Gerencias que las componen,
el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de
Alcaldía, según les corresponda; a Secretaría General la
publicación en la Página Web www.munisanluis.gob.pe
de la Municipalidad Distrital de San Luis y a la Gerencia
Municipal la supervisión.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
FERNANDO DURAND MEJIA
Alcalde
578265-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban cambio de zonificación de
área y predios de densidad media a
comercio distrital
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000061
Callao, 29 de noviembre de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión
de fecha 29 de noviembre de 2010; aprobó la siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL:
CONSIDERANDO:
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en
el artículo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal aprobar
el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural,
el Esquema de Zonif‌i cación de áreas urbanas, el Plan de
Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes
específ‌i cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento
Territorial;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-
VIVIENDA, modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 012-
2004-VIVIENDA publicado el 18 de junio de 2004, se
aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y
Desarrollo Urbano, cuyo artículo 37 señala que los cambios
de zonif‌i cación serán tramitados ante la Municipalidad
Provincial por sus propietarios o promotores, adjuntando
los documentados que acrediten la propiedad, el plano de
ubicación y memoria descriptiva suscrita por un Arquitecto
o Ingeniero Civil colegiado que sustente el cambio
solicitado;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 05
de octubre de 1995, se aprueba el Plan Urbano Director
de la Provincia Constitucional del Callao para el período
1995-2010, el cual contempla la zonif‌i cación y def‌i ne la
clasif‌i cación de las vías y secciones viales;
Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo
de Concejo Nº 000286, el mismo que aprobó el cambio
de zonif‌i cación del área que se encuentra ubicada en
las Calles Ucayali, Titicaca y la Av. Miguel Grau (antes
Buenos Aires) y los predios con frente a la Av. Miguel
Grau (antes Buenos Aires) ubicados entre el Jr. Titicaca
y Chanchamayo Callao, de Residencial de Densidad
Media (RDM) a Comercio Distrital (CD) de acuerdo al
Plano PZ – 01, el mismo que forma parte integrante de
la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes
el Memorando Nº 3647-2010-MPC/GGDU de la Gerencia
General de Desarrollo Urbano que hace suyo el Informe
Nº 131-2010-MPC-GGDU-GPUC-CVA de la Gerencia de
Planeamiento Urbano y Catastro, asimismo, el Informe
Nº 1322-2010-MPC/GGAJC de la Gerencia General de
Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando todos ellos
que el cambio de zonif‌i cación solicitado es procedente al
encontrarse de acuerdo a Ley;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE
ZONIFICACIÓN DEL AREA QUE SE ENCUENTRA
UBICADO EN LAS CALLES UCAYALI, TITICACA
Y LA AV. MIGUEL GRAU (ANTES BUENOS AIRES)
Y LOS PREDIOS CON FRENTE A LA AV. MIGUEL
GRAU (ANTES BUENOS AIRES) UBICADOS ENTRE
EL JR. TITICACA Y CHANCHAMAYO, CALLAO
DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) A
COMERCIO DISTRITAL (CD)
Artículo 1º.- Apruébase el cambio de zonif‌i cación del
área que se encuentra ubicada entre las Calles Ucayali,
Titicaca y la Av. Miguel Grau (antes Buenos Aires) y los
predios con frente a la Av. Miguel Grau (antes Buenos Aires)
ubicados entre el Jr. Titicaca y Chanchamayo, Callao, de
Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Distrital
(CD), de acuerdo al Plano PZ – 01. el mismo que forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano
Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al
2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de
fecha 5 de octubre de 1995.
Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia General de
Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
PIO SALAZAR VILLARAN
Alcalde del Callao

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR