130 291/INC 292/INC 293/INC 294/INC 296/INC 303/INC 304/INC 305/INC 306/INC 307/INC 308/INC 309/INC - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a zonas arqueológicas ubicadas en los departamentos de Huánuco, Junín, Ancash, Lima, Puno, Ayacucho, Huancavelica e Ica

Fecha de publicación06 Junio 2003
Fecha de disposición06 Junio 2003
Pág. 245539
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 6 de junio de 2003
Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recupe-
ración de Ecosistemas Degradados, cargo de código
131, nivel 3, de la Comisión Nacional para el Desarrollo y
Vida sin Drogas - DEVIDA, considerado de confianza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NILS ERICSSON CORREA
Presidente Ejecutivo del Directorio
10534
INSTITUTO NACIONAL DE
CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la
Nación a zonas arqueológicas ubicadas
en los departamentos de Huánuco,
Junín, Ancash, Lima, Puno, Ayacucho,
Huancavelica e Ica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 291/INC
Lima, 16 de mayo de 2003
VISTO, el Acuerdo Nº 183 tomado por la Comisión
Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 11 de
fecha 24 de marzo de 2003; y,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado dependiente del Ministerio de
Educación, con personería jurídica de derecho público
interno, responsable de la promoción y desarrollo de las
manifestaciones culturales del país y de la conserva-
ción del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General
de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga
al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y
declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y
artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-
les y tradicionales del país;
Que, mediante Acuerdo Nº 183, de fecha 24 de mar-
zo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo-
gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na-
cional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Na-
ción a las siguientes Zonas Arqueológicas:
Nombre Distrito Provincia Departamento
Gueshgash Sillapata Dos de Mayo Huánuco
Wallush Sillapata Dos de Mayo Huánuco
Yarpaj Sillapata Dos de Mayo Huánuco
Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc-
ción General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia
Legal;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047,
Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-
ción; Decreto Supremo Nº 014-2003-ED, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Cultura, la Resolución Directoral Nacional
Nº 210-2003/INC que dispone la utilización de las deno-
minaciones establecidas en el Cuadro de Asignación de
Personal del Instituto Nacional de Cultura y la Resolu-
ción Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Regla-
mento de Investigaciones Arqueológicas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na-
ción a las siguientes Zonas Arqueológicas:
Nombre Distrito Provincia Departamento
Gueshgash Sillapata Dos de Mayo Huánuco
Wallush Sillapata Dos de Mayo Huánuco
Yarpaj Sillapata Dos de Mayo Huánuco
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental
de Cultura - Huánuco del Instituto Nacional de Cultura
que establezca las acciones necesarias para la elabo-
ración de los Planos de Delimitación de las precitadas
Zonas Arqueológicas con sus respectivas Fichas Téc-
nicas y Memorias Descriptivas.
Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros
Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los
Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de
Patrimonio Cultural de la Nación de las Zonas Arqueoló-
gicas mencionadas en el Artículo 1º de la presente Re-
solución.
Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva,
caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o
agropecuarios, obras habitacionales y otros que pu-
diese afectar o alterar el paisaje de las Zonas Ar-
queológicas declaradas “Patrimonio Cultural de la
Nación”, deberá contar con la aprobación del Institu-
to Nacional de Cultura.
Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a
COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida-
des políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO
Director Nacional
10500
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 292/INC
Lima, 16 de mayo de 2003
VISTO, el Acuerdo Nº 182 tomado por la Comisión
Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 11 de
fecha 24 de marzo de 2003; y,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado dependiente del Ministerio de
Educación, con personería jurídica de derecho público
interno, responsable de la promoción y desarrollo de las
manifestaciones culturales del país y de la conserva-
ción del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General
de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga
al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y
declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y
artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-
les y tradicionales del país;
Que, mediante Acuerdo Nº 182, de fecha 24 de mar-
zo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo-
gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na-
cional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Na-
ción a los siguientes Sitios Arqueológicos:
Nombre Distrito Provincia Departamento
Matacuto Hualhuas Huancayo Junín
Hualhuacuto y/o Tinllanku Hualhuas Huancayo Junín
Tunacuto y/o Ishapuquio Hualhuas Huancayo Junín
Pichacuto Hualhuas Huancayo Junín
Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc-
ción General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia
Legal;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047,
Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-
ción; Decreto Supremo Nº 014-2003-ED, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Cultura, la Resolución Directoral Nacional
Nº 210-2003/INC que dispone la utilización de las deno-
minaciones establecidas en el Cuadro de Asignación de
Personal del Instituto Nacional de Cultura y la Resolu-
ción Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Regla-
mento de Investigaciones Arqueológicas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na-
ción a los siguientes Sitios Arqueológicos:

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