Otorgan garantía del Estado Peruano a XSTRATA PERU S.A. en respaldo de obligaciones contenidas en el Contrato de Opción de Transferencia del Proyecto Las Bambas
Fecha de publicación | 29 Septiembre 2004 |
Fecha de disposición | 29 Septiembre 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 29 de setiembre de 2004
ECONOMÍA Y FINANZAS
Otorgan garantía del Estado Peruano a
XSTRATA PERU S.A. en respaldo de
obligaciones contenidas en el Contrato
de Opción de Transferencia del Proyec-
to Las Bambas
DECRETO SUPREMO
Nº 132-2004-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Pro-
moción de la Inversión Privada en las Empresas del Esta-
do, se declaró de interés nacional la promoción de la inver-
sión privada en el ámbito de las empresas que conforman
la actividad empresarial del Estado;
Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 102-92-
PCM del 21 de febrero de 1992, se ratificó el acuerdo de
la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - CO-
PRI (ahora PROINVERSIÓN) conforme al cual se inclu-
yó a la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CEN-
TROMIN PERÚ S.A., en el proceso de promoción de la
inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo
Nº 674;
Que, con acuerdo del Consejo Directivo de PROIN-
VERSIÓN adoptado en sesión de fecha 22 de marzo de
2004, se aprobaron las Bases y proyectos de los Contra-
tos de Opción y de Transferencia del Concurso Público In-
ternacional Nº PRI-80-03, para la promoción de la inver-
sión privada en el Proyecto Las Bambas;
Que, con fecha 31 de agosto de 2004, se realizó el
Concurso Público Internacional del Proyecto Minero Las
Bambas, adjudicándose la Buena Pro a la empresa Xstra-
ta (Schweiz) AG.;
Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido
por el artículo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado
otorgue mediante contrato, a las personas jurídicas que
realicen inversiones bajo el marco del Decreto Legislativo
Nº 674, las seguridades que mediante Decreto Supremo,
en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus
adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislación
vigente;
Que, en virtud de lo antes expresado, procede otor-
gar mediante contrato, las seguridades y garantías a que
se refiere el considerando precedente, a favor de XS-
TRATA PERU S.A., empresa que es subsidiaria de Xs-
trata (Schweiz) AG., y que de acuerdo a lo establecido
en las Bases del Concurso Público suscribirá el Contra-
to de Opción, por lo que corresponde se le otorguen las
seguridades respectivas, autorizándose al Viceministro
de Minas del Ministerio de Energía y Minas, la suscrip-
ción del mismo;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del
Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6º de la
Ley Nº 26438, y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del
Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Otórguese mediante contrato, a la em-
presa XSTRATA PERU S.A., la garantía del Estado Pe-
ruano en respaldo de las declaraciones, seguridades,
garantías y obligaciones a cargo de las entidades del
Estado, contenidas en el Contrato de Opción de Transfe-
rencia del Proyecto Las Bambas, resultante del Concur-
so Público Internacional Nº PRI-80-03 efectuado por
PROINVERSIÓN.
Artículo 2º.- La amplitud de la garantía a que se refiere
el artículo precedente, será la que determine el respectivo
contrato, observándose lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 674, y por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570,
sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438.
Artículo 3º.- Autorícese al Viceministro de Minas del
Ministerio de Energía y Minas, a suscribir en representación
del Estado, el contrato a que se refiere el Artículo 1º del
presente Decreto Supremo.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren-
dado por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Mi-
nistro de Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de setiembre de 2004.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Energía y Minas
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Autorizan viaje de funcionarios a
EE.UU. para asistir a la Reunión Anual
del Banco Mundial y del Fondo Mone-
tario Internacional
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 099-2004-EF
Lima, 28 de setiembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, los señores LUIS JULIAN MARTÍN CARRANZA
UGARTE, Viceministro de Hacienda, GUILLERMO CESAR
GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de Crédito
Público y EDGAR ZAMALLOA GALLEGOS, Consultor de
la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del
Ministerio de Economía y Finanzas, viajarán a la ciudad de
Washington D.C., Estados Unidos de América, con la fina-
lidad de asistir a la Reunión Anual del Banco Mundial y del
Fondo Monetario Internacional, a llevarse a cabo del 30 de
setiembre al 4 de octubre de 2004, en la mencionada ciu-
dad;
Que, mediante Memorando Nº 191-2004-EF/15, de 27
de setiembre de 2004, se designó como representante del
Ministerio de Economía y Finanzas al señor Edgar Zama-
lloa Gallegos; a efecto de que asista a la reunión mencio-
nada en el considerando precedente;
Que, en tal sentido y siendo de interés para el país, es
necesario autorizar el mencionado viaje, debiendo el Mi-
nisterio de Economía y Finanzas asumir, con cargo al pre-
supuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Ge-
neral, los gastos que ocasione el viaje de los señores Luis
Julián Martín Carranza Ugarte y Guillermo Cesar Garrido
Lecca Del Río y los impuestos del viaje del señor Edgar
Zamalloa Gallegos, y con fondos provenientes del Conve-
nio BID Nº 1412/OC-PE, los gastos de viáticos y pasajes
aéreos de este último;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el
inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 y el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servi-
cios de los señores LUIS JULIAN MARTÍN CARRANZA
UGARTE, Viceministro de Hacienda, GUILLERMO CESAR
GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de Crédito
Público, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos
de América, del 29 de setiembre al 5 de octubre de 2004,
para los fines expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los fun-
cionarios mencionados en el artículo 1º de la presente Re-
solución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Eje-
cutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de
Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle :
Señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte
Pasajes : US$ 707,34
Viáticos : US$ 1 320,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
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