Votos y suspensiones

Hoy se llevará a cabo la sesión plenaria del Congreso de la República en la que se decidirá el destino de los legisladores Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez, quienes afrontan una posible destitución por estar implicados en la presunta compra de votos para evitar la vacancia del entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski. Más allá de la decisión que se tome sobre el fondo del asunto, queremos centrarnos aquí en una cuestión previa, que los parlamentarios también deberán resolver hoy: ¿quiénes deberían participar en esta votación?De acuerdo a la Constitución (artículo 100), ?corresponde al Congreso, sin participación de la Comisión Permanente, suspender o no al funcionario acusado o inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública hasta por diez años, o destituirlo de su función sin perjuicio de cualquiera otra responsabilidad?. Una regla que es reiterada en el Reglamento del Congreso (artículo 89). Según especialistas en derecho parlamentario, la única excepción en la que un titular de la Comisión Permanente puede votar en el pleno es cuando un accesitario votó por él en la Permanente. Para entender la razón detrás de esta prescripción constitucional, hay que partir del hecho de que la Comisión Permanente es la que acusa ante el Congreso a los funcionarios (artículo 99 de la Constitución). Así, puesto que la Comisión Permanente cumple un rol fiscalizador en este tipo de procedimientos legislativos, deberían ser los legisladores restantes ?ajenos a la imputación previa? quienes cumplan la labor juzgadora. A pesar de la aparente claridad de las normas, sin embargo, en los últimos días diversos parlamentarios miembros de la Comisión Permanente ?que no ejercieron su voto? han manifestado su intención de votar también en el pleno. ?Yo ya he participado en todo el debate y prefiero guardar mi voto para el día del pleno...

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