1068 006-2003-VIVIENDA - Aprueban el "Plan Nacional de Vivienda - Vivienda para Todos: Lineamientos de Política 2003 - 2007 "
Fecha de disposición | 10 Marzo 2003 |
Fecha de publicación | 10 Marzo 2003 |
Pág. 240552
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 10 de marzo de 2003
El plazo de la autorización y el permiso concedido se
computará a partir del día siguiente de publicada la pre-
sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artícu-
lo precedente, se inicia con un período de instalación y
prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes
de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho
período, el titular de la autorización debe solicitar se verifi-
que el estado de las instalaciones y practique las pruebas
de funcionamiento respectivas, caso contrario se dejará
sin efecto la autorización.
Artículo 3º.- Don GOYO ALFREDO NÚÑEZ DEL PRA-
DO VENERO, está obligado a instalar y operar el servicio
de radiodifusión concedido acorde con la presente resolu-
ción, estando impedido de modificar las características a
que se contrae el artículo 1º de la presente resolución sin
autorización previa de este Ministerio.
Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la
presente Resolución se sujeta a las disposiciones lega-
les y reglamentarias vigentes que regulan el servicio
autorizado, debiendo adecuarse a las normas
modificatorias y complementarias que se expidan sobre
la materia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ
Viceministro de Comunicaciones
04482
SITUACIO N ACTU AL MISION
Parque Habitacional
Perfíl Habitacional OBJETIVOS
Déficit Habitacional Rectores
Producción Habitacional Primaria Específicos
Producción Habitacional Secundaria
Instrumentos y Mecanismos Financieros METAS
Economía Nacional y Sector Vivienda MARCO DE REFERENCIA Fisicas
Organismos Públicos Sectoriales La Pobreza en el Perú Económicas
Carencia de Oportunidades Sociales
Bases para la estrategia de superación de la pobreza y
oportunidades económicas para los pobres
Marco Macroeconómico Multianual: 2003 - 2005
Carta de Política Social: 2001 - 2006 ESTRATEGIAS
Política de Gestión del Estado Democratización y Focalización
Acuerdo Nacional Diversificación de Productos
Capitalización Inmobiliaria
Articulación con la Política de Ordenamiento Urbano
Articulación Industrial
TENDENCIA Participación
Crecimiento Demográfico
Dinámica Demográfica y Vivienda
LINEAS DE ACCION
PROGRAMATI CA (LAP)
Manejo del Suelo Residencial
Mejoramiento de la Producción Habitacional
Simplificación Normativa
Complementación Habitacional
Financiamiento Habitacional
Fomento y Promoción Habitacional
Gestión Habitacional
VIVIENDA
Aprueban el "Plan Nacional de Vivien-
da - Vivienda para Todos: Lineamien-
tos de Política 2003 - 2007"
DECRETO SUPREMO
Nº 006-2003-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº
27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional, esta-
blece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-
miento debe aprobar el Plan Nacional de Vivienda;
Que, el Plan Nacional de Vivienda, como instrumento
de política nacional en materia de vivienda para el corto
y mediano plazo, que orientará las acciones del sector y
de los diversos agentes e instancias de la sociedad civil
y del Estado que participan en el desarrollo de dicha
actividad, debe ser gestado sobre la base del consenso,
la participación y colaboración de los mismos, con el
objeto de garantizar su adecuada y efectiva aplicación;
Que, con tal propósito y en consideración a la situación
actual y tendencias de la vivienda en el Perú, como a los
lineamientos definidos en el Marco Macroeconómico Multi-
anual 2003-2005, la Carta de Política Social 2001-2006, la
Política de Gestión del Estado y el Acuerdo Nacional, se
ha elaborado el "Plan Nacional de Vivienda - Vivienda para
Todos: "Lineamientos de Política 2003-2007";
Que, la Comisión Consultiva del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, constituida mediante Resolu-
ción Ministerial Nº 004-2002-VIVIENDA, ha emitido opinión fa-
vorable respecto al contenido del "Plan Nacional de Vivienda -
Vivienda para Todos: "Lineamientos de Política 2003-2007";
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley
Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamen-
to, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VI-
VIENDA;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobar el "Plan Nacional de Vivienda -
Vivienda para Todos: "Lineamientos de Política 2003-2007",
el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- El Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento queda encargado de la ejecución, evalua-
ción y difusión de las políticas de vivienda que se aprue-
ban por el numeral precedente, así como de aprobar los
planes, programas y normatividad que se requiera para el
cumplimiento de las mismas.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrenda-
do por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, a los siete días del mes
de marzo del dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
PLAN NACIONAL DE VIVIENDA 2003-2007
“VIVIENDA PARA TODOS”
Lineamientos de Política
Febrero 2003
RESUMEN GRÁFICO
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