VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO RESOLUCION MINISTERIAL Nº 023-2008-VIVIENDA - Autorizan a procuradora interponer acciones legales contra presuntos responsables de causar perjuicio econOmico y de la comisiOn de delitos en agravio del ex CONATA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 023-2008-VIVIENDA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Enero de 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 31 de enero de 2008 365401
48 ULLOA LA ROSA ESTUARDO
49 VALLES RODRIGUEZ OSWALDO SEGUNDO
50 VALVERDE VILLAFUERTE BERTHA
51 VERA ARBAÑIL MARLENE PAMELA
52 VIDAL BLAS GUILLERMO
53 VIDARTE BRAVO ERBBIN FRANCO
54 VILCA MINAYA CILA SERAFINA
55 YAURI RODRIGUEZ ANA LIDIA
56 YAURI RODRIGUEZ ANGEL EDUARDO
57 ZUÑIGA VIDAL ALICIA RAFAELA
SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A. - SEAL
1 CHAVEZ GUZMAN JULIO EDGARDO
2 ROJAS ARRIETA EDGAR ELADIO
3 VALDEZ POMAREDA JOSE ANTONIO
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO - SEDAPAL
1 AYALA MORIANO LUIS GERMAN
2 BALLENA CARDENAS MANUEL ERNESTO
3 CAMPOS RIVERA VICTORIANO
4 CAPUÑAY SALCEDO ALEJANDRO EDUARDO
5 CARDENAS LOAYZA SATURNINO
6 CASTILLO MEZA PEDRO
7 CLAUDIO PADILLA MAURO FELIPE
8 CHAVEZ CHAVEZ OLGA CONSUELO
9 CHIPANA DIAZ GREGORIO
10 EGUSQUIZA TOVARI MIGUEL ANGEL
11 FLORES MALLMA ALBERTO
12 GARCIA GALLIQUE RICARDO RAUL
13 GUERRERO RODRIGUEZ PEDRO JOSE
14 GUILLEN ROJAS SALVADOR
15 GUTIERREZ NAVARRO MARIELA EDITH
16 JIRON CAMPOS HUGO VICENTE
17 LINARES BARDALES DISNARDA
18 MEDINA OSIS JULIO
19 ORRILLO OLEA WALTER JUAN
20 PALACIOS AVILA AGUEDA
21 PEREZ JERY HECTOR TEODORICO
22 QUISPE CRUZ REYNALDO
23 TORRES BUCKLER JULIO CESAR
158405-1
VIVIENDA
Autorizan a procuradora interponer
acciones legales contra presuntos
responsables de causar perjuicio
económico y de la comisión de delitos
en agravio del ex CONATA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 023-2008-VIVIENDA
Lima, 30 de enero de 2008
Visto, el Informe Especial 001-2008-2-5303,
resultante del Examen Especial al ex Consejo Nacional
de Tasaciones – CONATA; y,
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control
del Ejercicio 2007, aprobado mediante Resolución de
Contraloría 019-2007-CG, el Órgano de Control
Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, efectuó un Examen Especial al ex Consejo
Nacional de Tasaciones – CONATA, orientado a evaluar la
razonabilidad de los procesos de adquisiciones de bienes
y la prestación de servicios por el período enero 2005 –
diciembre 2006, en el marco de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, vericando
la calidad, cantidad y oportunidad apropiada, y necesaria
en benecio del ex CONATA;
Que, como resultado de la revisión practicada a la
documentación que sustenta los Procesos de Selección
bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía,
realizados por el ex Consejo Nacional de Tasaciones
– CONATA, durante los años 2005 y 2006, la Comisión
de Auditoría ha determinado: Que los funcionarios y
servidores del ex Consejo Nacional de Tasaciones –
CONATA contrataron los servicios de un tercero mediante
el Proceso de Selección de Adjudicación de Menor
Cuantía Nº 005-2006-CONATA por la suma de S/. 19,000
nuevos soles, para la elaboración de Directivas dando
lugar a que el contratista formule documentos normativos
de gestión institucional, supliendo obligaciones de los
funcionarios del ex CONATA, incumpliendo el Reglamento
de Organización y Funciones del CONATA, a lo que se
agrega que las directivas emitidas no se adecuaron a
la normativa que regula el aspecto contratado, en otro
caso la Directiva contratada ya se encontraba regulada
por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de un
instructivo;
Que durante los ejercicios presupuestales 2005 -
2006, se contrataron servicios profesionales de terceros
para el desarrollo de documentos y actividades de gestión
institucional, los cuales debieron haber sido asumidos por
los responsables de las áreas técnicas y administrativas
del ex – CONATA, quienes tenían la obligación de la
elaboración de documentos y actividades de gestión
en materia de su competencia, evidenciándose que no
existió la necesidad de tercerizar servicios profesionales
que eran inherentes a las obligaciones establecidas
en el Reglamento de Organización y Funciones del
ex CONATA, generando con ello un desmedro de los
intereses de la organización ascendente a S/. 254,300
nuevos soles;
Que, asimismo se ha evidenciado que el Comité
Especial Permanente favoreció a postores en la ejecución
de los Procesos de Selección de Adjudicación de Menor
Cuantía Nºs. 048, 049 y 050-2005-CONATA, y 002-2006 -
CONATA, convocados para la elaboración de documentos
de gestión institucional que debieron haber sido
elaborados por los responsables de las áreas técnicas
y administrativas del ex – CONATA, quienes tenían la
obligación de la elaboración de documentos y actividades
de gestión en materia de su competencia, incumpliendo
sus obligaciones establecidas en el Reglamento de
Organización y Funciones del ex CONATA, asimismo
se evidenciaron irregularidades y omisiones en cuanto
al desarrollo de los precitados procesos de selección,
hechos que congurarían actos orientados a favorecer
a los proveedores a quienes se les otorgó la buena
pro, constatándose además que la documentación que
sustenta los procesos de selección, en muchos casos se
encuentra incompleta, lo que ha producido un perjuicio de
S/. 75,000 nuevos soles;
Que, no se ha cumplido con supervisar adecuadamente
la prestación de los servicios relacionados con los
Procesos de Selección bajo la modalidad de Adjudicación
de Menor Cuantía Nºs. 023 y 055-2005-CONATA, por el
monto de S/. 38,500 nuevos soles, permitiendo que estos
servicios se realicen en forma deciente; evidenciándose
además irregularidades y omisiones en cuanto al
desarrollo de los procesos de selección señalados, tales
como: el Presidente del Comité Especial era el Gerente
de Administración, quien también aprobó las bases
administrativas; no se precisó el puntaje mínimo de la
Propuesta Técnica para acceder a la siguiente etapa
(Propuesta Económica); ni se evidenció el registro de
participantes, el método de evaluación de propuestas, la
invitación al postor, noticación a PROMPYME, estudio
de mercado para la determinación del valor referencial,
hechos que contravienen la normativa de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado;

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