VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2007-VIVIENDA - Aprueban adjudicaciones de terrenos ubicados en el departamento de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2007-VIVIENDA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007 356871
(Tres Mil Setecientos Cuarenta y Tres y 95/100 dólares
americanos);
Que, con el Ocio N° 049-2004/MML/IMP, de fecha
16 de enero de 2004, el Presidente del Consejo Directivo
del Instituto Metropolitano de Planicación informó que
la Sección Vial que corresponde al tramo de la Antigua
Carretera Panamericana Sur colindante al predio
submateria es C-04-A6, que ja el Derecho de Vía variable
entre 25-35 metros, planteada con el objetivo de obtener
el ancho necesario para que se habiliten calzadas de dos
carriles por ambos sentidos de circulación y sin afectar las
edicaciones existentes, razón por la cual procede la venta
directa de la totalidad del área solicitada;
Que, el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 131-2001-EF,
establece que la Superintendencia de Bienes Nacionales
tiene como nalidad incentivar el aprovechamiento
económico de los bienes del Estado, en armonía con el
interés social, promoviendo su intercambio y maximizando
su rentabilidad, por lo que resulta indispensable actualizar
la tasación indicada en el párrafo precedente. En tal sentido
se solicitó al Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú que
efectúe una tasación comercial del terreno submateria a n
de obtener una tasación actualizada;
Que, el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú -
CTTP, mediante tasación comercial de fecha 13 de junio
del 2007, señala que el valor comercial del terreno materia
de venta es de US$ 18 800,00 (Dieciocho Mil Ochocientos
con 00/100 dólares americanos);
Que, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Supremo
018-2007-VIVIENDA, que modica el Reglamento
General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de
Propiedad Estatal, y a lo señalado en la Directiva Nº 001-
2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de
predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad”
aprobada por Resolución Nº 018-2007/SBN de fecha 29
de marzo de 2007 y su modicatoria, se ha cumplido con
publicar en el Diario Ocial El Peruano con fecha 28 de julio
de 2007, el aviso que publicita el valor de tasación del predio,
con la nalidad que cualquier interesado pueda por única
vez y dentro del plazo de 10 días útiles, presentar una mejor
oferta para la compra, sin embargo transcurrido el plazo no
se recibió oferta alguna;
Que, mediante documento de fecha 3 de setiembre del
presente año, doña Gianna Orlandini Mercano y don Oscar
Orlandini Mercado manifestaron su conformidad respecto
del valor de la referida tasación;
Que, conforme al marco legal vigente, la
Superintendencia de Bienes Nacionales opina
favorablemente por la adjudicación en venta directa,
mediante Informe Técnico Legal N° 206-2007/SBN-GO-
JAD, de fecha 29 de agosto de 2007;
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29035,
por el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto
de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 154-2001-
EF y sus modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la adjudicación en venta directa
a favor de doña Gianna Orlandini Mercado y don Oscar
Orlandini Mercado, del terreno de 534,85 m², ubicado en
la Parcela A1-A del Distrito de Punta Hermosa, Provincia y
Departamento de Lima; inscrito en la Partida N° P03257230
del Registro de Predios de Lima y registrado en el Asiento
N° 14788 del Sistema de Información Nacional de los
Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al
Departamento de Lima.
Artículo 2°.- El valor comercial del terreno cuya
venta se aprueba asciende a US$ 18 800.00 (Dieciocho Mil
Ochocientos con 00/100 dólares americanos), conforme a la
valorización efectuada por el Cuerpo Técnico de Tasaciones
- CTTP, el mismo que será cancelado al contado.
Artículo 3°.- Los ingresos que se obtengan de la venta
del inmueble constituirán recursos del Tesoro Público y de
la Superintendencia de Bienes Nacionales en un 97% y 3%
respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos
y administrativos.
Artículo 4°.- La Superintendencia de Bienes Nacionales,
en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura
Pública de transferencia a favor de doña Gianna Orlandini
Mercado y don Oscar Orlandini Mercado.
Artículo 5°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
inscribirá, la transferencia de propiedad a que se reere
el artículo 1° de la presente Resolución, por el mérito de la
correspondiente Escritura Pública.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
128760-10
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 013-2007-VIVIENDA
Lima, 6 de noviembre de 2007
Visto, el Expediente N° 062-2003/SBN-JAD, por el
cual la señora María Luisa Malpartida Green solicita la
adjudicación en venta directa del predio de 459,55 m²
ubicado en la Parcela A1-C, Distrito de Punta Hermosa,
Provincia y Departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Estado es propietario del predio de 459,55 m²,
ubicado en la Parcela A1-C del Distrito de Punta Hermosa,
Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida
P03257232 del Registro de Predios de Lima y registrado
en el Asiento N° 14790 del Sistema de Información
Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP,
correspondiente al Departamento de Lima;
Que, la señora María Luisa Malpartida Green,
mediante escrito recepcionado por la Superintendencia
de Bienes Nacionales, con fecha 14 de agosto de 2003,
solicita la adjudicación en venta directa del predio descrito
en el considerando precedente, toda vez que colinda con
el predio de su propiedad y sobre el cual ha realizado
una obra, lo cual se adecua a lo dispuesto por el inciso
c) del Artículo 34º Reglamento General de Procedimientos
Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, del
Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modicatorias;
Que, el citado Artículo 34º establece, que la venta
directa de un terreno de dominio privado del Estado se
aprobará mediante Resolución Suprema, siempre que se
cuente con informe favorable de la Superintendencia de
Bienes Nacionales;
Que, mediante Ocio N° 3920-2003-VIVIENDA-9321,
de fecha 26 de noviembre del 2003, el Consejo Nacional
de Tasaciones - CONATA, remite el informe técnico del
terreno antes referido, señalando que su valor comercial
es de US$ 3 216,85 ( Tres Mil Doscientos Dieciséis con
85/100 dólares americanos);
Que, con el Ocio N° 049-2004/MML/IMP, de fecha
16 de enero de 2004, el Presidente del Consejo Directivo
del Instituto Metropolitano de Planicación indica que
la Sección Vial que corresponde al tramo de la Antigua
Carretera Panamericana Sur colindante al predio
submateria es C-04-A6, que ja el Derecho de Vía variable
entre 25-35 metros, planteada con el objetivo de obtener
el ancho necesario para que se habiliten calzadas de dos
carriles por ambos sentidos de circulación y sin afectar las
edicaciones existentes, razón por la cual procede la venta
directa de la totalidad del área solicitada;
Que, el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 131-2001-EF,
establece que la Superintendencia de Bienes Nacionales
tiene como nalidad incentivar el aprovechamiento
económico de los bienes del Estado, en armonía con el
interés social, promoviendo su intercambio y maximizando
su rentabilidad, por lo que resulta indispensable actualizar
la tasación indicada en el párrafo precedente. En tal sentido
se solicitó al Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú que
efectúe una tasación comercial del terreno submateria a n
de obtener una tasación actualizada;
Que, el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú - CTTP
mediante tasación comercial de fecha 31 mayo de 2007,
señala que el valor comercial del terreno materia de venta
es de US$ 16 084,00 (Dieciséis Mil Ochenta y Cuatro con
00/100 dólares americanos);
Que, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Supremo
018-2007-VIVIENDA, que modica el Reglamento
General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de
Propiedad Estatal, y a lo señalado en la Directiva Nº 001-
2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de

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