04 201-C/MC - Exoneran de pago por derecho de trámite de visación de planos y constancia de posesión a los asentamientos humanos, asociaciones de vivienda y cooperativas comprendidos en el Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Áreas Marginales de Lima

Fecha de disposición14 Septiembre 2006
Fecha de publicación14 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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328102 El Peruano
jueves 14 de setiembre de 2006
Ratifican resolución de la Munici-
palidad Distrital de San Juan de
Lurigancho que aprobó habilitación
urbana nueva con construcción
simultánea de viviendas
RESOLUCIÓN Nº 126-2006-MML-GDU-SPHU
Lima, 25 de agosto de 2006
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y
HABILITACIONES URBANAS
VISTO, el Codificado Nº 74740-2006 de fecha 10 de
agosto de 2006, mediante el cual la Municipalidad Distrital
de San Juan de Lurigancho solicita la Ratificación de la
Resolución Gerencial Nº 00032-2006-GDU-MDSJL de
fecha 9 de mayo de 2006, promovida por la empresa
CHINA INTERNACIONAL WATER & ELECTRIC CORP.
(PERÚ);
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Gerencial Nº 00032-2006-
GDU-MSJL (fs. 48 al 52) de fecha 9 de mayo de 2006 se
resuelve aprobar de conformidad con el Plano signado
con el Nº 002-2006-HU-JGTC-GDU/MDSJL, la
Habilitación Urbana Nueva con construcción simultánea
de viviendas dentro del Programa Techo Propio, sobre el
terreno de 30,036.90 m² ubicado en la Manzana M Lotes
2, 4 y 5 de la Lotización Campoy, distrito de San Juan de
Lurigancho, provincia y departamento de Lima;
Que, el terreno se encuentra inscrito en la Partida
Nº 43035274 del Registro de Predios de la Zona Registral
Nº IX Sede Lima (fs. 13);
Que, con Informe Nº 120-2006-MML-GDU-SPHU-
DRD (fs. 57 y 58) de fecha 15 de agosto de 2006, de la
División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de
Planeamiento y Habilitaciones Urbanas se manifiesta que
la presente habilitación urbana cumple los Planes
Urbanos respecto a la zonificación aprobada mediante
Ordenanza Nº 453-MML, vías conforme a lo dispuesto
en la Ordenanza Nº 341-MML y aportes reglamentarios
de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo
Nº 030-2002-MTC;
Que, con Informe Nº 326-2006-MML-GDU-SPHU-
AL de fecha 22 de agosto de 2006, la Asesoría Legal de
la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones
Urbanas señala que de acuerdo a la evaluación técnica,
el presente cumple con los Planes Urbanos respecto a
Zonificación por cuanto el terreno se encuentra
zonificado como Zona de Reglamentación Especial -
ZRE, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº
453-MML. Respecto a Vías, el terreno está afecto a la
Vía Colectora Av. Campoy de sección C-73 de 30.00 m
cumpliendo con la Ordenanza Nº 341-MML, y Aportes
Reglamentarios de conformidad al Decreto Supremo
Nº 030-2002-MTC. Asimismo, indica que de la
verificación de la Partida Nº 43035274 del Registro de
Predios de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, el terreno
materia del presente cuenta con la Resolución de
Alcaldía Nº 566 de fecha 29 de octubre de 2003, emitida
por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho,
la cual aprobó la Habilitación Urbana Nueva y fue
ratificada por esta Corporación al haber operado el
Silencio Administrativo Positivo; en consecuencia, se
deberá adecuar el presente a una Modificación de
Habilitación Urbana y Ratificar la Resolución Gerencial
Nº 00032-2006-GDU-MSJL de fecha 9 de mayo de
2006, al haberse verificado el cumplimiento de los Planes
Urbanos;
Con el visto bueno de la División de Revisión de
Diseño y la Asesoría Legal de la Subgerencia de
Planeamiento y Habilitaciones Urbanas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 26878,
Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto de
Alcaldía Nº 079, Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC,
Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 341, 453, 776-MML,
Resolución de Alcaldía Nº 2546 y Resolución Nº 33-
2006-MML-GDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RATIFICAR, la Resolución Gerencial
Nº 00032-2006-GDU-MSJL de fecha 9 de mayo de 2006
emitida por la Municipalidad Distrital de San Juan de
Lurigancho, que resuelve aprobar de conformidad con
el Plano signado con el Nº 002-2006-HU-JGTC-GDU/
MDSJL, la Habilitación Urbana Nueva con Construcción
Simultánea de viviendas dentro del Programa Techo
Propio, sobre el terreno de 30,036.90 m² ubicado en la
Manzana M Lotes 2, 4 y 5 de la Lotización Campoy,
distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y
departamento de Lima; debiendo adecuarse la misma
como una Ratificación de la Modificación de Habilitación
Urbana, por lo expuesto en los considerandos de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- NOTIFICAR, la presente Resolución a
la empresa CHINA INTERNACIONAL WATER &
ELECTRIC CORP. (PERÚ) y a la Municipalidad Distrital
de San Juan de Lurigancho, para su conocimiento y
fines.
Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución
al Ministerio de Educación y a la Oficina Registral de
Lima, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4º.- PUBLICAR, la presente Resolución en
el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrado,
dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma.
Comuníquese, regístrese y cúmplase.
MARIELLA BUENO OTINIANO
Subgerente
Gerencia de Desarrollo Urbano
Subgerencia de Planeamiento y
Habilitaciones Urbanas
02020-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Exoneran de pago por derecho de trámite
de visación de planos y constancia de
posesión a los asentamientos humanos,
asociaciones de vivienda y cooperativas
comprendidos en el Proyecto de
Mejoramiento de Agua Potable y
Alcantarillado en Áreas Marginales de
Lima
ORDENANZA N° 201-C/MC
Comas, 16 de agosto del 2006
EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS
VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 16 de agosto
del 2006, el Proyecto de Ordenanza que aprueba la
Exoneración del pago por Derecho de Trámite por los
Servicios Administrativos de Visación de Plano y
Constancia de Posesión de Asentamientos Humanos,
Asociación de Vivienda y Cooperativas que se encuentren
comprendidos dentro del Proyecto de Mejoramiento de
Agua Potable y Alcantarillado en Áreas Marginales de
Lima, determinados por SEDAPAL y financiadas por el
JBIC, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo
194º, modificada por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título
Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales, gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, precisando ésta que la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, actos administrativos y de
administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

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