Aprueban Cuadros para Asignación de Personal del Hospital Regional ' Virgen de Fátima' de Chachapoyas y Hospital 'Gustavo Lanatta Luján'

Fecha de publicación24 Octubre 2006
Fecha de disposición24 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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331362 El Peruano
martes 24 de octubre de 2006
Registral Nº I - Sede Piura, por la valiosa gestión
realizada en beneficio de la institución.
Artículo Segundo.- Aprobar la designación de los
integrantes del Tercer Consejo Consultivo de la Zona
Registral Nº I - Sede Piura, para el período 2006-2007,
el mismo que quedará conformado de la siguiente
manera:
ENTI DAD REPRESENTANTE
Colegio de Notarios de Piura y Tumbes Abogada Amarilis Ramírez Carranza
Colegio de Abogados Piura y Tumbes Abogado Arturo Seminario Chirinos
Colegio de Ingenieros de Piura y Tumbes Ingeniero Jorge Reyes Salazar
Gobierno Regional de Piura Abogado Jorge Juan Valladares Padilla
Municipalidad Provincial de Piura Abogada Silvia Alméstar Mauricio
Cámara de Comercio y Producción de Piura Abogado Susana Seminario Vega
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR FREITAS A.
Superintendente Nacional
de los Registros Públicos
03391-2
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AMAZONAS
Aprueban Cuadros para Asignación de
Personal del Hospital Regional "Virgen
de Fátima" de Chachapoyas y Hospital
"Gustavo Lanatta Luján" - Bagua
ORDENANZA REGIONAL
Nº 149-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar
la organización del Gobierno Regional a través de
Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto
en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que señala:
Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencia y
funciones del Gobierno Regional. Asimismo, es atribución
del Consejo Regional aprobar el Cuadro para Asignación
de Personal (CAP) del Hospital Regional "Virgen de
Fátima" - Chachapoyas y Hospital "Gustavo Lanatta
Luján" - Bagua, en concordancia con el Art. 38º de la Ley
establece que las Ordenanzas Regionales norman
asuntos de carácter general en la organización y la
administración del Gobierno Regional;
Que, es procedente aprobar el Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional
"Virgen de Fátima" - Chachapoyas y Hospital "Gustavo
Lanatta Luján" - Bagua, con el objetivo de establecer la
organización, defender la vida y proteger la salud de las
personas desde su concepción hasta la muerte natural,
previniendo los riesgos y daños, brindando atención
especializada de los recursos humanos mejorando cada
día la calidad y eficiencia en la atención de la salud en
concordancia con los dispositivos vigentes y de los
programas establecidos para tal fin, siendo necesario
que el personal que labora se encuentre ubicado de
acuerdo a su formación profesional y a las necesidades
que requiere la institución, debido a la delicada labor que
les toca desempeñar;
Estando a lo acordado y aprobado en Sesión
Ordinaria Nº 013 de Consejo Regional del Gobierno
Regional de Amazonas, mediante Acuerdo Nº 206-2006
de fecha 2 de agosto del 2006, contando con el voto
unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus
atribuciones que les otorga la Constitución Política del
Estado y el Art. 37º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 y su
modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales;
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR los Cuadros para
Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional
"Virgen de Fátima" de Chachapoyas y Hospital "Gustavo
Lanatta Luján" - Bagua, los mismos que forman parte de
la presente Ordenanza Regional en nueve (09) y dos
(02) folios, respectivamente.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los
Chachapoyas, a los nueve días del mes de agosto del
año 2006.
MIGUEL REYES CONTRERAS
Presidente Gobierno Regional de Amazonas
03453-1
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE CARMEN
DE LA LEGUA - REYNOSO
Reglamentan el servicio de transporte
público especial de pasajeros y carga
en vehículos menores motorizados y no
motorizados
ORDENANZA Nº 018-2006-MDCLR
Carmen de la Legua-Reynoso, 18 de octubre del 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha,
mediante Acuerdo de Concejo Nº 074-2006-MDCLR, se
aprobó el Proyecto de Ordenanza que REGLAMENTA
EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL
DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES
MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL
DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA – REYNOSO.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades en su Título V, sobre las
Competencias y Funciones Específicas de los
Gobiernos Locales, Capítulo II, sobre las
Competencias y Funciones Específicas, Artículo 81,
inciso 3, sobre Funciones Específicas de las
Municipalidades Distritales, Numeral 3.2 “De otorgar
Licencias para la circulación de vehículos menores y
demás de acuerdo con lo establecido en la regulación
provincial en concordancia con el inciso 1, numeral
1.6 del mismo artículo;
Que, el Artículo 10 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades precisa que le corresponde a los
señores regidores la atribución de proponer proyectos
de ordenanzas y acuerdos en tal sentido la propuesta
presentada por los señores regidores que conforman
la Comisión de Desarrollo Local y Transporte se
encuentra con arreglo a Ley y en ejercicios de sus
atribuciones;
En uso de las facultades que confiere la Ley Nº 27972
- Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente:

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