DECRETO SUPREMO N° 012-2009-DE/ - Crean la Vigésima Segunda Brigada de Ingeniería en la Región Central del país y las Unidades de Asuntos Civiles

Fecha de disposición13 Mayo 2009
Fecha de publicación13 Mayo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 13 de mayo de 2009
395800
Artículo 2º.- Publicación de la Política y Estrategia
Nacional de Recursos Hídricos
Disponer la publicación, en la página web de la
Autoridad Nacional del Agua, de la versión def‌i nitiva de
la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos
cuya conformidad se está otorgando mediante el artículo
precedente.
Artículo 3º.- Aprobación, como política de Estado,
de la versión f‌i nal de la Política y Estrategia Nacional
de Recursos Hídricos
Disponer que, una vez instalado el Consejo Directivo de
la Autoridad Nacional del Agua, se ponga a su consideración
la versión def‌i nitiva de la Política y Estrategia Nacional de
Recursos Hídricos para su posterior aprobación, mediante
Decreto Supremo, como Política de Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
346897-1
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del
Ministerio a Singapur para participar
en la 34º Reunión Técnica del Grupo
de Trabajo de Turismo del APEC
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 073-2009-MINCETUR
Lima, 12 de mayo de 2009
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Singapur, República de Singapur,
se llevará a cabo la 34º Reunión Técnica del Grupo de
Trabajo de Turismo (TWG) del Foro de Cooperación
Económica Asia Pacíf‌i co - APEC, entre el 27 y 29 de mayo
de 2009, con el objeto de evaluar proyectos sobre inclusión
social, responsabilidad social ambiental, termalismo en
comunidades y uso de tecnologías limpias en el servicio
de hospedaje en el ámbito rural, así como abordar temas
relacionados con la mejora de la conectividad, la inversión
en turismo y la promoción turística en la región Asia
Pacíf‌i co;
Que, el Perú será el anf‌i trión de una de las Reuniones
Técnicas APEC de Turismo a desarrollarse el presente año,
por lo cual resulta de interés la participación del representante
del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en la 34º
Reunión Técnica del TWG, antes referida, en su condición
de coordinador del Grupo de Trabajo de Turismo, a f‌i n de
que exponga ante el pleno de autoridades de Turismo la
importancia y el impacto de los productos peruanos en materia
de turismo en las economías del APEC, contribuyendo así a
promocionar la imagen y consolidar el posicionamiento del
Perú en el ámbito turístico;
Que, en tal razón, es necesario autorizar el viaje del
Viceministro de Turismo, señor Pablo López de Romaña
Cáceres, a la ciudad de Singapur, para que participe en la
citada Reunión;
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -
MINCETUR, es el organismo rector en materia de comercio
exterior y turismo y ejerce la representación del Perú ante
la APEC, en materias de su competencia;
Que, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior
con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones,
entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de las
acciones de promoción de importancia para el Perú;
De conformidad con la Ley Nº 28289 antes citada, la
Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº
27619, que regula la autorización de viajes al exterior de
los servidores y funcionarios públicos y sus modif‌i catorias
y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pablo López
de Romaña Cáceres, Viceministro de Turismo, a la ciudad
de Singapur, República de Singapur, del 25 al 31 de mayo
de 2009, para que en representación del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo participe en la 34º Reunión
Técnica del Grupo de Trabajo de Turismo del Foro de
Cooperación Económica Asia Pacíf‌i co, a realizarse en
dicha ciudad.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema estarán a cargo del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes : US$ 2 938,95
Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00
Tarifa CORPAC : US$ 31,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se
autoriza, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y
Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas
en el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la
rendición de cuentas de acuerdo a ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la
Ministra de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente del Consejo de Ministros
MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
347296-11
DEFENSA
Crean la Vigésima Segunda Brigada de
Ingeniería en la Región Central del país
y las Unidades de Asuntos Civiles
DECRETO SUPREMO
Nº 012-2009-DE/
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2007 DE del
22 de febrero de 2007, el Supremo Gobierno ha declarado
de necesidad pública y preferente interés nacional, el
esquema de intervención estratégica integral denominado
“Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el
Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”, aprobado
por el Consejo de Ministros del 20 de diciembre de 2006,
teniendo como objeto alcanzar la pacif‌i cación, combatir el
narcotráf‌i co y otros elementos, así como la promoción del
desarrollo económico y social del valle;
Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2009-DE/
EP del 14 de enero de 2009, se crea la Región Militar del
Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE) hasta el logro
de la pacif‌i cación, teniendo como ámbito territorial los
departamentos de Cerro de Pasco, Junín (a excepción
de las localidades de Colonia, Rateri Shiriatari, Alegre,
Misión Ivotsoteni, Nuñez, Pedro López, Montes y Poveni
del distrito de Río Tambo de la provincia de Satipo y el
distrito de San Ramón de la provincia de Chanchamayo)
Huancavelica, Ayacucho y los distritos de Pichari y Kimbiri
de la provincia de La Convención del departamento de
Cusco;
Que, de acuerdo con el artículo 171° de la Constitución
Política del Perú, las Fuerzas Armadas participan en el
desarrollo económico y social del país y dentro de este
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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