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Fecha de publicación06 Noviembre 1998
Fecha de disposición06 Noviembre 1998
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, viernes 6 de noviembre de 1998 AÑO XVI
-
N”
6708
http://www.editoraperu.com.pe
Pág. 165459
PRUMUDEH,
Aprueban el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del Ministerio
DECRETO SUPREMO
N”
01%SS-PROMUDEH
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo
N”
OOl-97-PROMU-
DEH, se aprobó el Reglamento de Organización y Funcio-
nes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano, con el objetivo de determinar la naturaleza,
funciones, estructura y competencia de los Organos y Orga-
nismos Públicos Descentralizados
del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano
-
PROMUDEH\
Que el
Mmisterio
de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano, tiene como misión promover el desa-
rrollo de la mujer y la familia, así como las actividades que
favorezcan el desarrollo humano de la población y la aten-
ción prioritaria de los menores en riesgo;
Que dentro del contexto del considerando precedente
resulta necesario modificar el actual Reglamento de Orga-
nización y Funciones del Ministerio de Promoción de la
Mujer y del Desarrollo Humano, con la finalidad de adecuar
las funciones que cumple dentro de los lineamientos y
procesos de modernización integral, que viene ejecutando a
través de los Programas Nacionales de Alfabetización
y
Wawa Wasi, y la creación de la Oficina de Cooperación
Internacional encargada de evaluar los proyectos de ayuda
internacional, así como de la Secretaria Técnica de Asuntos
Indígenas encargada del monitoreo de la políticas para el
desarrollo de la población que permitan mejorar la gestión
pública que
vime
cumpliendo;
De conformidad con lo prescrito en el inciso
8)
del
Artículo 118” de la Constitución Política del Pení y el inciso
2) del Articulo 3” del Decreto Legislativo
N”
560, Ley del
Poder Ejecutivo;
y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo
la.-
Aprobar el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano
-
PROMUDEH, el mismo que consta de
seis (6) Títulos, diez
(10)
Capítulos, cincuenta y siete
(57)
artículos, dos
(2)
Disposiciones Complementarias, y una
(1)
Disposición Final, cuyo texto forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo
2”.-
Dejar sin efecto el Decreto Supremo
N’
OOl-97-PROMUDEH,
y demás disposiciones que se opon-
gan al presente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días
del mes de noviembre de mil novecientos noventa
y
ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
MIRLAM
SCHENONE ORDINOLA
Ministra de Promoción de la Mujer
y Desarrollo Humano
REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y
FUNCIONES DEL MINISTERIO DE
PROMOCION DE LA MUJER Y DEL
DESARROLLO HUMANO
-
PROMUDEH
TITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
CONTENIDO
Artículo
19-
El presente Reglamento determina la
naturaleza, funciones, estructura y relaciones de los
Orga-
nos y Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano
-
PROMUDEH.
ALCANCES
Artículo
2”.-
Las normas contenidas en este Reglamen-
to son de aplicación y cumplimiento obligatorio de todos los
Organos y Organismos Públicos Descentralizados del Mi-
nisterio, en el ámbito de su competencia.
TITULO II
DE LA
MISION,
OBJETIVOS,
AMBITO
Y
FUNCIONES GENERALES
MISION
Artículo
3”.-
El Ministerio de Promoción de la Mujer y
del Desarrollo Humano tiene como misión promover el
desarrollo de la mujer y la familia, así como promover las
actividades que favorezcan el desarrollo humano de la
población y la atención prioritaria a los menores de edad en
riesgo.
Artículo
4”.-
OBJETIVOS
a)
Promover para las mujeres, jóvenes, población indíge-
na, discapacitados y adultos mayores, en especial
aquéllos
en situación de riesgo o vulnerabilidad, la equidad en el
acceso a la ocupación, salud y educación;
b)
Afianzar el rol de la mujer
y
la familia en
la
sociedad,
así como en los programas orientados
a
su desarrollo y en la
lucha contra la extrema pobreza, a través de la incorpora-
ción de un enfoque de género;
c)
Formular
y
ejecutar políticas orientadas a promover,
prevenir, atender y rehabilitar
a
los menores de
edad
en
situación de riesgo o vulnerabilidad;
d)
Fomentar los valores cívicos y las normas de compor-
tamiento, acordes con los principios de la ética, la moral, la
solidaridad y la paz; así como el acceso a la información, la
cultura, la recreación
y
el deporte como medios de desarrollo
personal y colectivo.
AMBITO
Artículo
5”.-
Es competencia del Ministerio realizar
acciones orientadas a promover a la mujer y el desarrollo
humano enmarcados en un enfoque de género y desarrollo
participativo, en una estrategia selectiva de lucha contra la
extrema pobreza.
FUNCIONES
GENEWES
Artículo
6”.-
Las funciones generales del Ministerio
son:
a)
Formular, aprobar y evaluar las políticas del Sector;
b) Coordinar la formulación y realizar el seguimiento a
los Planes Nacionales Intersectoriales en temas de su
competencia;
cI
Dirigir, controlar, supervisar y evaluar la ejecución de
la política sectorial;
d) Ejercer las funciones de Ente Rector del Sistema
Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente;
ej Proponer los proyectos de Leyes, Decretos y Resolu-
ciones Supremas en el ámbito de su competencia;
f>
Velar por el cumplimiento de los Tratados y
l‘latafor-
mas de Acción suscritos por el Perú relativos a la Promoción
de la Mujer y el Desarrollo Humano, así como proponer la
suscripción de nuevos convenios.
TITULO III
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y
FUNCIONES
CAPXTíJLO
1
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
Artículo 7”.- Estructura Orgámca del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano:
a. ALTA DIRECCION
l Despacho Ministerial
l Despacho
Viceministenal
l Despacho de Gerencia de Gestion L\dministrativa
b. ORGANO DE CONTROL
l Oficina General de Auditoría
c.
ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL
l Procuraduría Pública
d. PROGRAMAS
NACIONALES
l Programa Nacional de
Alfabetización
l Programa Nacional Wawa Wasi
e. ORGANOS DE ASESORAMIENTO Y APOYO
Gerencia de Gestión Administrativa
Unidad de Trámite Documentario
Unidad de Informatica y Sistemas
ORGANOS DE ASESORAMIENTO
Oficina General de Asesoría Jurídica
ORGANOS DE APOYO
Oficina General de Comunicaciones
Oficina General de Administración de
Recurso:<
Ofkina de Cooperación Internacional
f. ORGANOS DE LINEA
l Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia
l Gerencia de Promoción de la Mujer
l Gerencia de Desarrollo Humano
g.
ORGANO DE COORDINACION
l Secretaría Técnica de Asuntos Indígenas
h. ORGANOS DESCONCENTRADOS
i. ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZA-
DOS
l Instituto Nacional de Bienestar Familiar
-
INABIF
l Instituto Peruano del Deporte
-
IPD
. Programa Nacional de Asistencia Alimentarla
PRONAA
l Oficina Nacional de Cooperacion Popular
-
Ci)OPOP
l Programa de Apoyo al Repoblamien
to y Desarrollo de Zonas de Emergencia PAR
CAPITULO II
DE LA ALTA DIRECCION
CONFORMACION DE LA ALTA DIRECCION
Artículo 8”.- La Alta Dirección es el máximo nivel de
decisión del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano, está constituido por el Despacho Mi-
nisterial, el Despacho Viceministerial
,y
el Gerente de Ges-
tión Administrativa.
DEL MINISTRO
Artículo 9”.- El Ministro de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano es la más alta autoridad política y
administrativa del Sector. Establece los objetivos institu-
cionales. Formula, dirige, supervisa y evalúa la ejecución de
la política sectorial; orienta, aprueba y supervisa las activi-
dades de los Organismos Públicos Descentralizados del
Sector. Es el Titular del Pliego Presupuestal, pudiendo
delegar las atribuciones que no sean privativas a su función
como Ministro de Estado.
Las funciones del Ministro de Promocion de la Mujer y
del Desarrollo Humano son:
a)
Formular, dirigir, supervisar y evaluar los objetivos
y metas institucionales, en armonía con la política general
del Gobierno;
b>
Establecer los objetivos y lineamientos sectoriales
para cada ejercicio presupuestarlo; distribuyendo
In
asig-
nación presupuestaria aprobada para el pliego;
c)
Aprobar los documentos de gestión institucional,
planes y programas que así lo requieran, supervisando su
cumplimiento;
d
I
Aprohar la política de desarrollo del potencial huma-
no del Ministerio;
e)
Proponer los cargos de confianza y con poder de
decisión del Ministerio y de los Organismos Públicos Des-
centralizados;
0
Proponer los integrantes de los Consejos Directivos o
Directorios de los Organismos Públicos Descentralizados;
g)
Aprobar y suscribir convenios nacionales e interna-
cionales en el ámbito de su competencia;
h) Resolver en la instancia administrativa que corres-
ponda los procedimientos administrativos;
il Aprobar
o
aceptar, de acuerdo a ley, las donaciones que
se efectúen en favor del Ministerio;
j
J
Aprobar mediante Resolución Ministerial la. confor-
mación y funcionamiento de los Organos Desconcentrados,
así como su ámbito de competencia;
k,
Refrendar
o
emitir los dispositivos legales que la
legislación establezca;
1)
Ejercer las demás atribuciones y facultades inheren-
tes a su cargo de Ministro de Estado.
DEL MCEMINISTRO
Artículo
lo”.-
El Viceministro es la autoridad inmedia-
ta al Ministro.
Las funciones del Viceministro son:
a) Coordinar y evaluar el cumplimiento de las políticas
sectoriales impartidas por el Ministro;
bl Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar los planes,
programas, proyectos y actividades de los Organos del
Ministerio;
CI
Dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la
Cooperación Internacional;
di Expedir resoluciones Viceministeriales en asuntos
administrativos y técnico-normativos;
e)
Conducir y supervisar el Sistema Nacional de Aten-
ción Integral al Niño y el Adolescente de acuerdo a las
funciones establecidas en el
CGdigo
de los
Nirios
y Adoles-
centes y leyes conexas que le atribuye al Ente Rector del
Sistema:
fl
Representar al Ministro en los actos y gestiones que le
sean encomendados;
61
Proponer las instancias de desconcentración territo-
rial del Ministerio y su ámbito de competencia:
h)
Propiciar y coordinar las acciones relacionadas con
los Sistemas de Defensa Nacional y Defensa Civil;
i)
Cumplir otras funciones que le asigne el Despacho
Ministerial.
DE LA GERENCIA DE GESTION ADMINISTRA-
TIVA
Artículo ll”.- La Gerencia de Gestión Administrativa
es el órgano encargado de asesorar y apoyar al Despacho
Lima, viernes 6 de
novicmbm
de 1998
c[p@J(U@
Pág. 165461
Ministerial y Viceministerial en aspectos legales, de comu-
nicaciones y técnico-administrativos. Dirige y supervisa los
procesos de planificación, programación, formulación, con-
trol y evaluación del presupuesto y planes operativos de la
institución. Dirige, coordina, supervisa y evalúa las activi-
dades de los Sistemas Administrativos de abastecimiento,
personal, tesorería, contabilidad y presupuesto; así como
las actividades de trámite documentario y archivo de la
institución.
Depende del Despacho Ministerial. Está a cargo de un
Gerente, quien cumple las funciones de Secretario Gene-
ral, mantiene reiaciones funcionales con los Organos del
Ministerio, Organismos del Sector y otras entidades de la
Administración Pública y Privada vinculadas a su com-
petencia.
cAP1TcJL0
III
DELORGANODECONTROL
DE LA OFICINA GENERAL DE AUDITORIA
Artículo
12”.-
La Oficina General de Auditoría es el
órgano encargado de programar, y dirigir las Auditorias y
Exámenes Especiales en el Ministerio;
y,
por disposición del
Ministro, en sus Organismos Públicos Descentralizados.
Depende del Despacho Ministerial. Está a cargo del
Auditor General, quien tiene la categoría de Jefe, mantiene
relaciones funcionales con los Organismos Públicos Des-
centralizados del Sector, la Contraloría General de la Repú-
blica y otras entidades vinculadas a su competencia.
Las funciones de la Oficina General de Auditoría son:
a)
Verificar la correcta, eficiente, eficaz, económica y
transparente administración de los recursos asignados al
Ministerio y a sus Organismos Públicos Descentralizados,
en el marco de la normativa del Sistema Nacional de
Control;
bl
Propiciar mediante el análisis y la información opor-
tuna y sustentada, mejoras permanentes en la gestión
protegiendo la probidad y transparencia de la Administra-
ción y el uso adecuado de los recursos públicos y cumpli-
miento de la normativa mediante el ejercicio de la auditoría
interna, dentro de los criterios de control proactivo, cons-
tructivo y riguroso;
cl Formular, conducir, ejecutar y evaluar las políticas de
control posterior en el ámbito del Ministerio y por disposi-
ción del Ministro en los Organismos Públicos Descentrali-
zados, de conformidad con lo dispuesto por las normas del
Sistema Nacional de Control;
d)
Las demás funciones que le asigne el Ministro.
Artículo
13”.-
Estructura orgánica:
ORGANO DE DIRFXCION
Oficina General de Auditoria
ORGANOS DE LINEA
Oficina de Control Financiero
Oficina de Control Administrativo
De la Oficina de Control Financiero
Artículo
14”.-
La Oficina de Control Financiero es el
órgano encargado de ejecutar las acciones de control poste-
rior sobre aspectos económicos, financieros y de gestión en
el Ministerio, promoviendo la eficacia, eficiencia, economía
y transparencia, desarrollando las auditorias y exámenes
especiales correspondientes; realiza las acciones de control
que se le asignen, en los Organismos Públicos Descentrali-
zados y otras entidades
y/o
P
ersonas naturales que reciban
recursos del Ministerio;
e
abora
y actualiza métodos y
procedimientos de trabajo referentes al control económico,
financiero y de gestión. Otras funciones que le asigne la
Oficina General de Auditoria.
De la Oficina de Control Administrativo
Articulo
15”.-
La Oficina de Control Administrativo es
el órgano encargado de ejecutar las acciones de control
específicas sobre presuntas irregularidades denunciadas u
observadas durante el proceso de control en los órganos del
Ministerio; desarrolla exámenes especiales, inspecciones y
verificaciones programadas o inopinadas a los procedimien-
tos técnico-administrativos de las dependencias del Sector;
elabora y actualiza métodos y procedimientos de trabajo
referentes al control administrativo. Otras funciones que le
asigne la Oficina General de Auditoria.
CAPITULO Iv
DEL ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL
DE LA PROCUBADURIA PUBLICA A CARGO DE
LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PROMUDEH
Artículo
16”.-
La Procuraduría Pública es el órgano
encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, represen-
ta y defiende los derechos e intereses del Sector conforme a
lo dispuesto por las normas del Sistema de Defensa Judicial
del Estado.
Depende del Despacho Ministerial. Está a cargo del
Procurador Público, mantiene relaciones funcionales con
los organismos del Sector y con otras entidades de la
Administración Pública y Privada vinculadas
a
su compe-
tencia.
Las funciones de la Procuraduría Pública
a
cargo de los
Asuntos Judiciales del Ministerio son:
al Representar y defender los intereses y derechos del
Ministerio y de sus Organismos Públicos Descentralizados,
ante los Organos Jurisdiccionales en todos los procesos y
procedimientos en los que actúa como demandante, deman-
dado, denunciante o parte civil;
b1
Delegar su representación en juicio a favor de los
abogados de los Organismos Públicos Descentralizados del
Sector y de abogados al servicio del Estado, encargándoles
temporalmente la defensa de los intereses del Sector, super-
visando su cabal
desempeno;
c)
Otras funciones encomendadas y que se encuentren
señaladas en el Decreto Ley
N”
17537 y sus
modificatorias;
dl
Otras que le encomiende el Despacho Ministerial.
CAPITULO v
DE LOS PROGRAMAS NACIONALES
DEL PROGRAMA NACIONAL DE
ALFABETIZA-
CION
Artículo
liu.-
El Programa Nacional de Alfabetización
es el órgano encargado de promover, dirigir, coordinar,
ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, planes, progra-
mas y proyectos de alfabetización y postalfabetización a
nivel nacional, con enfoque de género, priorizando la aten-
ción en la población con alto
índice
de analfabetismo; mayor
volumen de población analfabeta y que se encuentra en
situación de extrema pobreza.
Depende del Despacho Ministerial. Está a cargo de un
Director Nacional, mantiene relaciones funcionales con los
organismos del Sector y otras entidades de la Administra-
ción Pública y Privada vinculadas a su competencia.
Las funciones del Programa Nacional de Alfabetización
son:
a)
Formular y proponer políticas y normas en temas de
su competencia;
b)
Dirigir, promover, coordinar, ejecutar, supervisar y
evaluar las acciones del Programa Nacional de Alfabetiza-
ción, priorizando la atención ala población iletrada femeni-
na, bajo una concepción de educación para el desarrollo que
brinda además de la lecto-escritura, contenidos de salud
sexual y reproductiva, prevención de la violencia familiar,
nutrición, ciudadanía plena y actividades productivas;
cl
Diseñar, aplicar y evaluar las estrategias
metodológi-
cas del Programa Nacional de Alfabetización;
d)
Promover la alfabetización bilingüe intercultural
según las
caracteristicas
de cada zona;
el
Promover la ejecución de proyectos productivos y la
formación de organizaciones sociales de base en su pobla-
ción objetivo;
f)
Promover la captación de recursos de la Cooperación
Internacional;
g)
Proponer la suscripción de convenios y acuerdos
orientados
a
la mejor implementación del programa y velar
por su cumplimiento;
h)
Diseñar y ejecutar estrategias de información, educa-
ción y comunicación en temas de su competencia;
i)
Ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de capaci-
tación para el cumplimiento de sus objetivos;
j)
Otras funciones que le asigne el Despacho Ministerial.
Artículo
lS”.-
Estructura orgánica:
Dirección Nacional de Alfabetización
Subdirección Nacional de Alfabetización

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